3. Otras disposiciones. . (2025/35-33)
Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Dirección General de Patrimonio, por la que se publica el convenio patrimonial entre la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y la Entidad Pública Empresarial Sociedad Española para la Transformación Tecnológica (SETT E.P.E.) para la concesión demanial de determinadas parcelas, para el desarrollo de un proyecto para la implantación en España de una sala blanca para la investigación y el desarrollo de semiconductores en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ?Financiado por la Unión Europea? Next Generation EU.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Jueves, 20 de febrero de 2025

página 2391/8

La concesión demanial deberá solicitarse formalmente por la SETT a la Dirección
General de Patrimonio de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos,
mediante acuerdo del Director General de la SETT. En dicho acuerdo, deben identificarse
de manera inequívoca las parcelas cuya concesión se solicita, el fin previsto, en
los términos del presente convenio, y la aceptación de los derechos y obligaciones
suscritos en el presente convenio, así como las que conforme a la normativa patrimonial
corresponden al concesionario, excepto el pago del canon o tasa.
En todo caso, la concesión que se otorgará a la SETT tendrá las más amplias
facultades que la normativa permita para destinar las parcelas a la finalidad antes citada,
incluyendo a estos efectos la solicitud de licencias, movimiento de tierras, y cuantos
trabajos sea necesario realizar en las parcelas de forma previa y preparatoria a los trabajos
de construcción propiamente dichos: levantamientos, campañas de caracterización
geotécnica, tomas de datos, visitas de inspección y reconocimiento, catas, etc.

Séptima. Gobernanza y seguimiento del convenio.
Para velar por el cumplimiento del presente convenio y, al menos hasta la creación
del instrumento jurídico que se constituya (consorcio, fundación u otro) para hacerse
cargo de gestionar y hacer un seguimiento del Proyecto, se constituirá una Comisión
de Control y Seguimiento formada por 2 representantes de la Junta de Andalucía y 2
representantes de la SETT (la «Comisión»), de los cuales uno será la persona titular de
la Dirección General de Patrimonio de la Junta de Andalucía y otro la persona titular de
la Dirección General de la SETT. En calidad de asesores, con derecho a voz, pero sin
voto, podrán incorporarse los técnicos que se considere necesario por la Comisión. La
Comisión adoptará sus acuerdos por mayoría de votos. La Presidencia de la Comisión
corresponderá por turnos de 1 año a las personas titulares de la Dirección General de
Patrimonio de la Junta de Andalucía y de la Dirección General de la SETT, y dispondrá de
voto de calidad.
Será competencia de la Comisión el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución
del presente convenio y de los compromisos de las Partes, así como la monitorización
de su estado de ejecución. La Comisión emitirá anualmente un informe de evaluación
de la evolución del convenio. Asimismo, estará facultada para adoptar cualesquiera
decisiones en el marco de la ejecución del presente convenio de conformidad con la
normativa aplicable y podrá crear diferentes subcomisiones especializadas en virtud de
la naturaleza de las actividades a monitorizar.
La Comisión establecerá su propio régimen de funcionamiento en un reglamento
interno, que aprobará dentro de los dos meses posteriores a constituirse formalmente. La
Comisión se regirá, en todo lo no establecido expresamente en la presente cláusula o su
reglamento interno, por lo dispuesto en la Sección 3.ª del Capítulo II del Título Preliminar
de la Ley 40/2015.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00316000

Sexta. Duración de la concesión.
La concesión demanial se otorga por un plazo de 75 años, en virtud de lo dispuesto en
el artículo 93.3 de la LPAP, y artículo 37 de la LPCAA, y se mantendrá en vigor mientras
las parcelas sean destinadas al fin para el que fueron afectadas, esto es, la construcción
de las edificaciones e infraestructuras necesarias para la puesta en funcionamiento del
Proyecto.
No obstante lo anterior, la concesión demanial se extinguirá cuando se aporte la plena
propiedad de las parcelas y de las obras en ejecución o ejecutadas sobre las mismas al
instrumento jurídico que se constituya (consorcio, fundación u otro) para hacerse cargo
de gestionar y hacer un seguimiento del Proyecto.
Asimismo, se extinguirá también por la resolución anticipada del convenio.