3. Otras disposiciones. . (2025/32-54)
Resolución de 10 de febrero de 2025, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Jaén, por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo del proyecto asociado a las obras que se citan.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 32 - Lunes, 17 de febrero de 2025
página 2001/4
de conformidad con el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.
- Alegaciones presentadas por don Manuel Cuchet Aguirre y don Efrén Díaz Díaz, según
manifiestan en representación, no acreditada, de doña María Dolores de la Parra Miñano
como titular castastral de las parcelas con referencia catastral 23071A003000430000SW,
23071A003000610000SK y 23071A005000500000SX: Manifiesta su oposición a la
afectación de sus fincas por estas obras, por no ser algunos terrenos ni su ubicación
idóneos, y generar perjuicios de imposible reparación, ya que se produce una división
antieconómica de las parcelas, así como por provocar la afección y destrucción de una
gran cantidad de olivos, y propone otro trazado de la línea de saneamiento.
Respuesta: Respecto a no ser algunos terrenos ni su ubicación idóneos: El trazado de
la línea eléctrica viene determinado por la propia ubicación de la EDAR y la estación de
bombeo a las que se va a dotar de suministro eléctrico, y condicionado por la ubicación
del punto de conexión autorizado por la empresa explotadora de la red eléctrica existente,
así como por los cruces aéreos del río Guadalimar y de las carreteras N-322 y futura
A-32. En cuanto a que va a generar en estas parcelas perjuicios de imposible reparación,
una división antieconómica de las mismas, y que provocará la afección y destrucción de
una gran cantidad de olivos, se debe tener en cuenta que la afectación a estas parcelas
se produce por la construcción de la línea eléctrica, lo que implica la expropiación de la
propiedad estrictamente necesaria para ubicar los apoyos de la misma, la servidumbre
de vuelo correspondiente al tendido eléctrico y la ocupación temporal necesaria para la
ejecución de estas obras, lo cual no supondrá un perjuicio con la entidad suficiente para
que resulte antieconómica su explotación, ni la pérdida de un número significativo de
olivos, solo los que pudieran impedir la colocación de los apoyos, ni dificultará su laboreo.
Tercero. Con fecha 7 de julio de 2023, se dicta «Resolución de la Dirección General
de Infraestructuras del Agua por la que se aprueba el expediente de información pública
y aprueba el Proyecto de construcción “EDAR de La Puerta de Segura-Puente de
Génave (Jaén)”, Clave: A5.323.1156/2111», con un presupuesto total base de licitación
que asciende a la cantidad de dos millones ochocientos treinta y dos mil cuatrocientos
noventa y cuatro euros con cincuenta y nueve céntimos (2.832.494,59 €) IVA incluido. En
dicha resolución se desestiman las alegaciones presentadas y se ordena a la Delegación
Territorial de Jaén, que a la mayor brevedad posible, remita a ese centro directivo el
certificado de disponibilidad de los terrenos.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Segundo. Asimismo, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 29 de la Ley 9/2010,
de 30 de julio, de Aguas para Andalucía:
«La aprobación por la consejería competente en materia de agua de los proyectos
de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma supondrá,
implícitamente, la declaración de utilidad pública e interés social de las obras, así como
la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, a efectos de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315610
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1.d) del artículo 29 de la Ley
9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía, tienen la consideración de obras de interés
de la Comunidad Autónoma de Andalucía las obras de abastecimiento, potabilización,
desalación y depuración que expresamente se declaren por el Consejo de Gobierno.
Así mismo y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 1.c) de la misma ley, se
dicta «Acuerdo de 26 de octubre de 2010, del Consejo de Gobierno, por el que se declaran
de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía las obras hidráulicas destinadas al
cumplimiento del objetivo de la calidad de las aguas de Andalucía», entre otras, las obras
de «EDAR y colectores en La Puerta de Segura, Puente de Génave y sus núcleos».
BOJA
Número 32 - Lunes, 17 de febrero de 2025
página 2001/4
de conformidad con el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.
- Alegaciones presentadas por don Manuel Cuchet Aguirre y don Efrén Díaz Díaz, según
manifiestan en representación, no acreditada, de doña María Dolores de la Parra Miñano
como titular castastral de las parcelas con referencia catastral 23071A003000430000SW,
23071A003000610000SK y 23071A005000500000SX: Manifiesta su oposición a la
afectación de sus fincas por estas obras, por no ser algunos terrenos ni su ubicación
idóneos, y generar perjuicios de imposible reparación, ya que se produce una división
antieconómica de las parcelas, así como por provocar la afección y destrucción de una
gran cantidad de olivos, y propone otro trazado de la línea de saneamiento.
Respuesta: Respecto a no ser algunos terrenos ni su ubicación idóneos: El trazado de
la línea eléctrica viene determinado por la propia ubicación de la EDAR y la estación de
bombeo a las que se va a dotar de suministro eléctrico, y condicionado por la ubicación
del punto de conexión autorizado por la empresa explotadora de la red eléctrica existente,
así como por los cruces aéreos del río Guadalimar y de las carreteras N-322 y futura
A-32. En cuanto a que va a generar en estas parcelas perjuicios de imposible reparación,
una división antieconómica de las mismas, y que provocará la afección y destrucción de
una gran cantidad de olivos, se debe tener en cuenta que la afectación a estas parcelas
se produce por la construcción de la línea eléctrica, lo que implica la expropiación de la
propiedad estrictamente necesaria para ubicar los apoyos de la misma, la servidumbre
de vuelo correspondiente al tendido eléctrico y la ocupación temporal necesaria para la
ejecución de estas obras, lo cual no supondrá un perjuicio con la entidad suficiente para
que resulte antieconómica su explotación, ni la pérdida de un número significativo de
olivos, solo los que pudieran impedir la colocación de los apoyos, ni dificultará su laboreo.
Tercero. Con fecha 7 de julio de 2023, se dicta «Resolución de la Dirección General
de Infraestructuras del Agua por la que se aprueba el expediente de información pública
y aprueba el Proyecto de construcción “EDAR de La Puerta de Segura-Puente de
Génave (Jaén)”, Clave: A5.323.1156/2111», con un presupuesto total base de licitación
que asciende a la cantidad de dos millones ochocientos treinta y dos mil cuatrocientos
noventa y cuatro euros con cincuenta y nueve céntimos (2.832.494,59 €) IVA incluido. En
dicha resolución se desestiman las alegaciones presentadas y se ordena a la Delegación
Territorial de Jaén, que a la mayor brevedad posible, remita a ese centro directivo el
certificado de disponibilidad de los terrenos.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Segundo. Asimismo, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 29 de la Ley 9/2010,
de 30 de julio, de Aguas para Andalucía:
«La aprobación por la consejería competente en materia de agua de los proyectos
de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma supondrá,
implícitamente, la declaración de utilidad pública e interés social de las obras, así como
la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, a efectos de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315610
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1.d) del artículo 29 de la Ley
9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía, tienen la consideración de obras de interés
de la Comunidad Autónoma de Andalucía las obras de abastecimiento, potabilización,
desalación y depuración que expresamente se declaren por el Consejo de Gobierno.
Así mismo y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 1.c) de la misma ley, se
dicta «Acuerdo de 26 de octubre de 2010, del Consejo de Gobierno, por el que se declaran
de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía las obras hidráulicas destinadas al
cumplimiento del objetivo de la calidad de las aguas de Andalucía», entre otras, las obras
de «EDAR y colectores en La Puerta de Segura, Puente de Génave y sus núcleos».