Disposiciones generales. . (2025/44-1)
Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, por el procedimiento de concurrencia no competitiva, para la dotación de espacios de ocio seguros para la infancia, la adolescencia y la juventud en Andalucía, y para incentivar la responsabilidad social de las empresas en materia de uso seguro y responsable de internet por la infancia, la adolescencia y la juventud, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) ?financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU?, y se efectúa su convocatoria para el año 2025.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 44 - Jueves, 6 de marzo de 2025

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comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones
anteriores.
o

Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que corresponden a la
Intervención General de la Junta de Andalucía, en relación con los incentivos y ayudas concedidas,
y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía,
facilitando cuanta información le sea requerida por dichos órganos.

23.- Forma y secuencia de pago (Artículo 25).
23.a) Forma/s de pago:
☒ Una sola forma de pago.
☐Dos formas de pago.
Supuestos objetivos para determinar la forma de pago en cada caso concreto, cuando se establezca más de
una forma de pago:
Forma de pago

Supuestos objetivos

☐ 23.a) 1° Pago previa justificación:
☐Pago del 100 % del importe de la subvención, previa justificación, por la persona o entidad
beneficiaria, de la realización de la actividad, proyecto, objetivo o adopción del
comportamiento.
☐Pago fraccionado, mediante pagos a cuenta que responderá al ritmo de ejecución de las
actividades subvencionadas, abonándose en la parte proporcional a la cuantía de la
justificación presentada y aceptada.
☒23.a) 2° Pago anticipado.
Razones justificadas para establecer esta forma de pago: Programa de atención a la infancia y la
adolescencia.
Garantías:
☒No se establecen.
☐Si.
 Forma:
 Cuantía de las garantías:
 Órgano en cuyo favor se constituyen:
 Procedimiento de cancelación:

00316664

☒Con anticipo de un importe superior al 50% y hasta el límite del 100 % del importe de la
subvención, por tratarse de:
☐Subvención de importe igual o inferior a 6.000 euros.
☒Subvención acogida al supuesto excepcional: según lo establecido en los apartados a) y b) del
artículo 29.1 de la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
☐ Con anticipo máximo del 50 % del importe de la subvención.
☐Con anticipo máximo del: ........................................ del importe de la subvención.
Secuencia del pago anticipado:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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