Autoridades y personal. . (2025/32-22)
Decreto 36/2025, de 11 de febrero, de acceso por turno libre, promoción interna, movilidad, otras formas de provisión de puestos de trabajo, segunda actividad y formación del funcionariado de los servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 32 - Lunes, 17 de febrero de 2025

página 2032/10

resolución definitiva de las convocatorias, en términos de apto o no apto. Entre aquellos
aspirantes que han obtenido la calificación de apto, el órgano de selección, a partir de la
nota media obtenida en las fases de oposición y de concurso en su caso, determinará
el orden de prelación definitivo, elevando la propuesta final al órgano competente de
la entidad titular del servicio, para su nombramiento como funcionario o funcionaria de
carrera en la correspondiente categoría.
Las personas aspirantes propuestas aportarán ante la Administración convocante,
dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se publique la oferta de vacantes a que
se refiere el párrafo anterior, la petición de destino y los documentos acreditativos de las
condiciones de capacidad y de los requisitos exigidos en la convocatoria.
Artículo 17. Integración en el servicio.
La integración en el servicio se efectuará atendiendo a la puntuación global obtenida
en las pruebas superadas en el correspondiente procedimiento de selección y el posterior
curso de acceso realizado.
Con carácter previo a su incorporación, la entidad titular del Servicio facilitará a su
personal funcionario información relativa a su organización y funcionamiento dándole
traslado, en su caso, del Reglamento del mismo, normas y procedimientos de actuación,
así como de aquella formación complementaria o específica que estime conveniente para
un mejor desempeño de las tareas a desarrollar.
CAPÍTULO II
Turno libre

Artículo 19. Requisitos de participación.
1. Para acceder al funcionariado de los servicios de prevención y extinción de
incendios y salvamento, las personas aspirantes deben reunir, antes de que finalice el
plazo de presentación de solicitudes, los requisitos siguientes:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener dieciséis años cumplidos y no haber cumplido la edad máxima de jubilación
forzosa.
c) Estar en posesión de la titulación académica correspondiente a la categoría a la
que se opta, que será:
1.º Categoría profesional de Intendente: Título de Grado, Licenciatura, Arquitectura,
Ingeniería u otro título equivalente. Las Relaciones de Puestos de Trabajo o instrumento
equivalente podrán concretar titulaciones para el acceso a determinados puestos.
2.º Categoría profesional de Oficial: Titulación universitaria de Grado, Diplomatura
Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica u otro título equivalente. Las Relaciones de
Puestos de Trabajo o instrumento equivalente podrán concretar titulaciones para el
acceso a determinados puestos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Artículo 18. Régimen aplicable.
1. El ingreso en la categoría de Bombero o Bombera de los servicios de prevención y
extinción de incendios y salvamento se realizará por turno libre, mediante el procedimiento
de oposición o concurso-oposición.
2. El acceso a las categorías de Jefe o Jefa de Dotación, Subinspector o
Subinspectora, Inspector o Inspectora, Oficial e Intendente, se realizará por los sistemas
de promoción interna, o por turno libre, de conformidad en los establecido en el artículo 4.
3. Para la máxima categoría de la plantilla que ejerza la jefatura del Servicio, la
entidad titular del servicio proveerá el puesto de acuerdo a lo establecido en la Relación
de Puestos de Trabajo o instrumento análogo.