3. Otras disposiciones. . (2025/34-42)
Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Secretaría General de Energía, por la que se aprueban los Planes Generales de Inspección en el área de energía para el bienio 2025-2026.
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Número 34 - Miércoles, 19 de febrero de 2025
página 2259/10
Alcance: Se pretende realizar la inspección de ciento cincuenta (150) instalaciones en
el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Cada Delegación Territorial definirá
las instalaciones a inspeccionar de acuerdo con los registros existentes, teniendo en
cuenta el conjunto global de inspecciones que tiene asignadas la provincia en la totalidad
del Plan.
4.4.1.3. Instalaciones eléctricas de alta tensión de empresas distribuidoras.
Objeto: El objeto es la inspección de las instalaciones eléctricas de alta tensión
pertenecientes a empresas distribuidoras, para determinar sobre las condiciones de
seguridad reglamentariamente exigidas en el Reglamento sobre condiciones técnicas y
garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones
Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23, y de conformidad con el protocolo de
inspección aprobado por esta Secretaría General.
Alcance: Se pretende realizar la inspección de cincuenta (50) instalaciones en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Cada Delegación Territorial definirá las
instalaciones a inspeccionar de acuerdo con los registros existentes, teniendo en cuenta el
conjunto global de inspecciones que tiene asignadas la provincia en la totalidad del Plan.
4.4.2. Contadores centralizados de gas en edificios de viviendas e instalaciones
interiores de gas en locales de pública concurrencia.
Objeto: Se pretende la comprobación de:
Aquellas instalaciones comunes de edificios habitados con potencia total simultánea
inferior a 700 kW, alimentadas desde redes de gas canalizado, para dictaminar sobre
las condiciones de seguridad de las mismas y el cumplimiento de los requisitos
reglamentariamente exigidos conforme al Reglamento técnico de distribución y utilización
de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11
(Real Decreto 919/2006, de 28 de julio).
Aquellas instalaciones individuales de gas correspondientes a locales de pública
concurrencia alimentadas mediante depósitos, botellas o envases de GLP, o mediante
combustibles gaseosos canalizados, para dictaminar sobre las condiciones de seguridad
de las mismas y el cumplimiento de los requisitos reglamentariamente exigidos conforme
al Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus Instrucciones Técnicas
Complementarias ICG 01 a 11.
Alcance: Se pretende comprobar una muestra de cuatro (4) instalaciones, incluyendo:
Edificios de entre las instalaciones de mayor antigüedad en Andalucía, inspeccionando
las centralizaciones de contadores y comprobando la realización de inspecciones
periódicas obligatorias por parte de la empresa distribuidora.
Instalaciones individuales de gas ubicadas en locales de pública concurrencia,
prioritariamente bares y restaurantes, inspeccionando y comprobando la realización de
los controles periódicos, inspecciones y revisiones, según el caso, realizadas por las
empresas distribuidoras o por los agentes que corresponda según lo establecido en el
Reglamento aprobado por Real Decreto 919/2006, de 28 de julio.
4.4.3. Instalaciones térmicas en los edificios.
Objeto: Constituye el objeto la inspección de instalaciones sujetas al Reglamento de
Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2017, de 20 de julio.
Alcance: Se realizarán cincuenta (50) inspecciones en toda Andalucía. Cada
Delegación Territorial determinará las instalaciones a inspeccionar de acuerdo con los
registros existentes, teniendo en cuenta el conjunto global de inspecciones que tiene
asignadas la provincia en la totalidad del Plan.
4.4.4. Cuadros de contadores eléctricos.
Objeto: Constituye el objeto la inspección del estado de seguridad de los contadores
eléctricos centralizados en edificios de viviendas tal y como se detalla a continuación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315868
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 2259/10
Alcance: Se pretende realizar la inspección de ciento cincuenta (150) instalaciones en
el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Cada Delegación Territorial definirá
las instalaciones a inspeccionar de acuerdo con los registros existentes, teniendo en
cuenta el conjunto global de inspecciones que tiene asignadas la provincia en la totalidad
del Plan.
4.4.1.3. Instalaciones eléctricas de alta tensión de empresas distribuidoras.
Objeto: El objeto es la inspección de las instalaciones eléctricas de alta tensión
pertenecientes a empresas distribuidoras, para determinar sobre las condiciones de
seguridad reglamentariamente exigidas en el Reglamento sobre condiciones técnicas y
garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones
Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23, y de conformidad con el protocolo de
inspección aprobado por esta Secretaría General.
Alcance: Se pretende realizar la inspección de cincuenta (50) instalaciones en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Cada Delegación Territorial definirá las
instalaciones a inspeccionar de acuerdo con los registros existentes, teniendo en cuenta el
conjunto global de inspecciones que tiene asignadas la provincia en la totalidad del Plan.
4.4.2. Contadores centralizados de gas en edificios de viviendas e instalaciones
interiores de gas en locales de pública concurrencia.
Objeto: Se pretende la comprobación de:
Aquellas instalaciones comunes de edificios habitados con potencia total simultánea
inferior a 700 kW, alimentadas desde redes de gas canalizado, para dictaminar sobre
las condiciones de seguridad de las mismas y el cumplimiento de los requisitos
reglamentariamente exigidos conforme al Reglamento técnico de distribución y utilización
de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11
(Real Decreto 919/2006, de 28 de julio).
Aquellas instalaciones individuales de gas correspondientes a locales de pública
concurrencia alimentadas mediante depósitos, botellas o envases de GLP, o mediante
combustibles gaseosos canalizados, para dictaminar sobre las condiciones de seguridad
de las mismas y el cumplimiento de los requisitos reglamentariamente exigidos conforme
al Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus Instrucciones Técnicas
Complementarias ICG 01 a 11.
Alcance: Se pretende comprobar una muestra de cuatro (4) instalaciones, incluyendo:
Edificios de entre las instalaciones de mayor antigüedad en Andalucía, inspeccionando
las centralizaciones de contadores y comprobando la realización de inspecciones
periódicas obligatorias por parte de la empresa distribuidora.
Instalaciones individuales de gas ubicadas en locales de pública concurrencia,
prioritariamente bares y restaurantes, inspeccionando y comprobando la realización de
los controles periódicos, inspecciones y revisiones, según el caso, realizadas por las
empresas distribuidoras o por los agentes que corresponda según lo establecido en el
Reglamento aprobado por Real Decreto 919/2006, de 28 de julio.
4.4.3. Instalaciones térmicas en los edificios.
Objeto: Constituye el objeto la inspección de instalaciones sujetas al Reglamento de
Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2017, de 20 de julio.
Alcance: Se realizarán cincuenta (50) inspecciones en toda Andalucía. Cada
Delegación Territorial determinará las instalaciones a inspeccionar de acuerdo con los
registros existentes, teniendo en cuenta el conjunto global de inspecciones que tiene
asignadas la provincia en la totalidad del Plan.
4.4.4. Cuadros de contadores eléctricos.
Objeto: Constituye el objeto la inspección del estado de seguridad de los contadores
eléctricos centralizados en edificios de viviendas tal y como se detalla a continuación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315868
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía