Disposiciones generales. . (2025/44-1)
Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, por el procedimiento de concurrencia no competitiva, para la dotación de espacios de ocio seguros para la infancia, la adolescencia y la juventud en Andalucía, y para incentivar la responsabilidad social de las empresas en materia de uso seguro y responsable de internet por la infancia, la adolescencia y la juventud, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) ?financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU?, y se efectúa su convocatoria para el año 2025.
121 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Jueves, 6 de marzo de 2025
página 3057/32
☒Originales. Se marcarán con una estampilla:
☐Sí
☒No
☐Fotocopias compulsadas.
25.d) Utilización de medios electrónicos, informáticos o telemáticos en el procedimiento de justificación:
☐No.
☒Sí. Medios: El registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la
dirección electrónica,
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto?codProcedimiento=CISJUFI_25712.
25.e) Trámites que podrán cumplimentarse con los medios arriba aludidos:
Justificación con aportación de la documentación justificativa y subsanación de la misma, en su caso.
25.f) Modalidad/es de justificación:
- Las entidades locales mediante la certificación de la Intervención.
- Las entidades sin ánimo de lucro mediante la cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto o
la cuenta justificativa con aportación del informe auditor, a criterio de la entidad beneficiaria.
☒25.f).1° Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto:
Contenido de la memoria económica justificativa:
☐El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será
el indicado en el artículo 27.2.a).1ª del Texto articulado.
☒El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será
el siguiente:
00316664
A) La memoria de actuación justificativa a la que hace referencia el citado artículo deberá
contemplar como contenido mínimo los siguientes extremos:
1º Entidad.
2º Denominación del proyecto.
3º Localización territorial.
4º Colectivo objeto de atención.
5º Número de personas beneficiarias, desagregadas por edad y sexo.
6º Plazo de ejecución, indicando fecha de inicio y fecha de finalización.
7º Actividades realizadas.
8º Desviación respecto a las actividades previstas.
9º Resultados obtenidos y cuantificados.
10º Desviación respecto a los resultados previstos.
11º Indicadores de resultados del proyecto.
12º Resumen económico, que deberá contener una relación clasificada de los gastos, con
identificación de la entidad acreedora y del concepto, su importe correspondiente, fecha de
emisión y porcentaje de imputación a la actuación subvencionada.
13.º Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada
con indicación del importe y su procedencia.
14º Verificación del cumplimiento del principio de DNSH, tanto en la fase inicial como en la fase
final del proyecto (art. 2.2 Orden HFP/1030/2021), cumplimentando el Anexo II y la declaración
responsable (Anexo III) de la Guía DNSH del MITERD.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Jueves, 6 de marzo de 2025
página 3057/32
☒Originales. Se marcarán con una estampilla:
☐Sí
☒No
☐Fotocopias compulsadas.
25.d) Utilización de medios electrónicos, informáticos o telemáticos en el procedimiento de justificación:
☐No.
☒Sí. Medios: El registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la
dirección electrónica,
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto?codProcedimiento=CISJUFI_25712.
25.e) Trámites que podrán cumplimentarse con los medios arriba aludidos:
Justificación con aportación de la documentación justificativa y subsanación de la misma, en su caso.
25.f) Modalidad/es de justificación:
- Las entidades locales mediante la certificación de la Intervención.
- Las entidades sin ánimo de lucro mediante la cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto o
la cuenta justificativa con aportación del informe auditor, a criterio de la entidad beneficiaria.
☒25.f).1° Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto:
Contenido de la memoria económica justificativa:
☐El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será
el indicado en el artículo 27.2.a).1ª del Texto articulado.
☒El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será
el siguiente:
00316664
A) La memoria de actuación justificativa a la que hace referencia el citado artículo deberá
contemplar como contenido mínimo los siguientes extremos:
1º Entidad.
2º Denominación del proyecto.
3º Localización territorial.
4º Colectivo objeto de atención.
5º Número de personas beneficiarias, desagregadas por edad y sexo.
6º Plazo de ejecución, indicando fecha de inicio y fecha de finalización.
7º Actividades realizadas.
8º Desviación respecto a las actividades previstas.
9º Resultados obtenidos y cuantificados.
10º Desviación respecto a los resultados previstos.
11º Indicadores de resultados del proyecto.
12º Resumen económico, que deberá contener una relación clasificada de los gastos, con
identificación de la entidad acreedora y del concepto, su importe correspondiente, fecha de
emisión y porcentaje de imputación a la actuación subvencionada.
13.º Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada
con indicación del importe y su procedencia.
14º Verificación del cumplimiento del principio de DNSH, tanto en la fase inicial como en la fase
final del proyecto (art. 2.2 Orden HFP/1030/2021), cumplimentando el Anexo II y la declaración
responsable (Anexo III) de la Guía DNSH del MITERD.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja