Disposiciones generales. . (2025/42-2)
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de juventud, para el ejercicio 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 42 - Martes, 4 de marzo de 2025

página 2849/5

Cuarto. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Las solicitudes de subvenciones, dirigidas a la persona titular de la Dirección
General del Instituto Andaluz de la Juventud, se presentarán conforme al modelo que
figura como Anexo I a la presente resolución.
2. Las solicitudes se presentarán única y exclusivamente por medios electrónicos, en
base a lo establecido en el artículo 14.2.a), b) y d), de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00316456

de personas jóvenes de quienes se aporta información general sobre edades, sexo y otras
circunstancias. Las personas destinatarias no participan en la programación y desarrollo
del proyecto o actividad, la cual tiene como objetivo cambiar actitudes y/o conductas en
relación a alguna cuestión.
2.2.c) Las personas participantes son usuarias de un servicio que presta la entidad
solicitante (máximo 12 puntos). Las personas beneficiarias lo son de un servicio que
presta la entidad solicitante. Las personas destinatarias están identificadas como grupo y
cuantificadas por tramos de edad y sexo y no participan activamente en la programación
y desarrollo del proyecto, pero sí lo hacen de forma activa en las actividades y se
benefician de ellas.
2.2.d) Participación pasiva de las personas destinatarias en eventos puntuales
(máximo 8 puntos). Las personas destinatarias se limitan a ser espectadoras de la
actividad a desarrollar.
2.3. Coste económico del proyecto (máximo 12 puntos):
2.3.a) Adecuación del presupuesto y los recursos humanos previstos al desarrollo
de la actividad. Se valorará la ratio coste de la actividad / número de participantes en la
misma (máximo 8 puntos).
2.3.b) Cofinanciación del proyecto. Se valorará si el proyecto cuenta con financiación
propia de la entidad solicitante u otras fuentes de financiación públicas o privadas
(máximo 4 puntos).
2.4. Consolidación del proyecto (hasta un máximo de 4 puntos): Para considerar que
un proyecto esta consolidado deberá reunir requisitos de continuidad y de impacto.
2.4.a) Proyectos desarrollados en el mismo ámbito en los dos últimos años, anteriores
a la convocatoria, independientemente de si ha sido subvencionado por el Instituto
Andaluz de la juventud. (de 1 a 2 puntos en función del impacto en la población joven).
2.4.b) Proyectos desarrollados en el mismo ámbito en los tres últimos años o más,
anteriores a la convocatoria, independientemente de si ha sido subvencionado por el
instituto andaluz de la juventud. (de 3 a 4 puntos en función del impacto en la población
joven).
2.5. Innovación del proyecto (hasta un máximo de 4 puntos): Para que un proyecto
en su totalidad o en alguna de sus actuaciones se valore como innovador, se ha de
justificar, que existen análisis, datos y/o estudios, que avalan que se utilizan metodologías
o recursos no utilizados antes para la consecución de los objetivos previstos.
1. Si el proyecto es innovador en su totalidad: (de 3 a 4 puntos).
2. Si el proyecto es innovador en una o varias de sus fases o actuaciones: (de 1 a 2
puntos).
2.6. Composición paritaria de los órganos de gobierno (4 puntos).
Dado que el número de hombres integrantes de las juntas directivas es superior al de
las mujeres, como medida de acción positiva, se asignará dicha puntuación a aquellas
entidades de participación juvenil en cuyos órganos de gobierno al menos el 40% sean
mujeres.
La comprobación de este dato se realizará mediante la consulta de la inscripción del
mismo en el Censo de entidades de participación juvenil.
La desagregación de la puntuación correspondiente a cada uno de los apartados
reseñados se publicará en la resolución de convocatoria de esta línea de subvenciones y
en la página web del Instituto Andaluz de la Juventud.