3. Otras disposiciones. . (2025/33-18)
Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Dirección del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a través del Instituto Geográfico Nacional y el organismo autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, y la Comunidad Autónoma de Andalucía, a través del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, para el desarrollo del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea (vuelo 2025).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Martes, 18 de febrero de 2025
página 2207/2
y en el artículo 13.c) del Decreto 372/2009, de 17 de noviembre, por el que se regula la
organización y funcionamiento del sistema Estadístico de Andalucía.
Las partes se reconocen mutuamente, en la calidad con que cada uno interviene, la
capacidad legal necesaria para suscribir este Convenio, y a tal efecto,
E XPONEN
Primero. Que el IGN, órgano directivo adscrito al Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible a través de la Subsecretaría de Transportes y Movilidad Sostenible, tiene como
finalidad, entre otras, la dirección y el desarrollo de planes nacionales de observación
del territorio con aplicación geográfica y cartográfica, así como el aprovechamiento de
sistemas de fotogrametría y teledetección.
Que el CNIG, Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible, a través de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, tiene por
finalidad, entre otras, la de producir y desarrollar los trabajos de carácter geográfico que
demande la sociedad, con especial dedicación a la realización de proyectos basados
en tecnologías avanzadas, programas de investigación y desarrollo, y prestación de
asistencia técnica en el ámbito de las ciencias y técnicas geográficas, todo ello en un
marco estratégico común con la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional.
Segundo. En este sentido, el artículo 5.5.a) del Estatuto del CNIG contempla que
entre las funciones a ejercer por este Organismo Autónomo se encuentra «Gestionar
los convenios, acuerdos y contratos necesarios con otras Administraciones Públicas e
instituciones nacionales e internacionales» y según lo establecido en el artículo 8.2.d),
el Consejo Rector ha aprobado la firma de este Convenio en nombre del organismo del
CNIG con fecha de 10 de julio de 2024.
Cuarto. Que el IGN, el CNIG y el Fondo Español de Garantía Agraria (en adelante
FEGA) han suscrito un convenio de colaboración en el cual se establece:
• Las características nominales de los productos PNOA, tanto del Vuelo
Fotogramétrico (VF) como de las Ortofotos (OF) para el territorio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
• Las obligaciones de cada una de las partes para la generación de los productos
PNOA nominales.
• Que el IGN es el encargado de definir y acordar con la Comunidad Autónoma de
Andalucía las condiciones y especificaciones técnicas del vuelo y de las ortofotografías
aéreas del proyecto PNOA.
• Los mecanismos de participación de las CC.AA.
De acuerdo con el citado convenio las características nominales de los productos
PNOA para la Comunidad Autónoma de Andalucía son:
• Vuelo Fotogramétrico con una resolución o GSD (Ground Sample Distance) de
35 cm y ortofoto básica de 25 cm de píxel, todo ello de acuerdo a las especificaciones
técnicas del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea de España (en adelante PNOA)
aplicables.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315816
Tercero. Que al IECA, según el Decreto 141/2006, de 18 de julio, por el que se ordena
la actividad cartográfica de la Comunidad Autónoma de Andalucía, le corresponden
las funciones de elaboración y actualización de la cartografía básica y derivada
oficial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como la de dar soporte al resto
de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de cartografía e información
geográfica. Así mismo el citado decreto establece en su disposición adicional segunda
que tendrán la consideración de cartografía básica oficial, el «Mapa Topográfico de
Andalucía a escala 1:10.000» y la «Ortofotografía Digital de Andalucía».
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Martes, 18 de febrero de 2025
página 2207/2
y en el artículo 13.c) del Decreto 372/2009, de 17 de noviembre, por el que se regula la
organización y funcionamiento del sistema Estadístico de Andalucía.
Las partes se reconocen mutuamente, en la calidad con que cada uno interviene, la
capacidad legal necesaria para suscribir este Convenio, y a tal efecto,
E XPONEN
Primero. Que el IGN, órgano directivo adscrito al Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible a través de la Subsecretaría de Transportes y Movilidad Sostenible, tiene como
finalidad, entre otras, la dirección y el desarrollo de planes nacionales de observación
del territorio con aplicación geográfica y cartográfica, así como el aprovechamiento de
sistemas de fotogrametría y teledetección.
Que el CNIG, Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible, a través de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, tiene por
finalidad, entre otras, la de producir y desarrollar los trabajos de carácter geográfico que
demande la sociedad, con especial dedicación a la realización de proyectos basados
en tecnologías avanzadas, programas de investigación y desarrollo, y prestación de
asistencia técnica en el ámbito de las ciencias y técnicas geográficas, todo ello en un
marco estratégico común con la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional.
Segundo. En este sentido, el artículo 5.5.a) del Estatuto del CNIG contempla que
entre las funciones a ejercer por este Organismo Autónomo se encuentra «Gestionar
los convenios, acuerdos y contratos necesarios con otras Administraciones Públicas e
instituciones nacionales e internacionales» y según lo establecido en el artículo 8.2.d),
el Consejo Rector ha aprobado la firma de este Convenio en nombre del organismo del
CNIG con fecha de 10 de julio de 2024.
Cuarto. Que el IGN, el CNIG y el Fondo Español de Garantía Agraria (en adelante
FEGA) han suscrito un convenio de colaboración en el cual se establece:
• Las características nominales de los productos PNOA, tanto del Vuelo
Fotogramétrico (VF) como de las Ortofotos (OF) para el territorio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
• Las obligaciones de cada una de las partes para la generación de los productos
PNOA nominales.
• Que el IGN es el encargado de definir y acordar con la Comunidad Autónoma de
Andalucía las condiciones y especificaciones técnicas del vuelo y de las ortofotografías
aéreas del proyecto PNOA.
• Los mecanismos de participación de las CC.AA.
De acuerdo con el citado convenio las características nominales de los productos
PNOA para la Comunidad Autónoma de Andalucía son:
• Vuelo Fotogramétrico con una resolución o GSD (Ground Sample Distance) de
35 cm y ortofoto básica de 25 cm de píxel, todo ello de acuerdo a las especificaciones
técnicas del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea de España (en adelante PNOA)
aplicables.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315816
Tercero. Que al IECA, según el Decreto 141/2006, de 18 de julio, por el que se ordena
la actividad cartográfica de la Comunidad Autónoma de Andalucía, le corresponden
las funciones de elaboración y actualización de la cartografía básica y derivada
oficial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como la de dar soporte al resto
de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de cartografía e información
geográfica. Así mismo el citado decreto establece en su disposición adicional segunda
que tendrán la consideración de cartografía básica oficial, el «Mapa Topográfico de
Andalucía a escala 1:10.000» y la «Ortofotografía Digital de Andalucía».