Disposiciones generales. . (2025/42-1)
Orden de 24 de febrero de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para apoyar los costes de gestión, seguimiento y evaluación de las estrategias de desarrollo local y su animación de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía, en el marco de la Intervención 7119.4 LEADER del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 42 - Martes, 4 de marzo de 2025
página 2841/26
electrónicos, a través del canal habilitado por dicho servicio en la siguiente dirección
electrónica:
http://www.igae.pap.minhafp.gob.es/sitios/igae/es-ES/Paginas/denan.aspx
c) De la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), conforme al Reglamento
(UE, Euratom) núm. 883/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de septiembre
de 2013, relativo a las investigaciones realizadas por la Oficina Europea de Lucha contra
el Fraude (OLAF) y demás normativa al respecto.
Es posible dirigirse a la OLAF por medio de los siguientes canales:
i) El enlace: https://fns.olaf.europa.eu/main_es.htm
ii) Por carta a: Comisión Europea, Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF),
Investigaciones y Operaciones B-1049 Bruselas, Bélgica.
iii) Correo electrónico: OLAF-COURRIER@ec.europa.eu
iv) Teléfono gratuito:+32-2-298.65.38.
Asimismo, se tendrá en cuenta lo establecido en los planes antifraude establecidos o
que pudieran establecerse y que le resultara de aplicación.
2. Por otro lado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.2 de la Ley Orgánica
9/2021, de 1 de julio, de aplicación del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12
de octubre de 2017, la Fiscalía Europea será competente para investigar y ejercer la
acusación en relación con las causas por los delitos tipificados en los preceptos previstos
en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Artículo 38. Publicación de datos.
De conformidad a lo establecido en el artículo 15, apartado c), de la Ley 1/2014, de 24
de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, así como lo dispuesto en los artículos
98, apartado 4 del Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política
agrícola común, la lista de entidades beneficiarias de las ayudas previstas en esta Orden
se hará pública en el sitio web único establecido por el Fondo Español de Garantía
Agraria, a través del siguiente enlace:
https://www.fega.gob.es/es/datos-abiertos/consulta-de-beneficiarios-pac
Disposición final primera. Mecanismos para la efectiva igualdad de oportunidades
entre mujeres y hombres.
1. Los Grupos de Desarrollo Rural, darán cumplimiento a lo dispuesto en la Ley
5/2024, de 13 de noviembre, del Estatuto de las Mujeres Rurales y del Mar de Andalucía,
con el objeto de establecer mecanismos para la efectiva igualdad de oportunidades entre
mujeres y hombres, en su organización y en el desarrollo de sus actividades.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316448
Artículo 39. Protección de datos.
1. De acuerdo al artículo 99 del Reglamento 2021/2116 del Parlamento y del Consejo,
de 2 de diciembre de 2021, se informará a las personas o entidades beneficiarias de la
publicación de datos que les conciernen de conformidad con el artículo 98 del citado
Reglamento y de que dichos datos podrán ser tratados por organismos de auditoría
e investigación de la Unión y de los Estados miembros para proteger los intereses
financieros de la Unión.
2. De conformidad con los requisitos de los Reglamentos (UE) 2016/679 y (UE)
2018/1725, cuando se trate de datos personales, se informará a las personas o entidades
beneficiarias de sus derechos en virtud de dicho reglamento y de los procedimientos
aplicables para el ejercicio de tales derechos.
3. El tratamiento y protección de los datos personales se realizará de acuerdo al
artículo 101 del Reglamento 2021/2116 del Parlamento y del Consejo, de 2 de diciembre
de 2021.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 42 - Martes, 4 de marzo de 2025
página 2841/26
electrónicos, a través del canal habilitado por dicho servicio en la siguiente dirección
electrónica:
http://www.igae.pap.minhafp.gob.es/sitios/igae/es-ES/Paginas/denan.aspx
c) De la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), conforme al Reglamento
(UE, Euratom) núm. 883/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de septiembre
de 2013, relativo a las investigaciones realizadas por la Oficina Europea de Lucha contra
el Fraude (OLAF) y demás normativa al respecto.
Es posible dirigirse a la OLAF por medio de los siguientes canales:
i) El enlace: https://fns.olaf.europa.eu/main_es.htm
ii) Por carta a: Comisión Europea, Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF),
Investigaciones y Operaciones B-1049 Bruselas, Bélgica.
iii) Correo electrónico: OLAF-COURRIER@ec.europa.eu
iv) Teléfono gratuito:+32-2-298.65.38.
Asimismo, se tendrá en cuenta lo establecido en los planes antifraude establecidos o
que pudieran establecerse y que le resultara de aplicación.
2. Por otro lado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.2 de la Ley Orgánica
9/2021, de 1 de julio, de aplicación del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12
de octubre de 2017, la Fiscalía Europea será competente para investigar y ejercer la
acusación en relación con las causas por los delitos tipificados en los preceptos previstos
en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Artículo 38. Publicación de datos.
De conformidad a lo establecido en el artículo 15, apartado c), de la Ley 1/2014, de 24
de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, así como lo dispuesto en los artículos
98, apartado 4 del Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política
agrícola común, la lista de entidades beneficiarias de las ayudas previstas en esta Orden
se hará pública en el sitio web único establecido por el Fondo Español de Garantía
Agraria, a través del siguiente enlace:
https://www.fega.gob.es/es/datos-abiertos/consulta-de-beneficiarios-pac
Disposición final primera. Mecanismos para la efectiva igualdad de oportunidades
entre mujeres y hombres.
1. Los Grupos de Desarrollo Rural, darán cumplimiento a lo dispuesto en la Ley
5/2024, de 13 de noviembre, del Estatuto de las Mujeres Rurales y del Mar de Andalucía,
con el objeto de establecer mecanismos para la efectiva igualdad de oportunidades entre
mujeres y hombres, en su organización y en el desarrollo de sus actividades.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316448
Artículo 39. Protección de datos.
1. De acuerdo al artículo 99 del Reglamento 2021/2116 del Parlamento y del Consejo,
de 2 de diciembre de 2021, se informará a las personas o entidades beneficiarias de la
publicación de datos que les conciernen de conformidad con el artículo 98 del citado
Reglamento y de que dichos datos podrán ser tratados por organismos de auditoría
e investigación de la Unión y de los Estados miembros para proteger los intereses
financieros de la Unión.
2. De conformidad con los requisitos de los Reglamentos (UE) 2016/679 y (UE)
2018/1725, cuando se trate de datos personales, se informará a las personas o entidades
beneficiarias de sus derechos en virtud de dicho reglamento y de los procedimientos
aplicables para el ejercicio de tales derechos.
3. El tratamiento y protección de los datos personales se realizará de acuerdo al
artículo 101 del Reglamento 2021/2116 del Parlamento y del Consejo, de 2 de diciembre
de 2021.