Autoridades y personal. . (2025/46-12)
Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por los sistemas de acceso libre y promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Médico/a de Familia de Atención Primaria, de Médico/a de Familia en Centros de Transfusión, Tejidos y Células y de Médico/a de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, dependientes del Servicio Andaluz de Salud, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2022, 2023 y 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Lunes, 10 de marzo de 2025

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que se concursa, en virtud de convenios o acuerdos de asistencia sanitaria organizados
o autorizados por la Administración Pública: 0,30 puntos mes.
2. En proyectos o programas de cooperación internacional cuando se trate de personal
que participa como cooperante en el campo sanitario mediante relación contractual en la
misma categoría y especialidad a la que se concursa, como voluntario o cooperante: 0,10
puntos mes.
E. Servicios prestados en proyectos en contratos de investigación o en subprogramas
de movilidad.
1. En contratos de investigación promovidos mediante convocatoria pública por el
Gobierno de España, de las Comunidades Autónomas o de la Unión Europea para la
contratación laboral de personal investigador, Juan Rodés, Río Hortega, Sara Borrell,
Miguel Servet, Nicolás Monarde, María Castellano y los derivados de convocatorias para
la incorporación de investigadores posdoctorales a grupos de los centros sanitarios y de
investigación del SNS en categoría, cuerpo/especialidad, o grupo/categoría homólogos
o puestos que supongan el desarrollo de tareas de investigación en la categoría y
especialidad a la que se concursa: 0,30 puntos mes.
2. Estancias en centros extranjeros o nacionales adjudicadas como acciones de
ampliación de estudios o similar, concedidas por el Instituto de Salud Carlos III, por
convocatorias de ayudas a acciones de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación
en acciones de Salud convocadas por los órganos de gobierno de la Unión Europea, del
Reino de España o de las Comunidades Autónomas con competencias en materia de
Sanidad, Ciencia, Tecnología e investigación en categoría, cuerpo/especialidad, o grupo/
categoría homólogos o puestos que supongan el desarrollo de tareas de investigación en
la categoría y especialidad a la que se concursa: 0,30 puntos mes.
La suma de los apartados segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto no podrá superar
los 60 puntos.
La suma de los apartados cuarto, quinto y sexto no podrá superar los 23 puntos.
Apartado Segundo. Formación académica (máximo 15 puntos).
El valor de los méritos incluidos en este apartado se calculará de acuerdo con los
siguientes criterios:
1. Expediente académico correspondiente a la titulación universitaria exigida como
requisito de acceso.
Se puntuará, hasta un máximo de 2 puntos, el expediente académico correspondiente
a la titulación que habilita para ejercer la profesión. Se valorará de manera proporcional a
la nota media obtenida. Se otorgan 0,04 puntos por cada décima que supere la nota del
aprobado (5), de manera que no se adjudica puntuación al 5 y la puntuación máxima es
de 2 puntos, que corresponde al 10 de nota media.

3. Doctorado.
3.1. Por la realización de todos los cursos de doctorado (sistema anterior al Real
Decreto 185/1985) o por la realización del programa de doctorado hasta el nivel de
suficiencia investigadora según los Reales Decretos 185/1985 y 778/1998, o por la
obtención del diploma de estudios avanzados (DEA): 4 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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2. Otras titulaciones universitarias distintas a la exigida como requisito de acceso.
2.1. Por haber obtenido otra/s Titulación/es Universitaria/s Oficial/es de igual o
superior nivel académico, diferente a la exigida como requisito de acceso, en el ámbito de
las ciencias de la salud: 3 puntos por cada titulación.
2.2. Por cada máster universitario oficial (Espacio Europeo de Educación Superior,
EEES) en el ámbito de las ciencias de la salud y que se encuentre debidamente acreditado
e inscrito en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT): 4 puntos.