3. Otras disposiciones. . (2025/59-37)
Resolución de 20 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del II Convenio Colectivo de la empresa Servicios Globales de Integración Siglo XXI, S.L.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

MEDIDAS

Número 59 - Jueves, 27 de marzo de 2025

página 4150/45

PLANIFICACIÓN

La empresa permitirá flexibilidad de jornada laboral a
Apoyar a las personas en proceso de transición Derecho la persona trabajadora para que pueda ir a sus citas
a flexibilidad horaria para las personas que están en
médicas, realizar el tratamiento hormonal y la cirugía
transición de género
de afirmación de género, sin temor que le penalice en
relación al absentismo.

Garantizar una selección de personal libre de prejuicios
o sesgos inconscientes que puedan afectar las
decisiones durante el proceso de contratación.

Todas las personas pueden tener prejuicios o sesgos
inconscientes que afectan a su forma de tomar
decisiones. Es necesario adquirir conciencia de ello para
intentar evitar que afecten a los procesos de atracción,
selección y retención del talento. Se formará al equipo
de recursos humanos sobre temas relacionados con
la diversidad sexual y de género, así como sobre los
desafíos y necesidades específicas de las personas
LGTBI, como forma de evitar la discriminación de las
personas candidatas del colectivo LGTBI durante el
proceso de selección.

Creación de un canal de atención
específica y confidencial al colectivo.

Con el fin de poder atender y dar apoyo a las personas
trabajadoras del colectivo LGTBI se creará un canal de
comunicación con la empresa donde podrán trasladar
sus inquietudes o necesidades.

Asesoramiento y consulta ante situaciones de acoso o
violencia contra personas LGTBI.

Se designará a una persona de referencia dentro de
la organización, con formación adecuada en materia
LGTBI, para información en esta materia y prevención de
la LGTBIfobia, a quien podrán acudir todas las personas
trabajadoras para recibir información acerca del
protocolo, así como de la materia en cuestión. También
podrá crearse una Red de Apoyo con el fin de poder
acceder a la misma para consultas y asesoramiento.

Programa de formación interna en diversidad e inclusión
LGTBI.

Se impartirán diferentes tipos de formaciones para
toda la plantilla según el departamento y nivel de
responsabilidad de las personas trabajadoras. Para
los directivos y departamento de recursos humanos
esta formación irá dirigida a la implantación del plan de
diversidad LGTBI, mientras que el personal empleado
recibirá formaciones de sensibilización para eliminar
prejuicios y comportamientos inadecuados hacia este
colectivo.

Creación de un Grupo de trabajo de sensibilización y
mediación

Este grupo de trabajo se crea con los siguientes
propósitos:
Que todas las personas trabajadoras puedan reunirse
voluntariamente, debatir y trabajar para eliminar las
discriminaciones y mejorar la inclusión del colectivo
LGTBI.
- Organizar actividades.
- Fomentar la implantación de nuevas políticas
inclusivas.
- Hacer de mediadores cuando emerjan conflictos o
discriminaciones relacionados con el colectivo LGTBI.

00317753

Cambio de nombre de uso común de
la persona trabajadora.

Se posibilitará el cambio de nombre de uso común
en toda la comunicación interna y externa de la
empresa: lista de nombres, tarjeta de empleado, correo
electrónico, firmas, etc., para que la persona sea llamada
y tratada por el nombre que prefiera, de acuerdo con
el género con el que se identifica, sin necesidad de
que corresponda con el nombre que aparece en su
documento de identidad.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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