Disposiciones generales. . (2025/43-3)
Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, por la que se convocan los VIII Premios para el reconocimiento a centros con buenas prácticas docentes en bibliotecas escolares y en el fomento de la lectura, realizadas en el curso 2024-2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 43 - Miércoles, 5 de marzo de 2025

página 2957/2

Tercero. Modalidades.
1. Se establecen las siguientes modalidades de premios:
a) Premio «Bibliotecas escolares» al reconocimiento a centros con buenas prácticas
docentes en la organización y funcionamiento de las bibliotecas escolares.
b) Premio «Fomento de la Lectura» al reconocimiento a centros con buenas prácticas
docentes para el fomento de la lectura y la mejora de la competencia en comunicación
lingüística.
2. Los premios se otorgarán en dos categorías: Centros de Educación Infantil y
Primaria, y centros de Educación Secundaria Obligatoria.
3. Los centros educativos podrán optar únicamente por una de las dos modalidades
anteriores.
Cuarto. Solicitudes y plazo de presentación.
1. El plazo de presentación de las candidaturas será hasta el día 24 de abril de 2025,
inclusive.
2. Los centros interesados en participar en la presente convocatoria deberán
cumplimentar el formulario de inscripción que corresponda según el Premio al que se
opte y que será accesible por vía telemática, a través del sistema de gestión Séneca.
3. Conjuntamente con el formulario de inscripción, se presentará un archivo
informático en PDF o en ZIP relativo a la memoria de las actuaciones realizadas según el
modelo que se adjunta como Anexo I, para el Premio «Bibliotecas Escolares», o según el
modelo que se adjunta como Anexo II, para el Premio «Fomento de la Lectura».

Sexto. Jurado Regional.
Para la selección de candidaturas premiadas se constituirá un Jurado Regional
formado por:
- La persona que ostenta la Jefatura de Servicio de Planes y Programas Educativos,
o persona en quien delegue, que ejercerá la presidencia.
- Las personas responsables de lectura y bibliotecas escolares de cada una de las
Delegaciones Territoriales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Quinto. Evaluación de las candidaturas.
1. Para realizar una primera valoración de candidaturas, en cada Delegación Territorial
de Desarrollo Educativo, Formación Profesional, Universidad, Investigación e Innovación
se constituirá una Comisión Provincial formada por:
- La persona que ostenta la Jefatura del Servicio de Ordenación Educativa, que
ejercerá la presidencia.
- La persona responsable de Lectura y Bibliotecas escolares.
- Un asesor o asesora de formación de cada uno de los CEP de la provincia.
- La persona que ostente la jefatura de Sección de Planes y Programas Educativos,
que ejercerá la secretaría.
2. A esta Comisión se podrán incorporar cuantas personas expertas en el ámbito
educativo o cultural se considere.
3. La comisión provincial realizará una valoración técnica de cada una de las
memorias conforme a los criterios establecidos en los resuelvo undécimo y duodécimo y
seleccionará una candidatura de un centro por cada modalidad y categoría, no pudiendo
un mismo centro ser seleccionado para ambas modalidades de los Premios.
4. De cada una de las candidaturas seleccionadas se elaborará un informe en el que
se expongan los motivos que justifican dicha selección relacionándolos con los criterios
de valoración establecidos.
5. La persona titular de la Delegación Territorial enviará a la Dirección General de
Innovación y Formación del Profesorado la relación de candidaturas seleccionadas junto
con los informes elaborados para cada una de ellas.