Disposiciones generales. . (2025/40-4)
Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 40 - Jueves, 27 de febrero de 2025

página 2744/9

que la normativa vigente que resulta de aplicación atribuye a la persona titular de la Consejería
competente en materia de función pública y a la persona titular de la Dirección General
competente en materia de función pública.
En relación con el principio de transparencia, este decreto se fija como objetivo
aportar seguridad jurídica y transparencia de cara a los futuros procesos selectivos,
de provisión de puestos de trabajo y demás procedimientos regulados en el mismo,
para que las personas interesadas puedan conocer de antemano las reglas a las que
se sujetará el desarrollo de los procedimientos que regula. Destacar también que la
redacción del texto normativo se ha analizado en el seno de un grupo de trabajo creado
al efecto con representantes de las organizaciones sindicales con representación en
la Mesa General de Negociación Común del personal funcionario, estatutario y laboral
de la Administración de la Junta de Andalucía, en la Mesa Sectorial de Negociación de
la Administración General de la Junta de Andalucía y en la Comisión del VI Convenio
Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, órganos
en los que posteriormente se llevó a cabo la correspondiente negociación colectiva, en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 85.1 de la Ley 5/2023, de 7 de junio. De
igual modo, de acuerdo con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se han realizado
los trámites de consulta pública previa, audiencia e información pública. Y, finalmente,
hacer constar que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 13.1, letras c), d)
y e), de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Por último, y en relación con el principio de eficiencia, se ha buscado no incluir cargas
administrativas innecesarias o accesorias y racionalizar, en su aplicación, la gestión de los
recursos públicos. Además, de conformidad con disposición adicional segunda, apartado 1,
de la Ley 5/2023, de 7 de junio, en todos los procedimientos derivados de la regulación
contenida en el decreto será obligatoria la relación con la Administración a través de
medios electrónicos, lo que conlleva mayor agilidad en la tramitación de los diferentes
procedimientos y mayor accesibilidad de las personas interesadas, por la posibilidad de
realizar los trámites necesarios dentro del plazo establecido desde cualquier lugar y hora.
En virtud de cuanto antecede, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.3,
27.8 y 44 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, de acuerdo con la disposición final primera de la Ley 5/2023, de 7 de junio, a
propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, de acuerdo
con el Consejo Consultivo de Andalucía y, previa deliberación del Consejo de Gobierno
en su reunión de fecha 24 de febrero de 2025,
DISPONGO
TÍTULO PRELIMINAR
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. El decreto es de aplicación al personal funcionario de la Administración
General de la Junta de Andalucía. Este personal es el que presta sus servicios en
las Consejerías, Delegaciones del Gobierno, Delegaciones Territoriales o Provinciales,
otros órganos dependientes o vinculados a la Administración de la Junta de Andalucía
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00316351

Artículo 1. Objeto.
Este decreto tiene por objeto el desarrollo de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la
Función Pública de Andalucía, en materia de planificación y ordenación del empleo
público, acceso al empleo público, promoción interna, provisión de puestos de trabajo,
adquisición y pérdida de la relación de servicio y movilidad del personal funcionario de la
Administración General de la Junta de Andalucía.