3. Otras disposiciones. . (2025/33-18)
Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Dirección del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a través del Instituto Geográfico Nacional y el organismo autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, y la Comunidad Autónoma de Andalucía, a través del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, para el desarrollo del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea (vuelo 2025).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Martes, 18 de febrero de 2025

página 2207/3

Quinto. Que es interés de las partes colaborar mutuamente en la obtención del vuelo
fotogramétrico y cobertura de ortofotos de la totalidad del territorio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, en el marco del PNOA.
Sexto. Que es de interés de las partes, que los productos que se generen cumplan
con los requisitos técnicos del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea (PNOA).
Asimismo, Andalucía está interesado en unir fuerzas con la Administración General
del Estado para, entre las dos Administraciones, lograr productos mejores que los que
podría disponer cada parte de forma individual.
Concretamente, la Comunidad Autónoma de Andalucía está interesada en:
• Mejorar la resolución del vuelo PNOA nominal, pasando de un GSD de 35 cm a un
GSD de 18 cm.
• Mejorar la resolución de la ortofoto, pasando de ortofoto básica de 25 cm/pixel
generado a partir de un vuelo con GSD de 35 cm a una ortofoto rigurosa de 15cm/pixel
generada a partir de un vuelo con GSD de 18 cm.
Todo ello de acuerdo con las especificaciones PNOA de vuelo y ortofotos aplicables
y a lo acordado con el IGN.
En base a lo anterior, a través de este Convenio se establece que será el IGN quien
llevará a cabo los trabajos de captura del vuelo fotogramétrico, incorporando las mejoras
solicitadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía y se procederá al ajuste de la
financiación del Vuelo Fotogramétrico mejorado, asumiéndose la mejora por parte de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
Por otra parte, el ajuste de financiación por el impacto que la mejora del vuelo tiene
en el control de calidad del mismo, y la producción de la Ortofoto, no son objeto de este
Convenio y se llevará a cabo, entre la propia Comunidad Autónoma y el FEGA, de acuerdo
lo estipulado en el artículo 134 del Real Decreto 1047/2022. Sin embargo, sí es objeto del
mismo la entrega de todos los productos como figura en el Real Decreto 1047/2022 y en el
‘procedimiento de actuación para comunicaciones y entregas en el marco PNOA (Anexo D).
Séptimo. Que este Convenio viene a dar continuidad a una acción coordinada
entre administraciones que tiene como antecedentes los diversos Convenios de similar
naturaleza ya finalizados y que se han venido desarrollando por ambas partes en los
últimos años en el marco del PNOA, los cuales dieron lugar a los vuelos fotogramétricos
y producción de ortofotografía aérea en la Comunidad Autónoma de Andalucía en 2022.
Por todo ello, ambas partes han considerado la conveniencia de establecer el
presente Convenio con arreglo a las siguientes
CL ÁUSUL AS

Segunda. Actuaciones a desarrollar.
De acuerdo con el objeto del presente convenio, las actividades a ejecutar serán:
a) Realización del vuelo fotogramétrico digital de Andalucía con un tamaño medio de
GSD de 18 cm.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00315816

Primera. Objeto del Convenio.
El presente Convenio tiene por objeto la coordinación de actuaciones conjuntas para:
• La obtención de una cobertura de vuelo fotogramétrico digital sobre el territorio de
la Comunidad Autónoma de Andalucía con resolución mejorada a un tamaño medio de
GSD de 18 cm.
• La entrega de los productos PNOA generados a partir del vuelo anterior.
La Comisión de Seguimiento, que se establece en la cláusula séptima de este
Convenio, se encargará de establecer el Plan de Trabajo definiendo las tareas a realizar
de acuerdo con el presupuesto máximo fijado en este Convenio.