Disposiciones generales. . (2025/53-2)
Orden de 13 de marzo de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos integrados de competitividad y energía para las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos en Andalucía.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Miércoles, 19 de marzo de 2025
página 3858/83
pueda mantener la trazabilidad (pista de auditoría suficiente), de forma que queden claramente
identificados los gastos e importes que se compensan.
Porcentaje máximo que se permite compensar:
X Porcentaje máximo: 100 %
□ El porcentaje máximo se indicará en la resolución de concesión.
5.c) Costes indirectos:
X No serán incentivables costes indirectos.
Para aquellos beneficiarios con la consideración de microempresa, pequeña, mediana o gran empresa
conforme a lo dispuesto en el artículo 2 y en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la
Comisión, de 17 de junio de 2014.
□ Criterios de imputación y método de asignación de los mismos:
X Fracción del coste total que se considera coste indirecto imputable a la actividad subvencionada:
El 7% de los costes directos incentivables de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54a) del
Reglamento (UE) núm. 2021/1060, de 24 de junio de 2021, para aquellos beneficiarios que no tengan la
consideración de microempresa, pequeña, mediana o gran empresa conforme a lo dispuesto en el
artículo 2 y en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
BORRADOR
5.d) Plazo dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables:
En la convocatoria se establecerán los plazos máximos de ejecución de las actuaciones objeto de
incentivo. Los referidos plazos estarán en función de la tipología y características de las actuaciones, sin
que puedan exceder de veinticuatro meses. El plazo de ejecución específico de cada actuación
incentivada se establecerá en las respectivas resoluciones de concesión, en función del tipo e importe de
la actuación o proyecto incentivado. Dicho plazo se podrá ampliar excepcionalmente en los términos
indicados en apartado 20.a). 3.
No serán incentivables actuaciones iniciadas o que hayan sido facturadas total o parcialmente a la
persona o entidad beneficiaria con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de estas bases
Página 15 de 48
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317462
En cualquier caso, el referido plazo deberá estar comprendido dentro del período de elegibilidad del
Programa de Andalucía FEDER 2021-2027, y las actuaciones objeto de incentivo deberán estar finalizadas
y justificadas a la finalización del citado programa, conforme a las normas de admisibilidad previstas en
el Reglamento (UE) núm. 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 y a las
directrices y plazos marcados para el cierre del programa por la Comisión Europea y la autoridad de
gestión. En el período de cierre del programa de Andalucía FEDER el plazo máximo de ejecución y
justificación de las actuaciones incentivadas será publicado mediante resolución de la persona titular de
la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía a fin de dar cumplimiento a los referidos
plazos de cierre.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Miércoles, 19 de marzo de 2025
página 3858/83
pueda mantener la trazabilidad (pista de auditoría suficiente), de forma que queden claramente
identificados los gastos e importes que se compensan.
Porcentaje máximo que se permite compensar:
X Porcentaje máximo: 100 %
□ El porcentaje máximo se indicará en la resolución de concesión.
5.c) Costes indirectos:
X No serán incentivables costes indirectos.
Para aquellos beneficiarios con la consideración de microempresa, pequeña, mediana o gran empresa
conforme a lo dispuesto en el artículo 2 y en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la
Comisión, de 17 de junio de 2014.
□ Criterios de imputación y método de asignación de los mismos:
X Fracción del coste total que se considera coste indirecto imputable a la actividad subvencionada:
El 7% de los costes directos incentivables de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54a) del
Reglamento (UE) núm. 2021/1060, de 24 de junio de 2021, para aquellos beneficiarios que no tengan la
consideración de microempresa, pequeña, mediana o gran empresa conforme a lo dispuesto en el
artículo 2 y en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
BORRADOR
5.d) Plazo dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables:
En la convocatoria se establecerán los plazos máximos de ejecución de las actuaciones objeto de
incentivo. Los referidos plazos estarán en función de la tipología y características de las actuaciones, sin
que puedan exceder de veinticuatro meses. El plazo de ejecución específico de cada actuación
incentivada se establecerá en las respectivas resoluciones de concesión, en función del tipo e importe de
la actuación o proyecto incentivado. Dicho plazo se podrá ampliar excepcionalmente en los términos
indicados en apartado 20.a). 3.
No serán incentivables actuaciones iniciadas o que hayan sido facturadas total o parcialmente a la
persona o entidad beneficiaria con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de estas bases
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317462
En cualquier caso, el referido plazo deberá estar comprendido dentro del período de elegibilidad del
Programa de Andalucía FEDER 2021-2027, y las actuaciones objeto de incentivo deberán estar finalizadas
y justificadas a la finalización del citado programa, conforme a las normas de admisibilidad previstas en
el Reglamento (UE) núm. 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 y a las
directrices y plazos marcados para el cierre del programa por la Comisión Europea y la autoridad de
gestión. En el período de cierre del programa de Andalucía FEDER el plazo máximo de ejecución y
justificación de las actuaciones incentivadas será publicado mediante resolución de la persona titular de
la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía a fin de dar cumplimiento a los referidos
plazos de cierre.