Autoridades y personal. . (2025/38-12)
Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 38 - Martes, 25 de febrero de 2025

página 2617/8

Tercera. Solicitudes, documentación, derechos de examen, lugares y plazos de
presentación.
3.1. Solicitudes.
En aplicación de lo establecido en la disposición adicional quinta del Decreto
302/2010, de 1 de junio, quienes deseen participar en este procedimiento selectivo
deberán cumplimentar el formulario web asociado al Anexo I (solicitud de participación),
que facilitará esta Administración educativa a través del portal web de la Consejería
de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, de acuerdo con las indicaciones e
instrucciones que en el mismo se incluyen.
Tras la cumplimentación y firma de la solicitud mediante este sistema, se generará
automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación de la misma, que incluirá,
un resumen de los datos consignados en ella, además de la fecha, la hora y el código
identificador de la misma, que dará validez y unicidad a esta.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00316224

a) Estar en posesión de la titulación de doctorado, licenciatura, arquitectura, ingeniería
o título de grado correspondiente.
b) Estar en posesión de la documentación que acredite la formación y capacidad
de tutela en las investigaciones propias de las enseñanzas artísticas a que se refiere
el artículo 17 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, en adelante Reglamento de
Ingreso, que vendrá dada por el cumplimiento de alguna de las siguientes condiciones:
- Estar en posesión de la titulación de doctorado.
- Estar en posesión del reconocimiento de suficiencia investigadora o del certificado
diploma acreditativo de estudios avanzados (D.E.A.).
- Estar en posesión de un título universitario oficial de Máster distinto del requerido
para el ingreso en la función pública docente, para cuya obtención se hayan exigido, al
menos, 60 créditos, que capacite para la práctica de la investigación educativa o de la
investigación propia de las enseñanzas artísticas.
- Haber impartido docencia durante un mínimo de 12 meses en el Cuerpo de
Catedráticos de Música y Artes Escénicas en centros públicos o en las enseñanzas
superiores de música en centros privados.
2.3. Requisitos y condiciones específicas para participar por el turno de reserva de
discapacidad.
2.3.1. Quienes participen por el turno de reserva de discapacidad, además de reunir
los requisitos generales, deberán tener reconocida una discapacidad igual o superior al
33% o habérsele declarado la situación de incapacidad permanente en grado total en una
profesión distinta a la docente mediante resolución del Instituto Nacional de la Seguridad
Social.
2.3.2. El procedimiento selectivo se realizará en condiciones de igualdad con el
personal aspirante del turno general, sin perjuicio de las adaptaciones previstas en el
subapartado 3.1.4 y de acuerdo con lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de
junio.
2.3.3. Quienes concurran por este turno no podrán hacerlo por el turno general a la
misma especialidad.
2.4. Plazo en que deben reunirse los requisitos del personal aspirante.
Todas las condiciones y requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en la
fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma
de posesión como personal funcionario de carrera.
El reconocimiento de una discapacidad con posterioridad a la finalización del plazo
de presentación de solicitudes, aun cuando se hiciese con efectos retroactivos, no
supondrá en ningún caso la admisión de la persona aspirante por el turno de reserva de
discapacidad.