Disposiciones generales. . (2025/42-2)
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de juventud, para el ejercicio 2025.
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Número 42 - Martes, 4 de marzo de 2025

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o actividad implique contacto habitual con menores, de no haber sido condenadas por
sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
De conformidad con lo previsto en el artículo 84.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía, con respecto a las letras d), e), f) y g) de
Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles y Secciones Juveniles
de otras entidades, no se requerirá la presentación de aquellos documentos, que
resultando necesarios a los efectos de acreditación de datos o requisitos exigidos, ya
obren en poder del Instituto Andaluz de la Juventud, siempre que se indiquen el día y el
procedimiento en el que los presentó. Con respecto a la documentación de las letras a)
y b) de estas entidades, el Instituto Andaluz de la Juventud facilitará un formulario-modelo
que se publicará en la web:
https://juntadeandalucia.es/organismos/iaj/servicios/procedimientos/detalle/25655.html
4. Las solicitudes serán evaluadas según los siguientes criterios:
1. Criterios objetivos generales (hasta un máximo de 70 puntos).
a) La valoración de actuaciones dirigidas a promover la igualdad de género, así
como actuaciones dirigidas a garantizar los derechos y la igualdad de trato por razón
de orientación sexual, identidad sexual e identidad de género de las personas jóvenes,
homosexuales, bisexuales, transexuales, transgénero y/o intersexuales (LGTBI), y la
formación en materia de las mismas, en el marco de lo dispuesto por la Ley 12/2007,
de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, así como
las actuaciones dirigidas a promover la prevención de violencia de género y la formación
en materia de la misma, de conformidad con lo establecido en la Ley 13/2007, de 26 de
noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género
(máximo 16 puntos).
b) Incidencia de la puesta en marcha del proyecto en la creación y mantenimiento de
empleo para personas jóvenes (máximo 16 puntos).
c) La ponderación del grado de compromiso medioambiental de las actividades
subvencionables (máximo 16 puntos).
d) La valoración de actuaciones que incluyan la perspectiva de discapacidad (máximo
11 puntos).
e) La ponderación del impacto en la salud (máximo 11 puntos).
2. Criterios objetivos específicos (hasta un máximo de 74 puntos).
2.1. Contenido técnico y alcance del proyecto (máximo 26 puntos):
2.1.a) Información aportada por la entidad solicitante respecto de las necesidades
reales que pretende abordar el proyecto. Se tendrá especialmente en consideración
que dicha información se haya realizado con un análisis de perspectiva de género
y la contribución con la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
(máximo 4 puntos).
2.1.b) Determinación de los objetivos del proyecto (máximo 4 puntos).
2.1.c) Número de personas jóvenes beneficiarias (máximo 8 puntos).
2.1.d) Alcance territorial del proyecto (máximo 5 puntos).
2.1.e) Determinación de los instrumentos y recursos metodológicos utilizados para la
consecución de los objetivos del proyecto (máximo 5 puntos).
2.2. Grado de participación de las personas destinatarias (máximo 24 puntos). En
caso de que el proyecto tenga varias fases y se pueda encuadrar cada una en distintas
categorías, se asignará la puntuación de cada fase en grado proporcional a su peso en la
totalidad del proyecto, sin que el total de la puntuación pueda superar los 24 puntos.
2.2.a) Participación directa y/o activa de las personas destinatarias en la programación
y/o ejecución de las actividades (máximo 24 puntos). Las personas destinatarias están
identificadas como grupo y cuantificadas por tramos de edad y sexo y participan
activamente en la programación y desarrollo de las actividades.
2.2.b) Participación pasiva de las personas destinatarias en campañas de
sensibilización y/o divulgación (máximo 16 puntos). La actividad va dirigida a un colectivo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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