Disposiciones generales. . (2025/53-2)
Orden de 13 de marzo de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos integrados de competitividad y energía para las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos en Andalucía.
207 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Miércoles, 19 de marzo de 2025
página 3858/85
X No.
□ Sí. Se establecen las siguientes reglas especiales:
5.h) Posibilidad de acogerse al régimen de minimis:
□ No.
X Sí. Observaciones, en su caso:
La posibilidad de acogerse al régimen de minimis se detallará en función de lo establecido en las
correspondientes convocatorias.
La declaración relativa a las ayudas de minimis se incorporará en el formulario de solicitud
establecido en la convocatoria para aquellas actuaciones acogidas a dicho régimen.
6. Régimen de control (Artículo 5):
□ Fiscalización previa.
X Control financiero.
7. Financiación y régimen de compatibilidad de las subvenciones (Artículo 6).
7.a) Aportación de fondos propios:
BORRADOR
X No se exige la aportación de fondos propios.
La aportación de fondos propios por la persona o entidad beneficiaria para financiar la actividad
subvencionada será, al menos, de:
□
7.b) Compatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad
procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión
Europea o de organismos internacionales:
X Sí . Observaciones en su caso:
En el caso de empresas, los incentivos acogidos al régimen de minimis respetarán las reglas de
acumulación previstas en el artículo 5 del Reglamento (UE) núm. 2023/2831 de la Comisión, de 15 de
diciembre de 2023, relativo a las ayudas de minimis. En el caso incentivos acogidos al Decreto 303/2015,
de 21 de julio o en el Reglamento (UE) núm. 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, los
incentivos podrán ser compatibles con otros para la misma finalidad, siempre que el conjunto de todas
Página 17 de 48
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317462
El importe de los incentivos en ningún caso será de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con
incentivos o ayudas de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales
o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por la persona o entidad beneficiaria.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Miércoles, 19 de marzo de 2025
página 3858/85
X No.
□ Sí. Se establecen las siguientes reglas especiales:
5.h) Posibilidad de acogerse al régimen de minimis:
□ No.
X Sí. Observaciones, en su caso:
La posibilidad de acogerse al régimen de minimis se detallará en función de lo establecido en las
correspondientes convocatorias.
La declaración relativa a las ayudas de minimis se incorporará en el formulario de solicitud
establecido en la convocatoria para aquellas actuaciones acogidas a dicho régimen.
6. Régimen de control (Artículo 5):
□ Fiscalización previa.
X Control financiero.
7. Financiación y régimen de compatibilidad de las subvenciones (Artículo 6).
7.a) Aportación de fondos propios:
BORRADOR
X No se exige la aportación de fondos propios.
La aportación de fondos propios por la persona o entidad beneficiaria para financiar la actividad
subvencionada será, al menos, de:
□
7.b) Compatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad
procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión
Europea o de organismos internacionales:
X Sí . Observaciones en su caso:
En el caso de empresas, los incentivos acogidos al régimen de minimis respetarán las reglas de
acumulación previstas en el artículo 5 del Reglamento (UE) núm. 2023/2831 de la Comisión, de 15 de
diciembre de 2023, relativo a las ayudas de minimis. En el caso incentivos acogidos al Decreto 303/2015,
de 21 de julio o en el Reglamento (UE) núm. 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, los
incentivos podrán ser compatibles con otros para la misma finalidad, siempre que el conjunto de todas
Página 17 de 48
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317462
El importe de los incentivos en ningún caso será de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con
incentivos o ayudas de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales
o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por la persona o entidad beneficiaria.