Disposiciones generales. . (2025/53-2)
Orden de 13 de marzo de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos integrados de competitividad y energía para las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos en Andalucía.
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Número 53 - Miércoles, 19 de marzo de 2025
página 3858/4
En este mismo sentido, una de las bases de desarrollo que la Estrategia para
una Minería Sostenible en Andalucía 2030 contempla de manera específica es el
favorecimiento de la optimización de la eficiencia energética y la promoción de la
autosuficiencia energética de las instalaciones. Considerando que la industria minera
depende fuertemente de la compra de energía eléctrica dentro de sus insumos más
estratégicos y que, por otro lado, la industria energética está cada vez más volcada hacia
la generación de energías renovables para las que son imprescindibles los minerales
críticos y estratégicos, se establece un círculo virtuoso entre ambos sectores que precisa
del desarrollo de otros mercados como son el de la gestión y reciclaje de los residuos y el
de la producción de nuevos vectores energéticos, como el hidrógeno.
Por todo lo anterior y con base en esa relación entre industria, minería y energía,
la necesidad de aprovechar eficazmente los recursos disponibles para maximizar la
atracción y promoción de la inversión y la generación de empleo, fundamenta el alcance
de la presente orden cuyo objetivo general es regular un conjunto de incentivos integrados
para la competitividad y la mejora energética, y que contempla cuatro programas de
actuación, para hidrógeno renovable, espacios productivos, cadenas de valor industrial
y minería sostenible que se concreta en dos líneas de incentivos que se dirigen al
desarrollo competitivo (Línea 1), a través de un régimen de concurrencia competitiva, y al
uso eficiente de la energía en las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los
espacios productivos de Andalucía (Línea 2), a través de un régimen de concurrencia no
competitiva, como principales ámbitos de apoyo, respectivamente.
En relación con la primera línea, la tramitación de los incentivos bajo un régimen de
concurrencia competitiva permitirá la selección de los proyectos con un mejor impacto
económico y social, mientras que en lo referente a la segunda línea, considerando el
objeto y finalidad de las actuaciones que encuadra, la tramitación de los incentivos en
atención a la mera concurrencia de los requisitos para ser persona o entidad beneficiaria,
posibilita que gran parte de dichos requisitos se comprueben de forma automatizada,
sin necesidad de aportar documentación, impulsándose de esta manera, que cualquier
empresa o entidad pública pueda realizar inversiones energéticamente eficientes, y así
facilitar el acceso a los referidos incentivos.
Por otro lado, para facilitar el acceso a los incentivos para impulsar el uso eficiente de
la energía en Andalucía, se va a crear la figura de las Oficinas Locales de Transformación
Energética de Andalucía (OLTEAN), que tiene como una de sus bases la colaboración
pública y privada para conseguir un mayor efecto para contribuir a alcanzar los objetivos
previstos en el Programa de Andalucía FEDER 2021-2027. Las OLTEAN, gestionadas
por la Agencia Andaluza de la Energía, facilitarán la tramitación de los incentivos en
las distintas fases, tanto la previa a la presentación de la solicitud, como la relativa a la
justificación de los incentivos, mediante el asesoramiento, la promoción y la asistencia a
las empresas.
Estas bases reguladoras se encuadran en lo referido a la Línea 1, en los tipos de
acciones A. «Impulso de las actividades de investigación e innovación», dentro del
Objetivo Especifico 1.1 «El desarrollo y la mejora de las capacidades de investigación e
innovación y la implantación de tecnologías avanzadas»; B. «Fomento del crecimiento,
la competitividad y la consolidación de las pymes» dentro del Objetivo Especifico 1.3
«Reforzar el crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de
empleo en estas empresas, también mediante inversiones productivas» y C. «Fomentar
la transición hacia una economía circular de los residuos» del Objetivo Especifico 2.6
«Favorecer la transición hacia una economía circular y eficiente en el uso de recursos»
del Programa de Andalucía FEDER 2021-2027.
En lo referido a la Línea 2, las actuaciones se encuadran en los siguientes objetivos
específicos del Programa de Andalucía FEDER 2021-2027: Objetivo Específico 2.1.
«El fomento de la eficiencia energética y la reducción de las emisiones de gases de
efecto invernadero», el Objetivo Específico 2.2. «El fomento de las energías renovables
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317462
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 3858/4
En este mismo sentido, una de las bases de desarrollo que la Estrategia para
una Minería Sostenible en Andalucía 2030 contempla de manera específica es el
favorecimiento de la optimización de la eficiencia energética y la promoción de la
autosuficiencia energética de las instalaciones. Considerando que la industria minera
depende fuertemente de la compra de energía eléctrica dentro de sus insumos más
estratégicos y que, por otro lado, la industria energética está cada vez más volcada hacia
la generación de energías renovables para las que son imprescindibles los minerales
críticos y estratégicos, se establece un círculo virtuoso entre ambos sectores que precisa
del desarrollo de otros mercados como son el de la gestión y reciclaje de los residuos y el
de la producción de nuevos vectores energéticos, como el hidrógeno.
Por todo lo anterior y con base en esa relación entre industria, minería y energía,
la necesidad de aprovechar eficazmente los recursos disponibles para maximizar la
atracción y promoción de la inversión y la generación de empleo, fundamenta el alcance
de la presente orden cuyo objetivo general es regular un conjunto de incentivos integrados
para la competitividad y la mejora energética, y que contempla cuatro programas de
actuación, para hidrógeno renovable, espacios productivos, cadenas de valor industrial
y minería sostenible que se concreta en dos líneas de incentivos que se dirigen al
desarrollo competitivo (Línea 1), a través de un régimen de concurrencia competitiva, y al
uso eficiente de la energía en las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los
espacios productivos de Andalucía (Línea 2), a través de un régimen de concurrencia no
competitiva, como principales ámbitos de apoyo, respectivamente.
En relación con la primera línea, la tramitación de los incentivos bajo un régimen de
concurrencia competitiva permitirá la selección de los proyectos con un mejor impacto
económico y social, mientras que en lo referente a la segunda línea, considerando el
objeto y finalidad de las actuaciones que encuadra, la tramitación de los incentivos en
atención a la mera concurrencia de los requisitos para ser persona o entidad beneficiaria,
posibilita que gran parte de dichos requisitos se comprueben de forma automatizada,
sin necesidad de aportar documentación, impulsándose de esta manera, que cualquier
empresa o entidad pública pueda realizar inversiones energéticamente eficientes, y así
facilitar el acceso a los referidos incentivos.
Por otro lado, para facilitar el acceso a los incentivos para impulsar el uso eficiente de
la energía en Andalucía, se va a crear la figura de las Oficinas Locales de Transformación
Energética de Andalucía (OLTEAN), que tiene como una de sus bases la colaboración
pública y privada para conseguir un mayor efecto para contribuir a alcanzar los objetivos
previstos en el Programa de Andalucía FEDER 2021-2027. Las OLTEAN, gestionadas
por la Agencia Andaluza de la Energía, facilitarán la tramitación de los incentivos en
las distintas fases, tanto la previa a la presentación de la solicitud, como la relativa a la
justificación de los incentivos, mediante el asesoramiento, la promoción y la asistencia a
las empresas.
Estas bases reguladoras se encuadran en lo referido a la Línea 1, en los tipos de
acciones A. «Impulso de las actividades de investigación e innovación», dentro del
Objetivo Especifico 1.1 «El desarrollo y la mejora de las capacidades de investigación e
innovación y la implantación de tecnologías avanzadas»; B. «Fomento del crecimiento,
la competitividad y la consolidación de las pymes» dentro del Objetivo Especifico 1.3
«Reforzar el crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de
empleo en estas empresas, también mediante inversiones productivas» y C. «Fomentar
la transición hacia una economía circular de los residuos» del Objetivo Especifico 2.6
«Favorecer la transición hacia una economía circular y eficiente en el uso de recursos»
del Programa de Andalucía FEDER 2021-2027.
En lo referido a la Línea 2, las actuaciones se encuadran en los siguientes objetivos
específicos del Programa de Andalucía FEDER 2021-2027: Objetivo Específico 2.1.
«El fomento de la eficiencia energética y la reducción de las emisiones de gases de
efecto invernadero», el Objetivo Específico 2.2. «El fomento de las energías renovables
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317462
BOJA
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