3. Otras disposiciones. . (2025/50-27)
Resolución de 11 de marzo de 2025, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se adoptan determinados acuerdos en previsión de la posible asignación de cupos dentro del plan de gestión adaptativa de la caza de la tórtola europea (Streptopelia turtur) en Andalucía durante la próxima temporada de caza 2025-2026.
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Número 50 - Viernes, 14 de marzo de 2025

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infracción núm. 2019/2143 de la Comisión Europea contra el Reino de España por el
carácter insuficiente de las medidas adoptadas para la conservación de la tórtola europea
dirigido al Reino de España en virtud del artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de
la Unión Europea por incumplimiento de las obligaciones que le incumben en virtud del
artículo 3, del artículo 4, apartados 2 y 3, del artículo 7, apartado 1 y apartado 4, párrafo
primero, de la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de
noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres.
En respuesta al mencionado Dictamen motivado, Andalucía, junto con las restantes
Comunidades Autónomas donde aún se caza la especie, se compromete, desde el punto
de vista cinegético, a adoptar en su normativa cinegética las directrices que emanen del
Plan adaptativo de caza sostenible que debe desarrollarse como parte del Plan de Acción
de la especie adoptado en octubre de 2018.
La Comisión Europea impulsa los trabajos científicos que desarrollan las bases para
el mencionado Plan Adaptativo de Caza Sostenible de la Tórtola europea en el pasillo
migratorio occidental a finales del año 2020. Los resultados y las conclusiones de dichos
trabajos se presentaron en un grupo de trabajo multidisciplinar e internacional celebrado
en marzo de 2021 que ha tenido continuación con las reuniones del comité de caza
nacional de octubre de 2021 y del grupo multidisciplinar durante el mes de marzo de
2022, de marzo del 2023 y de abril de 2024.
En escrito de fecha 21 de junio de 2021 dirigido al Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, como representante del Estado Miembro, la Comisión Europea remite la
siguiente indicación: «Las conclusiones operativas del taller celebrado del 23 al 25 de
marzo contienen información científica para justificar una cuota cero en 2021 en la vía
migratoria occidental para cumplir con los requisitos del artículo 7 de la Directiva sobre
aves. El acta de la reunión del grupo de expertos en las Directivas de Naturaleza (NADEG)
celebrada el 27 y 28 de abril también contiene una clara indicación de la interpretación
de la Comisión de los requisitos de la Directiva sobre aves en relación con la caza de la
tórtola común en la vía migratoria occidental, en la que se afirma que «en el caso de la
tórtola común en la vía migratoria occidental, la opción cero es el único camino creíble».
En los años posteriores a 2021 y de acuerdo con las sucesivas conclusiones del Grupo
de Trabajo de la Unión Europea para la Recuperación de Aves, la moratoria de la caza de
la tórtola en España se implementó hasta la temporada cinegética 2024-2025, de acuerdo
con la recomendación técnica emanada del grupo de trabajo, validada por todos los
estados miembros del corredor migratorio occidental (Francia, Italia, Portugal y España).
Esta recomendación técnica estableció tres criterios específicos que debían cumplirse
para que se levantara la moratoria, primeramente, debía observarse una tendencia
creciente de la población de tórtola, debía observarse un índice de supervivencia de la
especie superior a 1 y los estados miembros debían tener desarrollado un sistema de
control de capturas fiable.
En concreto, en la reunión del citado Grupo de Trabajo celebrada el 19 de abril de
2024, entre las conclusiones obtenidas, aparte del consenso para mantener la prohibición
de la caza durante la temporada 2024-2025 tal como se indicó anteriormente, se asumió
el compromiso por parte de los estados miembros para trabajar en el desarrollo de un
sistema efectivo de control y aplicación de la ley en relación con el cumplimiento de las
cuotas de captura que puedan establecerse ante la posibilidad de reanudar la caza de la
tórtola europea. La existencia de este sistema control es por tanto una de las condiciones
exigidas para proceder al levantamiento de la moratoria.
En este sentido, hay que destacar que, para asegurar el cumplimiento de un posible
cupo dentro de su territorio, la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente apuesta,
como sistema de control, por la implantación de un registro electrónico de capturas
denominado «Precinto digital de caza» y un plan de control de capturas durante los
días habilitados para la caza de la tórtola europea. Este precinto digital es un novedoso
sistema para registrar las capturas de caza por los propios cazadores a través de una
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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