3. Otras disposiciones. . (2025/48-17)
Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga, por la que se declara, en concreto, la utilidad pública del proyecto de planta solar fotovoltaica «Cosmo Hive» e infraestructura de evacuación sitas en el término municipal de Antequera (Málaga). (PP. 344/2025).
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Número 48 - Miércoles, 12 de marzo de 2025
página 2362/5
• Al norte del POC la planta se encuentra rodeada por Suelo No Urbanizable Protegido
por la Planificación Urbanística, Espacios de Interés Paisajístico (SNUP-IP) y Enclaves
Naturales Excepcionales».
En relación a la omisión de parcelas objeto de expropiación en el informe de
compatibilidad urbanística, la promotora indica que dicho informe «incluye todas las
parcelas que conforman la planta solar fotovoltaica, línea de evacuación de 30 KV y la
SET Elevadora Cosmo hive 30/132 KV [...]». Dichos cambios fueron incluidos en adendas
aportadas al proyecto y que obran en el expediente. Indica, además, que «[l]as parcelas
definidas en proyecto de fecha de noviembre de 2020 han sufrido modificaciones a nivel
catastral con respecto a su versión de enero de 2023. Es decir, los terrenos ocupados por
la planta fotovoltaica son los mismos pero al haber realizado catastro modificaciones en
la zona las parcelas han cambiado».
Alegaciones de carácter ambiental.
El proyecto en cuestión cuenta con Informe favorable de carácter vinculante a la
solicitud autorización ambiental unificada, emitido el 21.12.2022 por la Delegación
Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Málaga. Dicha
autorización se sometió al trámite de información pública durante un plazo de 30 días y en
su Anexo VI se da respuesta a las alegaciones efectuadas durante dicho plazo. Se realizó
una evaluación ambiental (Anexo II) y, teniendo en cuenta las afecciones e impactos,
así como la implementación de medidas preventivas, correctoras y compensatorias se
consideró viable a efectos ambientales el Proyecto de Planta Solar Fotovoltaica y su
infraestructura de evacuación.
No obstante, en cuanto al trazado alternativo propuesto por don José Artillo Linares
y don Antonio Trujillo Arjona, en el mismo no se han tenido en cuenta una serie de
condicionantes que, de acuerdo con la información proporcionada por el promotor, lo
hacen inviable. En particular, no se ha tenido en cuenta la zona de afección de Carreteras
«no siendo viable el uso de caminos públicos paralelos al corredor de la autovía A-45 por
situarse estos dentro de la zona de no edificación (art. 56 Ley 8/2001 de Carreteras de
Andalucía)». Tampoco se han tenido en cuenta los pinares existentes, la elevación del
terreno, la existencia de un apoyo sobre zona de Dominio Público Hidráulico, ni el cruce con
otras líneas eléctricas existentes. Así mismo, este trazado alternativo afecta a propietarios
no recogidos en la RBDA (parcela 29, polígono 125) y provoca la afección permanente de
una finca a la cual se afecta de manera temporal (parcela 6 del polígono 125).
Error en la titularidad de las parcelas catastrales.
2014 Ovicol, S.L. alega que la parcela con referencia catastral 29015A126000260000TB
(finca núm. 5 según proyecto) es de su titularidad para lo cual adjunta certificado catastral.
Esta Delegación Territorial ha realizado consulta a catastro detectando cambio de
titularidad de la citada finca a favor de 2014 Ovicol, S.L. con fecha 24.8.2023. Por ello,
solicita aclaración acerca de la titularidad de la misma a don Juan Jesús Pérez Pena
ya que el mismo indica ser propietario de «la parcela número 25 del polígono 158 (hoy
comprende las parcelas 26 y 27 del polígono 126)». Con fecha 11.12.2024, éste último
aporta Nota Simple del Registro de la Propiedad de fecha de 5 de diciembre de 2024.
Del estudio de la documentación presentada por ambos alegantes y, en especial,
del histórico catastral, se observan cambios en los límites de las parcelas 26 y 27 del
polígono 126 (fincas 5 y 6 según proyecto) respecto a la actualidad. Dicha delimitación
se aprecia en los planos parcelarios de la Memoria presentada por la Promotora y que
ha sido objeto de publicación en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía. Así
mismo, Catastro solamente indica como localización «DS Polígono 158 25» a la parcela
27 del polígono 126.
Dado que no hay coordinación entre Catastro y el Registro de la Propiedad sobre la
finca en cuestión, y la Relación de Bienes y Derechos afectados anexa se ha formalizado
conforme a datos catastrales, se rectifica la dicha titularidad de acuerdo a los datos que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315971
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 2362/5
• Al norte del POC la planta se encuentra rodeada por Suelo No Urbanizable Protegido
por la Planificación Urbanística, Espacios de Interés Paisajístico (SNUP-IP) y Enclaves
Naturales Excepcionales».
En relación a la omisión de parcelas objeto de expropiación en el informe de
compatibilidad urbanística, la promotora indica que dicho informe «incluye todas las
parcelas que conforman la planta solar fotovoltaica, línea de evacuación de 30 KV y la
SET Elevadora Cosmo hive 30/132 KV [...]». Dichos cambios fueron incluidos en adendas
aportadas al proyecto y que obran en el expediente. Indica, además, que «[l]as parcelas
definidas en proyecto de fecha de noviembre de 2020 han sufrido modificaciones a nivel
catastral con respecto a su versión de enero de 2023. Es decir, los terrenos ocupados por
la planta fotovoltaica son los mismos pero al haber realizado catastro modificaciones en
la zona las parcelas han cambiado».
Alegaciones de carácter ambiental.
El proyecto en cuestión cuenta con Informe favorable de carácter vinculante a la
solicitud autorización ambiental unificada, emitido el 21.12.2022 por la Delegación
Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Málaga. Dicha
autorización se sometió al trámite de información pública durante un plazo de 30 días y en
su Anexo VI se da respuesta a las alegaciones efectuadas durante dicho plazo. Se realizó
una evaluación ambiental (Anexo II) y, teniendo en cuenta las afecciones e impactos,
así como la implementación de medidas preventivas, correctoras y compensatorias se
consideró viable a efectos ambientales el Proyecto de Planta Solar Fotovoltaica y su
infraestructura de evacuación.
No obstante, en cuanto al trazado alternativo propuesto por don José Artillo Linares
y don Antonio Trujillo Arjona, en el mismo no se han tenido en cuenta una serie de
condicionantes que, de acuerdo con la información proporcionada por el promotor, lo
hacen inviable. En particular, no se ha tenido en cuenta la zona de afección de Carreteras
«no siendo viable el uso de caminos públicos paralelos al corredor de la autovía A-45 por
situarse estos dentro de la zona de no edificación (art. 56 Ley 8/2001 de Carreteras de
Andalucía)». Tampoco se han tenido en cuenta los pinares existentes, la elevación del
terreno, la existencia de un apoyo sobre zona de Dominio Público Hidráulico, ni el cruce con
otras líneas eléctricas existentes. Así mismo, este trazado alternativo afecta a propietarios
no recogidos en la RBDA (parcela 29, polígono 125) y provoca la afección permanente de
una finca a la cual se afecta de manera temporal (parcela 6 del polígono 125).
Error en la titularidad de las parcelas catastrales.
2014 Ovicol, S.L. alega que la parcela con referencia catastral 29015A126000260000TB
(finca núm. 5 según proyecto) es de su titularidad para lo cual adjunta certificado catastral.
Esta Delegación Territorial ha realizado consulta a catastro detectando cambio de
titularidad de la citada finca a favor de 2014 Ovicol, S.L. con fecha 24.8.2023. Por ello,
solicita aclaración acerca de la titularidad de la misma a don Juan Jesús Pérez Pena
ya que el mismo indica ser propietario de «la parcela número 25 del polígono 158 (hoy
comprende las parcelas 26 y 27 del polígono 126)». Con fecha 11.12.2024, éste último
aporta Nota Simple del Registro de la Propiedad de fecha de 5 de diciembre de 2024.
Del estudio de la documentación presentada por ambos alegantes y, en especial,
del histórico catastral, se observan cambios en los límites de las parcelas 26 y 27 del
polígono 126 (fincas 5 y 6 según proyecto) respecto a la actualidad. Dicha delimitación
se aprecia en los planos parcelarios de la Memoria presentada por la Promotora y que
ha sido objeto de publicación en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía. Así
mismo, Catastro solamente indica como localización «DS Polígono 158 25» a la parcela
27 del polígono 126.
Dado que no hay coordinación entre Catastro y el Registro de la Propiedad sobre la
finca en cuestión, y la Relación de Bienes y Derechos afectados anexa se ha formalizado
conforme a datos catastrales, se rectifica la dicha titularidad de acuerdo a los datos que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315971
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía