3. Otras disposiciones. . (2025/30-52)
Resolución de 7 de febrero de 2025, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se hace público el Acuerdo de 18 de noviembre de 2024, de la Comisión Coordinadora Interuniversitaria de Andalucía, por el que se publica el extracto de la Normativa y Organización de la Prueba de Acceso a la Universidad y Prueba de Admisión para el curso 2024-2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 30 - Jueves, 13 de febrero de 2025

página 1917/7

6. Tribunales.
6.1. Tribunales y sedes.
a) Por cada universidad existirá un tribunal único, estableciéndose las sedes
necesarias para la realización de los exámenes.
b) Se nombrarán distintos tribunales para las convocatorias ordinaria y extraordinaria,
a los que podrá incorporarse, en su caso, profesorado específico para atender segundas
o terceras correcciones. Excepcionalmente, en el supuesto de que una universidad
no cuente con profesorado especialista suficiente para garantizar que las segundas o
terceras correcciones se realicen por profesorado distinto a quienes hicieron la primera o
segunda corrección, podrá solicitar la corrección a otra universidad, la cual encomendará
a un vocal corrector de su tribunal único dicha corrección y asumirá el abono de la
gratificación correspondiente.
c) El número de sedes se fijará por cada universidad atendiendo a dos premisas
fundamentales: el número de estudiantes y la configuración geográfica del distrito
universitario correspondiente. Por tanto, se procurará que no se produzca un
desplazamiento masivo del estudiantado y que no recorran largas distancias.
d) En cada sede debe figurar una persona responsable de la misma, asistida por un
secretario o secretaria.
e) No podrán formar parte de los tribunales quienes puedan incurrir en alguno de los
motivos de abstención previstos en la legislación vigente, y particularmente, en el artículo
23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
A estos efectos se resalta que no podrá formar parte del tribunal el personal docente
que, durante el año de la convocatoria o en el inmediatamente anterior, haya participado
en cursos de preparación a las pruebas de acceso o de admisión. Asimismo, tampoco
podrán formar parte del tribunal las personas que en las fechas de celebración de las
pruebas no estén prestando servicios efectivos como docentes, bien en la administración
educativa bien en alguna de las universidades públicas andaluzas. En el caso del
profesorado de secundaria, para formar parte del tribunal se requerirá estar prestando
servicios efectivos como docente y tener destino en la provincia en la que se ubica el
rectorado de la universidad en la que ha solicitado participar como vocal corrector.
El no incurrir en ninguna situación de incompatibilidad o, en su caso, el estar prestando
servicios como personal docente, deberán manifestarse expresamente por los miembros
del tribunal mediante declaración individual con carácter previo a su nombramiento,
debiendo comunicar inmediatamente cualquier modificación en sentido contrario en el
momento en que tuviesen conocimiento.
La presidencia del tribunal resolverá la abstención (o la recusación) de cualquiera de
sus miembros, procediendo, en su caso, a la designación de otro miembro de la misma
condición que quien se hubiera abstenido o hubiera sido recusado.
6.2. Nombramiento de Tribunales.
6.2.1. Presidencias y Secretarías de Tribunal.
Para garantizar una mejor coordinación entre la Comisión Coordinadora
Interuniversitaria y los tribunales, en cada universidad las personas que ostenten
la presidencia y la secretaría de éstos, salvo mejor criterio del rector o rectora
correspondiente, serán nombrados de entre los miembros de la Comisión Universitaria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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que sea necesaria. Los responsables de sede deberán firmar un recibí de la recepción de
dicha documentación y, desde ese momento, se responsabilizarán de la custodia de los
exámenes.
5.5. Normalización del papel.
El papel de examen será normalizado para todos los exámenes en cada una de las
universidades públicas de Andalucía. Cada universidad se encargará de proveerse del
papel que considere necesario.