Autoridades y personal. . (2025/44-26)
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios vinculada con plaza asistencial de Facultativo Especialista de Área de la Institución Sanitaria concertada.
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Número 44 - Jueves, 6 de marzo de 2025

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Antes del inicio del acto de presentación de candidatos, la Comisión de Selección, una
vez constituida, procederá a fijar y a hacer públicos los criterios de valoración que se utilizarán
para la adjudicación de las plazas convocadas, todo ello de conformidad con lo previsto en el
Reglamento de concurso de acceso a cuerpos docentes universitarios, promociones internas
y provisión de plazas docentes vacantes en la Universidad de Córdoba.
- Acto de presentación.
En la primera sesión de comparecencia que se celebre, que será la de presentación
de los aspirantes y que será pública, éstos entregarán al Presidente de la Comisión, la
documentación acreditativa de los méritos e historial académico, docente, investigador, de
transferencia e intercambio del conocimiento y asistencial-sanitario, así como un ejemplar
de las publicaciones y trabajos que se aleguen. Igualmente, se presentará en este acto
el proyecto docente e investigador y el asistencial-sanitario, así como el programa de
al menos una de las asignaturas básicas u obligatorias adscritas en la Universidad de
Córdoba a la especialidad del conocimiento a la que pertenezca la plaza.
La Comisión de Selección será competente para acordar la citación de los candidatos
para sucesivos actos, con el fin de que puedan realizar las distintas pruebas, señalando
al efecto el lugar y hora de comienzo y desarrollo de las mismas. Dicho acuerdo se
notificará a los aspirantes, junto a otras instrucciones que puedan resultar necesarias, en
la sesión correspondiente al acto de presentación. La Comisión, si fuera preciso, podrá
suspender la celebración pública del acto, con el fin de adoptar la decisión que proceda si
no la hubieran adoptado con anterioridad, emplazando a los candidatos para un momento
posterior a efectos de su notificación.
La Comisión determinará el lugar y hora de comienzo de las pruebas, que deberán
iniciarse dentro de las veinticuatro horas siguientes al acto de presentación. El orden de
actuación se determinará por sorteo público.
Serán excluidos del concurso de acceso los aspirantes que no comparezcan al acto
de presentación de candidatos o a los de las distintas pruebas.
- Pruebas.
La primera prueba consistirá en la exposición oral, durante un tiempo máximo de
noventa minutos, del historial académico, docente, investigador, de transferencia e
intercambio del conocimiento y asistencial-sanitario alegado. Dicha prueba incluirá
asimismo la defensa del proyecto docente, investigador y asistencial sanitario presentado.
Seguidamente, la Comisión debatirá con el candidato sobre los anteriores extremos
durante un tiempo máximo de dos horas.
Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un
informe razonado, ajustado en todo caso a los criterios previamente establecidos por la
Comisión de Selección. A la vista de estos informes, la Comisión de Selección procederá
a una votación, en la que no será posible la abstención, para determinar el paso de los
candidatos a la siguiente prueba. No pasarán a la misma los candidatos que no obtengan,
al menos, tres votos favorables.
La segunda prueba consistirá en la exposición oral, durante un tiempo máximo de
una hora, de un tema elegido por el aspirante, de entre tres extraídos por sorteo, del
programa de la asignatura básica u obligatoria que previamente haya señalado.
Para preparar la exposición del tema, los candidatos dispondrán de un tiempo máximo
de dos horas.
Tras la exposición, la Comisión de Selección debatirá con el candidato, durante un
tiempo máximo de dos horas, acerca de los contenidos, cuestiones metodológicas y
cuantos aspectos estime relevantes en relación con el tema expuesto.
Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión de Selección entregará al
Presidente un informe razonado ajustado en todo caso a los criterios previamente
establecidos por la Comisión. A la vista de estos informes, la Comisión procederá a una
votación, en la que no será posible la abstención.
A la vista de los anteriores informes, la Comisión procederá a la votación para la
propuesta de provisión de la plaza, sin que sea posible la abstención.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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