Autoridades y personal. . (2025/44-26)
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios vinculada con plaza asistencial de Facultativo Especialista de Área de la Institución Sanitaria concertada.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Jueves, 6 de marzo de 2025

página 3105/7

Octava. Presentación de documentos y nombramientos.
Los candidatos propuestos para la provisión de la/las plaza/s deberán presentar en
el Registro General de la Universidad, en el plazo de veinte días hábiles siguientes al de
conclusión de la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el
artículo 16.4 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, los siguientes documentos:
a) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico
que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el
ejercicio de funciones públicas. En el caso de los aspirantes que no posean la nacionalidad
española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción
disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función Pública,
debidamente certificado por la autoridad competente del Estado de procedencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00316712

Séptima. Propuesta de provisión.
Finalizadas las pruebas del concurso, la Comisión de Selección hará público el resultado
de la evaluación de cada candidato desglosada en los distintos aspectos evaluados.
De conformidad con lo establecido en el artículo 35 del Real Decreto 678/2023, de 18
de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los Cuerpos Docentes
Universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, la
Comisión de Selección propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante,
una relación de todos los candidatos por orden de preferencia para su nombramiento y
sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas convocadas a concurso.
El proceso podrá concluir con la decisión de la Comisión de Selección de no proveer
la plaza convocada.
Formulada la propuesta, el Secretario de la Comisión, en el plazo de los tres días
hábiles siguientes al de finalización de las actuaciones de aquélla, entregará en el
Servicio de PDI (Sección de Procesos Selectivos PDI) de la Universidad el expediente
administrativo del concurso.
Los candidatos podrán acceder a los informes o valoraciones efectuadas por los
miembros de la Comisión y tendrán derecho a la expedición de las correspondientes
copias, previo abono de los precios públicos exigibles.
Contra la propuesta de la Comisión de Selección, que hará pública en el lugar
donde se celebre la prueba, los candidatos admitidos al concurso podrán presentar
reclamación, en el plazo máximo de diez días computados a partir del siguiente a dicha
publicación, ante el Rector de la Universidad, para que sea valorada por la Comisión de
Reclamaciones en los términos previstos en el artículo 36 del Real Decreto 678/2023,
de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos
docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos
cuerpos, y artículo 26 de los Estatutos de la Universidad de Córdoba.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento hasta su
resolución definitiva.
Esta reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones de la Universidad
de Córdoba, que examinará el expediente relativo al concurso, valorará los aspectos
puramente procedimentales y verificará el efectivo respeto por parte de la Comisión de
Selección de las garantías constitucionales de igualdad de condiciones, de mérito y de
capacidad de los aspirantes.
La Comisión de Reclamaciones oirá a los miembros de la Comisión contra cuya
resolución se hubiera presentado la reclamación, así como a los aspirantes que
hubieran participado en las mismas. Podrá, asimismo, solicitar informes de especialistas
de reconocido prestigio. En cualquier caso, la Comisión ratificará o no la propuesta
reclamada en el plazo máximo de tres meses. El transcurso del plazo establecido sin
resolver se entenderá como rechazo de la reclamación presentada.