Autoridades y personal. . (2025/38-11)
Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y de Maestros.
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Número 38 - Martes, 25 de febrero de 2025

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Podrán ejercer este derecho en un espacio habilitado al efecto, con las debidas medidas
organizativas para garantizar la integridad del procedimiento. El tiempo dedicado a la
lactancia se añadirá al tiempo establecido para la realización de la prueba hasta un
máximo de 30 minutos.
Con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 10.1.h) del Reglamento
de Ingreso, la Administración adoptará las medidas oportunas para garantizar que los
ejercicios escritos de la primera prueba sean corregidos y valorados de forma anónima.
En consecuencia, se invalidará el ejercicio escrito que posea nombres, marcas o cualquier
señal que pueda identificar al aspirante, así como aquel que resulte ilegible.
A tal fin, para la realización de esta prueba se seguirán las siguientes instrucciones:
1. El tribunal entregará al personal aspirante un impreso para consignar los datos
personales y dos sobres, uno grande y otro pequeño.
2. El personal aspirante cumplimentará dicho impreso y lo introducirá en el sobre
pequeño, que permanecerá abierto hasta su entrega al tribunal.
3. Se facilitarán al personal aspirante los folios para el desarrollo de la prueba, que
deberán numerarse.
4. Finalizada la prueba, esta se introducirá en el sobre grande, que se entregará
abierto al tribunal junto con el sobre pequeño, también abierto, que contiene los datos
personales en su interior. El tribunal, en presencia del opositor, pegará una etiqueta
adhesiva en el primer folio de su examen y otra en el documento de sus datos personales,
cerrando los sobres a continuación. El tribunal guardará en sobres los sobres pequeños
que contienen los datos personales.
5. Una vez corregida y calificada esta prueba, se procederá a la apertura de los
sobres pequeños que contienen los datos personales. Para ello, se requerirá la presencia
de testigos y se levantará la correspondiente acta.
Parte A. Parte práctica.
Las características de esta prueba práctica para cada especialidad son las recogidas
en el Anexo IV.
Las comisiones de selección podrán determinar que la parte A de la primera prueba
se subdivida en subpruebas con igual o distinta ponderación. Estas cuestiones son
detalladas en el anexo IV de esta orden.
En el Anexo VII se recogen las invalidaciones por ortografía. El resto de invalidaciones
se recogen en el Anexo VIII de esta orden.
La invalidación de la parte A, de la primera prueba se traducirá en la imposibilidad de
acceder a la segunda prueba de la fase de oposición.
Parte B: Desarrollo de un tema.
Esta parte consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por la persona
aspirante de entre los extraídos al azar por el tribunal, de conformidad con lo establecido
en el Reglamento de Ingreso, en razón al número de temas de la especialidad: cuando
el temario de la especialidad tenga un número no superior a 25 temas, deberá elegirse
entre dos; cuando el número sea superior a 25 temas e inferior a 51, entre tres, y cuando
tenga un número superior a 50, entre cuatro.
En el Anexo VII se recogen las invalidaciones por ortografía. El resto de invalidaciones
se recogen en el Anexo VIII de esta orden.
La invalidación de la parte B de la primera prueba se traducirá en la imposibilidad de
acceder a la segunda prueba de la fase de oposición.
8.1.1.1. Calificaciones provisionales.
Finalizadas las dos partes de esta primera prueba, por resolución de cada tribunal
se publicarán las calificaciones provisionales de la misma en los tablones de anuncios
de la sede correspondiente y en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional, debiendo remitir cada tribunal una copia de dichas calificaciones
a la correspondiente comisión de selección.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía