Autoridades y personal. . (2025/38-11)
Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y de Maestros.
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Número 38 - Martes, 25 de febrero de 2025

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Los docentes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar,
además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales
referidos al Estado español, la certificación negativa de condenas penales expedida
por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los
delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de
diciembre. En caso de que se presenten documentos expedidos en un idioma distinto al
español, estos deberán ir acompañados de la correspondiente traducción oficial o jurada
al español.
g) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas habituales del cuerpo y especialidad.
Estarán exentas de aportar este certificado aquellas personas que hayan tenido una
relación previa con la Administración educativa de la Junta de Andalucía respecto a cuyo
cese no hubieran transcurrido más de tres meses.
h) En su caso, solicitud de aplazamiento para realizar la fase de prácticas en los
supuestos en que concurran las circunstancias descritas en el apartado 15.3.
Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
relacionados en este apartado, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas
en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.
13.2. Documentación de quienes tengan la condición de personal funcionario.
Quienes tengan la condición de personal funcionario de carrera docente por
la administración educativa de Andalucía y hayan superado el procedimiento de
ingreso, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya
demostrados para obtener su anterior nombramiento, exceptuando la copia autenticada
del título exigido para el ingreso al cuerpo o en su defecto la certificación académica
oficial y la certificación de haber abonado las tasas para su expedición, que habrán de
presentar en todo caso.
El personal participante por las especialidades de los cuerpos de Profesores de
Enseñanza Secundaria y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas deberá presentar
copia autenticada del Certificado de Aptitud Pedagógica o certificación de la Universidad
correspondiente de estar en posesión del título oficial de máster universitario que acredite
la formación pedagógica y didáctica o, en su caso, de los estudios que acrediten la
formación pedagógica y didáctica, a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo. Asimismo, se presentará la documentación oportuna cuando se
alegue una titulación que dispense de la posesión de la citada formación pedagógica, tal
como se indica en el apartado 13.1.
El personal participante docente de otra Administración educativa distinta de la
andaluza deberá presentar la documentación requerida en el apartado 13.1 de la base
decimotercera.
El citado personal deberá, además, adjuntar copia autenticada del documento
nacional de identidad o, quien no posea la nacionalidad española, copia autenticada de la
tarjeta de residencia o documento equivalente.
13.3. Incumplimiento del deber de presentación de documentos y carencia de
requisitos.
Quienes dentro del plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, no presentaran la
documentación en las condiciones fijadas en esta base o del examen de la misma se
dedujera que carecen de algunos de los requisitos señalados en la base segunda, no
podrán ser nombrados funcionarios o funcionarias de carrera, quedando anuladas todas
las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad
en la solicitud inicial.
Decimocuarta. Nombramiento como personal funcionario en prácticas.
14.1. La persona titular de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional procederá a nombrar como personal funcionario en prácticas a quienes hayan
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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