Disposiciones generales. . (2025/41-1)
Decreto-ley 1/2025, de 24 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda.
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Número 41 - Lunes, 3 de marzo de 2025
página 2813/10
Dentro del Fondo existe la línea vinculada al Programa Garantía Vivienda Andalucía
(creado por el Decreto-ley 4/2023, de 16 de mayo), consistente en la concesión de
garantías de créditos hipotecarios concedidos por entidades financieras privadas que
operen en Andalucía a personas físicas mayores de edad que tengan hasta 40 años
incluidos, adquirentes de su primera vivienda, nueva o usada, que esté situada en un
municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se destine a su domicilio habitual.
Esta línea se ha reforzado recientemente tras la modificación introducida por la
Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para el
año 2025, incrementando su dotación de 20.000.000 de euros a 45.000.000 de euros,
y se debe impulsar por la Consejería competente en materia de vivienda junto con el
agente financiero del Fondo.
Actualmente, el agente financiero del Fondo, designado mediante Orden de 30 de
abril de 2018, es la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), que se
encuentra en proceso de liquidación y extinción.
Por su parte, la Ley 9/2021, de 23 de diciembre, crea la Agencia Empresarial para
la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), con el objetivo de impulsar las
actividades de fomento para el desarrollo económico y empresarial de Andalucía, para
la mejora de la innovación, de la competitividad y de la promoción, así como para la
atracción de inversión exterior e internacionalización en la estructura productiva. Para ello,
la Agencia TRADE tiene encomendado el fomento de la transferencia del conocimiento
y de los resultados de la I+D+i entre los agentes del sistema andaluz del conocimiento
y las empresas y su participación en proyectos internacionales. Además, TRADE
ha de potenciar la cultura emprendedora, la promoción del talento y el asesoramiento
empresarial y gestionará y realizará el seguimiento de la planificación en materia de
I+D+i, compra pública de innovación y estudios de prospectiva.
Conforme a dichos objetivos, y en el ámbito de los instrumentos financieros, se debe
centrar y definir la actividad de la Agencia TRADE, en relación con el Fondo y, de manera
especial, en la gestión y desarrollo de los nuevos instrumentos financieros que se están
poniendo en funcionamiento en el contexto del nuevo Marco comunitario 2021-2027 y
reservar determinadas funciones a la Agencia IDEA, en el contexto de su liquidación y
extinción, en relación con las operaciones financieras actualmente vivas concedidas con
cargo a los fondos.
Es decir, dado el actual escenario y la situación de la Agencia IDEA, en fase de liquidación
y extinción, es necesario designar a la Agencia TRADE como nuevo agente financiero
del Fondo en concordancia con el conjunto de actuaciones atribuidas conforme a la Ley
9/2021, de 23 de diciembre, y asignar funciones concretas a la Agencia IDEA, vinculadas
a la liquidación y gestión de operaciones vivas anteriores del Fondo. Para ello, mediante la
disposición final séptima se modifica la redacción del artículo 4 del Decreto-ley 1/2018, de
27 de marzo.
Posteriormente, mediante Orden, se formalizará la designación de la Agencia TRADE
como nuevo agente financiero del Fondo, y se le asignarán funciones concretas a la
Agencia IDEA conforme a la modificación normativa que se efectúa, estableciendo un
periodo de concurrencia temporal entre ambas agencias, con funciones bien delimitadas.
Este ajuste normativo evita bloqueos en la gestión del Fondo y permite a la Agencia
TRADE desarrollar nuevos instrumentos financieros en el marco del Programa Operativo
FEDER Andalucía 2021-2027, así como otras medidas de carácter financiero que puedan
implementarse, mientras que la Agencia IDEA asume únicamente las funciones de
carácter residual relacionadas con la liquidación y administración de las operaciones
financieras en curso.
El nuevo marco normativo se plantea hasta el momento de la liquidación y extinción
de la Agencia IDEA, en los términos que establezca la normativa propia del Fondo y
bajo la dirección y supervisión de su Consejo de Inversión Financiera, como órgano de
gobierno del citado Fondo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316420
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 2813/10
Dentro del Fondo existe la línea vinculada al Programa Garantía Vivienda Andalucía
(creado por el Decreto-ley 4/2023, de 16 de mayo), consistente en la concesión de
garantías de créditos hipotecarios concedidos por entidades financieras privadas que
operen en Andalucía a personas físicas mayores de edad que tengan hasta 40 años
incluidos, adquirentes de su primera vivienda, nueva o usada, que esté situada en un
municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se destine a su domicilio habitual.
Esta línea se ha reforzado recientemente tras la modificación introducida por la
Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para el
año 2025, incrementando su dotación de 20.000.000 de euros a 45.000.000 de euros,
y se debe impulsar por la Consejería competente en materia de vivienda junto con el
agente financiero del Fondo.
Actualmente, el agente financiero del Fondo, designado mediante Orden de 30 de
abril de 2018, es la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), que se
encuentra en proceso de liquidación y extinción.
Por su parte, la Ley 9/2021, de 23 de diciembre, crea la Agencia Empresarial para
la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), con el objetivo de impulsar las
actividades de fomento para el desarrollo económico y empresarial de Andalucía, para
la mejora de la innovación, de la competitividad y de la promoción, así como para la
atracción de inversión exterior e internacionalización en la estructura productiva. Para ello,
la Agencia TRADE tiene encomendado el fomento de la transferencia del conocimiento
y de los resultados de la I+D+i entre los agentes del sistema andaluz del conocimiento
y las empresas y su participación en proyectos internacionales. Además, TRADE
ha de potenciar la cultura emprendedora, la promoción del talento y el asesoramiento
empresarial y gestionará y realizará el seguimiento de la planificación en materia de
I+D+i, compra pública de innovación y estudios de prospectiva.
Conforme a dichos objetivos, y en el ámbito de los instrumentos financieros, se debe
centrar y definir la actividad de la Agencia TRADE, en relación con el Fondo y, de manera
especial, en la gestión y desarrollo de los nuevos instrumentos financieros que se están
poniendo en funcionamiento en el contexto del nuevo Marco comunitario 2021-2027 y
reservar determinadas funciones a la Agencia IDEA, en el contexto de su liquidación y
extinción, en relación con las operaciones financieras actualmente vivas concedidas con
cargo a los fondos.
Es decir, dado el actual escenario y la situación de la Agencia IDEA, en fase de liquidación
y extinción, es necesario designar a la Agencia TRADE como nuevo agente financiero
del Fondo en concordancia con el conjunto de actuaciones atribuidas conforme a la Ley
9/2021, de 23 de diciembre, y asignar funciones concretas a la Agencia IDEA, vinculadas
a la liquidación y gestión de operaciones vivas anteriores del Fondo. Para ello, mediante la
disposición final séptima se modifica la redacción del artículo 4 del Decreto-ley 1/2018, de
27 de marzo.
Posteriormente, mediante Orden, se formalizará la designación de la Agencia TRADE
como nuevo agente financiero del Fondo, y se le asignarán funciones concretas a la
Agencia IDEA conforme a la modificación normativa que se efectúa, estableciendo un
periodo de concurrencia temporal entre ambas agencias, con funciones bien delimitadas.
Este ajuste normativo evita bloqueos en la gestión del Fondo y permite a la Agencia
TRADE desarrollar nuevos instrumentos financieros en el marco del Programa Operativo
FEDER Andalucía 2021-2027, así como otras medidas de carácter financiero que puedan
implementarse, mientras que la Agencia IDEA asume únicamente las funciones de
carácter residual relacionadas con la liquidación y administración de las operaciones
financieras en curso.
El nuevo marco normativo se plantea hasta el momento de la liquidación y extinción
de la Agencia IDEA, en los términos que establezca la normativa propia del Fondo y
bajo la dirección y supervisión de su Consejo de Inversión Financiera, como órgano de
gobierno del citado Fondo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316420
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía