Disposiciones generales. . (2025/47-1)
Decreto 78/2025, de 5 de marzo, por el que se declara Zona Especial de Conservación el Lugar de Importancia Comunitaria Montes de Málaga (ES6170038) y se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Montes de Málaga.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 47 - Martes, 11 de marzo de 2025

página 3298/22

Respecto a su contenido, el Plan introduce como novedad, en respuesta a los requerimientos de la Red Natura
2000, el inventario de los hábitats y especies de interés comunitario presentes en el espacio, la identificación
de las prioridades de conservación y el diagnóstico del grado de conservación de las mismas, así como de los
principales impactos y amenazas. Así mismo, establece los objetivos generales vinculados a la conservación
de hábitats y especies de interés comunitario; los objetivos generales vinculados a la conservación de los
recursos naturales y los sistemas que integran el patrimonio natural; zonifica y asigna los usos al territorio y
establece, entre otras cuestiones, las limitaciones generales y específicas que deben aplicarse a los usos y
actividades, el régimen de intervención administrativa sobre dichos usos y actividades y los criterios
orientadores de las diversas políticas sectoriales. Las disposiciones contenidas en el Plan constituyen un
límite de cualesquiera otros instrumentos de ordenación territorial o física, prevaleciendo sobre los ya
existentes.
El PORN se adapta a los requerimientos de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de
12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (en adelante, Directiva de Servicios),
incorporada a nuestro ordenamiento jurídico a través de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre
acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, en orden a contribuir a la reducción de cargas y a la
simplificación administrativa, e introduce como novedad la comunicación como régimen de intervención
administrativa más flexible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.bis de la Ley 2/1989, de 18 de
julio, y en el marco de lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Al mismo tiempo elimina la doble autorización en un
gran número de casos.
Asimismo, se da cumplimiento a la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado (en
adelante LGUM), que recoge los principios básicos de una buena práctica regulatoria, eficiente y pro
competitiva que deben aplicarse a cualquier decisión, intervención o actuación de las Administraciones
públicas que afecte al acceso y/o ejercicio de las actividades económicas.
Para su redacción se han tenido en consideración los cambios acontecidos en el contexto de las
circunstancias ambientales, sociales, legales y económicas del espacio, considerando la experiencia emanada
del desarrollo y aplicación del anterior Plan, aprobado mediante Decreto 187/2003, de 24 de junio, y
atendiendo a los aspectos derivados del avance en el estado del conocimiento relativo a los recursos
naturales y los procesos ecológicos del territorio y de la aplicación de las nuevas tecnologías disponibles.

1.3 Encuadre
El PORN se encuadra en el nuevo marco normativo vigente, teniendo en consideración los cambios que se han
producido desde la aprobación de la planificación anterior. Los principales cambios son los derivados de la
aprobación y aplicación de las siguientes referencias normativas e instrumentos de planificación relacionados
con la Red Natura 2000, la bio y geodiversidad, los humedales y recursos hídricos, la calidad ambiental, el
cambio climático y la conectividad ecológica, la planificación territorial, el desarrollo sostenible y la
simplificación de procedimientos administrativos.

00316903

En materia de protección, conservación y gestión de la biodiversidad son referencias imprescindibles, entre
otras, la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres; la Ley 42/2007, de 13 de diciembre; el
Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de
Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas; el Decreto 23/2012, de 14 de febrero, por
el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y la fauna silvestres y sus hábitats; los Acuerdos
de fechas 18 de enero de 2011 y 13 de marzo de 2012, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban los
planes de recuperación y conservación de determinadas especies silvestres y hábitats protegidos; así como
otras normas relacionadas con los planes de protección de especies amenazadas o con el Acuerdo de 27 de
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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