Disposiciones generales. . (2025/40-4)
Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 40 - Jueves, 27 de febrero de 2025

página 2744/21

Artículo 24. Descentralización de las pruebas.
Las convocatorias podrán determinar que, en aquellos procesos selectivos en que
concurran circunstancias especiales, la totalidad o parte de las pruebas se celebren de
forma descentralizada.
Artículo 25. Listas de personas admitidas y excluidas.
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y por el órgano que se determine
en la convocatoria, se dictará resolución en el plazo máximo de dos meses, que será
publicada en la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía,
por la que se apruebe la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con los
datos personales estrictamente necesarios, indicando la causa de exclusión y señalando
un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación, para la
subsanación por parte de la persona interesada.
2. Transcurrido el plazo de subsanaciones y alegaciones, y una vez resueltas, se
dictará en el plazo máximo de dos meses resolución que aprobará las listas definitivas
de personas admitidas y excluidas, con los datos personales estrictamente necesarios,
indicando lugar y fecha para el comienzo del primer ejercicio, así como el orden de
actuación de las personas aspirantes. Dicha resolución deberá ser publicada en la Sede
electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía y su publicación surtirá
los efectos de notificación a efectos de impugnaciones y recursos.
Salvo casos justificados en la propia resolución que apruebe las listas definitivas de
personas admitidas y excluidas, la fecha para el comienzo del primer o único ejercicio no
podrá superar los tres meses desde su publicación.

Artículo 27. Normas relativas a la celebración de las pruebas.
1. Antes del inicio de cada ejercicio, y siempre que se estime conveniente durante
su desarrollo, las personas que integren el órgano de selección, el personal ayudante
o asesor comprobarán la identidad de las personas admitidas, mediante alguno de los
documentos de identificación previstos en la convocatoria.
2. Las personas admitidas quedarán excluidas y decaídas en su derecho cuando se
personen en los lugares de celebración una vez iniciadas las pruebas o por inasistencia a
la sede donde hayan sido convocadas.
No obstante, si se trata de pruebas orales u otras de carácter individual y sucesivo, el
órgano de selección podrá apreciar las causas alegadas y admitir a la persona aspirante,
siempre y cuando las mismas no hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe el
principio de igualdad con el resto del personal, ni altere los plazos de resolución del proceso.
3. Las personas aspirantes deberán observar en todo momento las instrucciones
de las personas integrantes del órgano de selección o del personal ayudante o asesor
durante la celebración de las pruebas, en orden al adecuado desarrollo de las mismas.
La no sujeción a tales reglas e instrucciones, así como cualquier alteración en el
normal desarrollo de las pruebas por parte de alguna persona aspirante quedará reflejada
en el acta correspondiente.
Salvo que expresamente lo autorice el órgano de selección, no podrá utilizarse libro
ni documentación alguna, estando, en todo caso, prohibida la entrada al aula y puesto de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00316351

Artículo 26. Anuncio de celebración de las pruebas.
1. El llamamiento para la realización de los ejercicios que afecten a todas las personas
admitidas para la realización de pruebas de carácter colectivo será único.
2. Los resultados de cada uno de los ejercicios, los sucesivos llamamientos y
convocatorias y cualquier decisión que adopte el órgano de selección y que deba conocer
el personal aspirante hasta la finalización de las pruebas selectivas o, en su caso, la fase
de concurso, se publicarán en la Sede electrónica general de la Administración de la
Junta de Andalucía, surtiendo los efectos de notificación para el cómputo de plazos.