3. Otras disposiciones. . (2025/50-27)
Resolución de 11 de marzo de 2025, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se adoptan determinados acuerdos en previsión de la posible asignación de cupos dentro del plan de gestión adaptativa de la caza de la tórtola europea (Streptopelia turtur) en Andalucía durante la próxima temporada de caza 2025-2026.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 50 - Viernes, 14 de marzo de 2025

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aplicación móvil, conectado a un servidor central que permite almacenar y procesar esos
datos. Además del control, permite planificar las capturas entre los distintos cotos a los
que se asignará un cupo de captura. Esta aplicación, el precinto digital de caza, ha sido
puesta a disposición de las Comunidades Autónomas por el Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación tras su desarrollo por la Fundación Artemisan.
Recientemente, se ha planteado en el grupo de trabajo de recuperación de aves de
la Comisión Europea, celebrado en sesión de 4 de marzo de 2025, el levantamiento de
la moratoria, debido a que se ha observado un crecimiento poblacional marcado durante
dos años seguidos, los índices de supervivencia resultados son superiores a 1, y los
Estados Miembro han presentado sistemas de control de capturas fiables.
Según los resultados presentados en el grupo de trabajo, a partir de los datos del
Sistema Paneuropeo de Monitorización de Aves Comunes (PECMBS), se estima que
la población de tórtola europea es de 8,85 millones de individuos, y en base a esta
población, se plantea un escenario de extracción para el corredor migratorio occidental.
Este escenario de extracción plantea una tasa de extracción máxima para dicho
corredor migratorio del 1,5% de la población, con el objetivo de mantener el crecimiento
poblacional y garantizar la recuperación de la población lo antes posible, lo que significa
una cuota total de 132.00 individuos. En la división de la cuota entre los Estados Miembro
pertenecientes al corredor migratorio occidental, España ha resultado prioritaria tras la
evaluación, quedando el reparto de la siguiente forma:
Distribución
81%
8%
0%
1%

Cuota final
106.920
10.560
0
924

Las recomendaciones científicas presentadas en el pasado grupo de trabajo
serán las presentadas para su aprobación por parte del comité NADEG en su próxima
reunión del 1 de abril de 2025. Subsiguientemente, tanto el acta de la reunión del comité
NADEG del 1 de abril de 2025, como la documentación científica que avala la decisión
acordada por los Estados Miembro en el seno del grupo de trabajo, son documentación
vinculante para que las unidades competentes de las Comunidades Autónomas elaboren
la normativa correspondiente, adaptando los cupos de caza de la tórtola europea a las
recomendaciones emitidas por la Comisión, a través del Comité NADEG y el grupo de
trabajo de recuperación de aves.
Tras el reparto de cupos a nivel europeo, para España se ha presentado por el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la distribución de la cuota, teniendo en
cuenta el sistema de control de capturas aprobado por las Comunidades Autónomas, con
un cupo total para Andalucía de 35.497.
Ante esta situación, la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente ha considerado
necesario acordar las condiciones en las que el cupo sería asignado para la temporada
cinegética 2025-2026, bajo los principios de publicidad y transparencia, entre aquellos
cotos que hayan desarrollado medidas de gestión de hábitats beneficiosas para la
especie, condicionado necesariamente a la inclusión del aprovechamiento de la especie
en su correspondiente plan técnico de caza, así como a la implementación en el coto
del precinto digital de caza para el control de las capturas por parte de las personas
cazadoras, y teniendo en cuenta además la superficie de cada acotado.
Asimismo, se ha tenido en cuenta para la asignación de cupo que la caza constituye
en Andalucía un significativo campo de actividad de dimensión social, movilizando a un
amplio colectivo que cuenta con organizaciones deportivas asentadas, encontrándose
entre los objetivos de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres de
Andalucía, la regulación y fomento de la caza para la consecución de fines de carácter
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00317236

País
ESPAÑA
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