Disposiciones generales. . (2025/43-3)
Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, por la que se convocan los VIII Premios para el reconocimiento a centros con buenas prácticas docentes en bibliotecas escolares y en el fomento de la lectura, realizadas en el curso 2024-2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 43 - Miércoles, 5 de marzo de 2025

página 2957/3

- La persona responsable de Biblioteca Escolares en los Servicios Centrales, que
ejercerá la secretaría.
A este jurado se podrían incorporar personas expertas en el ámbito educativo o
cultural.
El jurado valorará las memorias y analizará los informes de las candidaturas
seleccionadas por las comisiones provinciales.
Séptimo. Fallo del Jurado y resolución del procedimiento.
Como consecuencia de las valoraciones efectuadas, el jurado emitirá un fallo por
cada modalidad de los Premios en cada una de sus dos categorías, pudiendo declararlos
desiertos en cualquiera de sus modalidades si considera que ninguna de las memorias
presentadas reúne los méritos suficientes.
El fallo del jurado será inapelable y se elevará como propuesta de concesión
del Premio correspondiente a la Dirección General de Innovación y Formación del
Profesorado para su resolución.
La persona titular de esta Dirección General, a la vista de las propuestas del jurado,
dictará la correspondiente resolución, elevando a definitivo y haciendo público el
contenido del fallo del jurado para cada modalidad del Premio.
La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y, a efectos
meramente informativos, en la página web de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional y en el Portal de Lectura y Bibliotecas Escolares.
Octavo. Cuantía y financiación de los premios.
Se concederán los siguientes premios por cada modalidad y categoría:
a) Un primer premio consistente en dotación económica de 5.000 euros y trofeo.
b) Un segundo premio consistente en dotación económica de 3.000 euros y trofeo.
c) Un tercer premio consistente en dotación económica de 1.000 euros y trofeo.
La financiación de los premios se realizará con cargo a los fondos consignados en la
partida presupuestaria 1100038406 G/54C/22930/0001.
La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de
Andalucía transferirá, como gastos de funcionamiento, a las cuentas de los centros
docentes premiados, las cantidades que correspondan según el premio concedido.
Los centros premiados destinarán la cuantía del premio a reforzar la realización de
actuaciones de mejora de la biblioteca escolar y de fomento de la lectura.
Dichas cantidades se justificarán en la forma prevista en la normativa vigente,
dedicándose exclusivamente a la finalidad para la que han sido concedidas, no
pudiéndose destinar a otro concepto distinto de gasto.

Décimo. Difusión y publicación de las memorias premiadas.
Los centros premiados se comprometen a participar en las acciones de difusión
de las mejores prácticas que se organicen por la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional de la Junta de Andalucía.
Los centros educativos deberán contar con la correspondiente autorización o licencia
para el uso, difusión y publicación de los textos, imágenes, recursos multimedia y
aplicaciones informáticas que se incluyan en las memorias.
La Consejería competente en materia de educación podrá difundir los trabajos
premiados a través de los medios que estime convenientes, bajo el tipo de licencia Creative
Commons Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual CC BY-NC-SA. Asimismo, esta
Consejería se reservará el derecho de edición de las memorias premiadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Noveno. Entrega de premios.
El acto de entrega de los premios concedidos en la presente convocatoria tendrá
lugar en torno al 16 de diciembre, Día de la Lectura en Andalucía.