Disposiciones generales. . (2025/47-1)
Decreto 78/2025, de 5 de marzo, por el que se declara Zona Especial de Conservación el Lugar de Importancia Comunitaria Montes de Málaga (ES6170038) y se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Montes de Málaga.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 47 - Martes, 11 de marzo de 2025

página 3298/78

En relación con el caso del grado de conservación, para la obtención del VR de los objetos de conservación así
como para el establecimiento de tendencias, en el presente Plan se ha aplicado un criterio similar de manera
que se han considerado los datos disponibles con una precisión metodológica aceptable más cercanos en
fecha a 2006, año en el que se publicó la primera lista de LIC de la Región biogeográfica mediterránea,
(Decisión de la Comisión de 19 de julio de 2006 por la que se adopta, de conformidad con la Dire ctiva
92/43/CEE del Consejo, la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica
mediterránea).
En el caso de objetos de conservación considerados prioridad de conservación que no cuentan con datos de
seguimiento, y por tanto se carece de información precisa de partida, el VR vendría definido por el dato de
seguimiento que se genera el primer año en el que el objeto de conservación pasa a ser considerado prioridad
de conservación y la tendencia se establecerá por comparación con los datos de los periodos sexenales
siguientes.
Valoración del grado de conservación para las especies y HIC considerados prioridades de conservación
Para cada una de las especies consideradas prioridad de conservación se ha comparado la evaluación del
lugar que establecía el FND 2014 (VR) con la que establece el FND 2023 (VA), considerando la evaluación de
cada uno de los parámetros Población, Conservación, Global (A: Excelente, B: Buena y C: Significativa) y
Aislamiento (A: Población (casi) aislada, B: Población no aislada pero al margen de su área de distribución y C:
Población no aislada integrada en su área de distribución).
En el caso de los HIC, la comparación se ha hecho entre el FND 2019 (VR) y el FND 2023 (VA), considerando la
evaluación de los parámetros Representatividad, Superficie relativa, Conservación y Global (A: Excelente, B:
Buena, C: Intermedia o reducida).
A partir de la citada comparación se han establecido las siguientes condiciones que permiten establecer una
valoración del grado de conservación y el criterio de éxito u objetivo a alcanzar (epígrafes 4. Objetivos
generales y 9. Indicadores) para las especies y los HIC considerados prioridades de conservación en el ámbito
del Plan.
Tabla 18. Condiciones para la valoración del grado de conservación
Valoración del grado
de conservación

Escenario
A→A
B→B

B→A
El valor actual mejora la evaluación del FND de fecha más cercana que C → B
se considere como valor de referencia, pasando de una evaluación B a C → A
una evaluación A, de una evaluación C a una evaluación B o A, o
NE → B
pasando de no evaluado a ser una evaluación B o A.
NE → A
El valor actual no mejora la evaluación del FND de fecha más cercana
que se considere como valor de referencia, pasando de una
evaluación A a una evaluación B.

A→B

El valor actual ene una evaluación peor que en el FND de fecha más
cercana que se considere como valor de referencia, pasando de una
evaluación B o A a una evaluación C.

A→C
B→C

El valor actual se manene con la misma evaluación que en el FND de C → C
fecha más cercana que se considere como valor de referencia,
pasando de una evaluación C a una evaluación C o pasando de no
NE → C
evaluado a ser una evaluación C.

Se manene
(Man)

FAVORABLE
(FV)

Se manene
o mejora
(Ma/Me)

Empeora (E)
DESFAVORABLE
(DFV)

Se manene
(Man)
Se mejora
(Mej)

00316903

El valor actual se manene igual que en el FND de fecha más cercana
que se considere como valor de referencia, pasando de una
evaluación B a una evaluación B o de una evaluación A a una
evaluación A.

Criterio de
éxito

61

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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