3. Otras disposiciones. . (2025/46-37)
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del V Convenio Colectivo de la empresa Diario ABC Andalucía, S.L.U.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Lunes, 10 de marzo de 2025

página 3205/12

Artículo 34. Implantación de nuevas tecnologías y cambios organizativos. El Comité
de Empresa será informado con la debida antelación por la Dirección de los planes de
reconversión tecnológica que se vayan a llevar a cabo, exponiendo su alcance y las
repercusiones económico-laborales que puedan llevar consigo.
Cuando la Dirección de la Empresa decida poner en marcha un plan de reconversión
tecnológica y esa decisión dé lugar a modificaciones sustanciales de las condiciones de
trabajo, lo pondrá en conocimiento del Comité Intercentros y del Comité de Empresa,
preferiblemente con un mínimo de dos meses y en cualquier caso con la mayor antelación
posible, con quien negociará para tratar de llegar a un acuerdo. La Dirección se
compromete a mantener con dicho Comité un sistema de seguimiento permanente hasta
la implantación de la nueva tecnología y sus consecuencias en los sectores afectados.
Si el acuerdo no fuera posible se formulará la oportuna solicitud de autorización por los
cauces legales correspondientes.
En cualquier caso, la Dirección de la Empresa queda facultada para amortizar las
plazas cuyo trabajo vaya siendo sustituido por las mecanizaciones y reorganizaciones que
para la modernización y buena marcha de la empresa se lleven a cabo en los diferentes
trabajos y servicios y para acoplar a este personal excedente en las distintas secciones,
según las necesidades del trabajo, en las condiciones que se pacten y, en todo caso, de
conformidad con las normas establecidas en la disposición adicional tercera del presente
Convenio, bien entendido que estas amortizaciones no darán lugar a despidos objetivos.
Como consecuencia de las renovaciones tecnológicas, la Dirección de la Empresa
promoverá las acciones necesarias para favorecer la capacitación y adaptación del
personal afectado para su paso a otras secciones o plazas de nueva creación, dando la
publicidad precisa para que llegue a conocimiento de todos.
Las trabajadoras/es afectados por la implantación de nuevas tecnologías y/o
cambios organizativos mantendrán, a título personal, los conceptos salariales fijos
correspondientes al grupo profesional que venían desempeñando y, en su caso, los
complementos que tuvieran reconocidos como condición más beneficiosa adquirida con
anterioridad a la firma de este Convenio. Su puesto de trabajo se ajustará en la medida
de lo posible a la equivalente en el supuesto de cambio de grupo profesional.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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cuantas sugerencias le sean presentadas por el Comité de Empresa, poniendo los medios
necesarios encaminados a mejorar la capacidad profesional de las trabajadoras/es
y a conseguir una mejor adaptación a las nuevas técnicas.
Cuando, a consecuencia de los cambios organizativos, productivos y renovaciones
tecnológicas, se programen cursos de formación y reciclaje profesional, el personal
afectado adaptará provisionalmente su turno de trabajo al momento en que éstos se
celebren, abonando la empresa durante los mismos las retribuciones percibidas como
media en los tres meses anteriores.
Después de dicho periodo de formación, la trabajadora/or pasará a ocupar el puesto
para el que se formó mediante concurso-oposición, dejando a salvo las normas de
ascenso. Si no adquiriese en dicho periodo los conocimientos necesarios para acceder a
tales puestos, se le empleará en un puesto disponible en ese momento más acorde con
los conocimientos que posea.
Cualquiera de las acciones antes mencionadas, así como su organización y puesta
en práctica, se acordará en la Comisión Paritaria a que hace referencia el primer párrafo
de este artículo.
Con independencia de lo anterior se programarán cursos, con opción voluntaria,
para ampliar conocimientos que puedan redundar en la promoción profesional de las
trabajadoras/es; asimismo se impartirán cursos monográficos sobre las plazas a cubrir,
siempre que sea necesario, un mes antes de la convocatoria de las mismas.