Disposiciones generales. . (2025/44-1)
Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, por el procedimiento de concurrencia no competitiva, para la dotación de espacios de ocio seguros para la infancia, la adolescencia y la juventud en Andalucía, y para incentivar la responsabilidad social de las empresas en materia de uso seguro y responsable de internet por la infancia, la adolescencia y la juventud, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) ?financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU?, y se efectúa su convocatoria para el año 2025.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

PAGO

IMPORTE O
PORCENTAJE DE
PAGO

Único

100%

Número 44 - Jueves, 6 de marzo de 2025

página 3057/31

PLAZO DE
JUSTIFICACIÓN DEL
PAGO

MOMENTO O FECHA
DE PAGO
Tras la firma de la
Resolución de
concesión

IMPORTE O
PORCENTAJE
JUSTIFICADO DE
PAGOS ANTERIORES

Según apartado 25.b)
del Cuadro Resumen

23.b) Requisitos previos a la propuesta de pago de la subvención:
☒ No se establecen.
☐Antes de proponerse el pago la persona o entidad beneficiaria deberá acreditar que se encuentra al
corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como que no es deudora
de la Junta de Andalucía por cualquier otro ingreso de derecho público.
☐Otros requisitos previos a la propuesta de pago.
23.c) Compromiso de pago en una fecha determinada:
☒No se establece el compromiso de pago en una fecha determinada.
☐Se establece el compromiso de pago en la/s siguiente/s fecha/s:
23.d) Forma en la que se efectuará el pago:
☒El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que la persona o entidad solicitante
haya indicado, previa acreditación de su titularidad.
☐Otra forma:

24.- Medidas de garantía en favor de los intereses públicos (Artículo 26):
☒No se establecen.
☐Sí.
 Forma:
 Cuantía de las garantías:
 Órgano en cuyo favor se constituyen:
 Procedimiento de cancelación:
25.- Justificación de la subvención (Artículo 27).
25.a) La justificación de la subvención ante el órgano concedente se realizará por parte de:
☒La persona o entidad beneficiaria.
☐La entidad colaboradora.
25.b) Plazo máximo para la presentación de la justificación:
☒El plazo máximo para la presentación de la justificación será de: 3 meses a contar desde: la finalización
del plazo de ejecución de la actividad subvencionada.
☐Otras formas de determinar el plazo máximo para la presentación de la justificación:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00316664

25.c) Documentos justificativos del gasto:

https://www.juntadeandalucia.es/eboja