Disposiciones generales. . (2025/51-3)
Orden de 11 de marzo de 2025, por la que se desarrollan los procedimientos de admisión para el Primer Ciclo de Educación Infantil en las Escuelas Infantiles de titularidad de la Junta de Andalucía y en las Escuelas Infantiles y Centros de Educación Infantil adheridos al Programa de Ayuda a las Familias y se modifican los Anexos I y II del Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la Educación Infantil en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 51 - Lunes, 17 de marzo de 2025

página 3669/23

c) Los padres, madres o personas que ejerzan la tutela o guarda interesados deberán
dirigir, en el plazo de 5 días hábiles desde el inicio del procedimiento de reserva, una
solicitud a la persona titular del órgano territorial de la Administración de la Junta de
Andalucía competente en materia de educación que corresponda, conforme al modelo
que como Anexo II se adjunta a esta orden.
d) Una vez valoradas las solicitudes recibidas por el órgano territorial de la
Administración de la Junta de Andalucía competente en materia de educación, se
procederá a la verificación de la disponibilidad de plazas vacantes en los centros
solicitados. En los casos en los que varios alumnos y alumnas opten por un mismo
centro donde no existan suficientes plazas vacantes se procederá a la baremación de las
solicitudes, conforme a los criterios establecidos en el artículo 56.5 del Decreto 76/2025,
de 5 de marzo.
e) El órgano territorial de la Administración de la Junta de Andalucía competente
en materia de educación comunicará a los interesados el centro en el que se realizará
la reserva de plaza para su hijo o hija, al que deberán dirigirse para continuar con la
tramitación del procedimiento. Asimismo, el referido órgano territorial dará traslado a los
centros implicados del expediente de cada alumno o alumna.
Estas actuaciones deberán estar finalizadas con anterioridad a la finalización del
plazo de presentación de solicitudes correspondiente al procedimiento ordinario de
admisión.

Disposición transitoria primera. Calendario de admisión en el primer ciclo de
educación infantil para el curso 2025/26.
A los efectos de lo previsto en el artículo 22 de de la presente orden, las fechas de
las actuaciones para llevar a cabo los procedimientos de admisión en el primer ciclo de
la educación infantil en las escuelas infantiles de titularidad de la Junta de Andalucía y en
los centros adheridos para el curso 2025/26, serán las siguientes:
1. Procedimiento de reserva de plaza y procedimiento ordinario de admisión.
a) Plazo de presentación de solicitudes de reserva de plaza: del 17 al 28 de marzo.
b) Anuncio de la oferta educativa: el 31 de marzo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00317274

Disposición adicional cuarta. Difusión de las normas de escolarización y
asesoramiento en la aplicación de las mismas.
Las personas titulares de los correspondientes Órganos Territoriales de la
Administración de la Junta de Andalucía competente en materia de educación procurarán
que en los Ayuntamientos se dé publicidad a las relaciones de plazas escolares vacantes
y a la normativa que rige la admisión del alumnado.
El servicio competente en materia de planificación y escolarización del
correspondiente órgano territorial de la Administración de la Junta de Andalucía
competente en materia de educación organizará las tareas de información al público
sobre el proceso de escolarización y sobre las plazas escolares vacantes de cada centro
educativo, conjuntamente con el Servicio Provincial de Inspección Educativa que llevará a
cabo el asesoramiento correspondiente en la aplicación de las normas de escolarización.
El servicio competente en materia de planificación y escolarización estudiará las
cuestiones que sobre la escolarización pudieran plantearse a lo largo del curso escolar,
realizando las correspondientes propuestas a la persona titular del órgano territorial de la
Administración de la Junta de Andalucía competente en materia de educación, que podrá
solicitar el correspondiente informe del Servicio Provincial de Inspección educativa para
su resolución contando con las plazas escolares disponibles.
La presente orden se expondrá, a partir del día siguiente al de su publicación en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en un lugar de fácil acceso al público en
los centros educativos para conocimiento y difusión entre los distintos sectores de la
comunidad educativa.