Autoridades y personal. . (2025/38-14)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca, por el sistema de concurso, proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales del Grupo V para las plazas reservadas a personas con discapacidad intelectual, correspondiente a las Ofertas de Empleo Público de la Administración General de la Junta de Andalucía para los años 2022 y 2023.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 38 - Martes, 25 de febrero de 2025
página 2550/4
Tercera. Solicitudes.
1. La participación y la autobaremación de méritos, una por categoría profesional
interesada, se ajustarán al modelo oficial referido en el anexo I de la presente resolución,
e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y
Función Pública.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir
del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía. Una vez transcurrido el plazo de presentación, las solicitudes formuladas
serán vinculantes para quienes participen, sin que pueda modificarse apartado alguno del
anexo presentado, sin perjuicio de que pueda presentarse uno nuevo dentro del citado
plazo, en cuyo caso el primero quedará sin efecto.
Dicha participación se realizará exclusivamente de forma telemática a través de la
página web del Emplead@ (https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/), de la
siguiente forma:
a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.
b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con
certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316159
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán
acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial
que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a
quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el
ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho
Comunitario.
d) Tener oficialmente reconocida un grado de discapacidad igual o superior al 33%
con reconocimiento de discapacidad intelectual, con efectos anteriores a la finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
De conformidad con el artículo 12.4 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo, las personas
aspirantes que participen en la presente convocatoria no podrán participar en ningún otro
turno para acceder a la misma categoría profesional, que se convoque en ejecución de
las Ofertas de Empleo Público correspondientes a 2022 y 2023.
e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes
a la categoría profesional a la que se aspira, extremo que se acreditará conforme a lo
indicado en la base séptima por las personas aspirantes que sean propuestas como
seleccionadas.
f) No haber sido separada la persona aspirante mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el
caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni
haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en
los mismos términos el acceso al empleo público.
g) No ostentar la condición de personal laboral fijo al servicio de la Junta de Andalucía
en la categoría profesional para la que se presente la solicitud.
3. Para participar en este proceso selectivo bastará con que quienes presenten
solicitud de participación declaren en el correspondiente apartado del formulario que
reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, que se acreditarán, en el supuesto
de que no deban ser incorporados con el formulario de participación conforme a la
base tercera, según lo dispuesto en el apartado 9 de la base séptima estarán exentos
de justificación documental aquellas condiciones y requisitos recogidos en el apartado
anterior que, conforme al Reglamento Regulador del Registro General de Personal de la
Junta de Andalucía, consten inscritos en el mismo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 38 - Martes, 25 de febrero de 2025
página 2550/4
Tercera. Solicitudes.
1. La participación y la autobaremación de méritos, una por categoría profesional
interesada, se ajustarán al modelo oficial referido en el anexo I de la presente resolución,
e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y
Función Pública.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir
del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía. Una vez transcurrido el plazo de presentación, las solicitudes formuladas
serán vinculantes para quienes participen, sin que pueda modificarse apartado alguno del
anexo presentado, sin perjuicio de que pueda presentarse uno nuevo dentro del citado
plazo, en cuyo caso el primero quedará sin efecto.
Dicha participación se realizará exclusivamente de forma telemática a través de la
página web del Emplead@ (https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/), de la
siguiente forma:
a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.
b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con
certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316159
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán
acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial
que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a
quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el
ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho
Comunitario.
d) Tener oficialmente reconocida un grado de discapacidad igual o superior al 33%
con reconocimiento de discapacidad intelectual, con efectos anteriores a la finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
De conformidad con el artículo 12.4 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo, las personas
aspirantes que participen en la presente convocatoria no podrán participar en ningún otro
turno para acceder a la misma categoría profesional, que se convoque en ejecución de
las Ofertas de Empleo Público correspondientes a 2022 y 2023.
e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes
a la categoría profesional a la que se aspira, extremo que se acreditará conforme a lo
indicado en la base séptima por las personas aspirantes que sean propuestas como
seleccionadas.
f) No haber sido separada la persona aspirante mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el
caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni
haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en
los mismos términos el acceso al empleo público.
g) No ostentar la condición de personal laboral fijo al servicio de la Junta de Andalucía
en la categoría profesional para la que se presente la solicitud.
3. Para participar en este proceso selectivo bastará con que quienes presenten
solicitud de participación declaren en el correspondiente apartado del formulario que
reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, que se acreditarán, en el supuesto
de que no deban ser incorporados con el formulario de participación conforme a la
base tercera, según lo dispuesto en el apartado 9 de la base séptima estarán exentos
de justificación documental aquellas condiciones y requisitos recogidos en el apartado
anterior que, conforme al Reglamento Regulador del Registro General de Personal de la
Junta de Andalucía, consten inscritos en el mismo.