3. Otras disposiciones. . (2025/30-55)
Resolución de 3 de febrero de 2025, de la Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio Climático, por la que se emite y se hace pública la declaración ambiental estratégica del Plan de Transporte Metropolitano del Área de Granada. Plan de Movilidad Sostenible.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 30 - Jueves, 13 de febrero de 2025
página 1945/4
Fase 1 (núcleo más urbano de la ciudad de Granada centro).
Fase 2 (totalidad de Granada junto a los municipios de Albolote, Maracena y Armilla).
Fase 3 (los de la fase 2, junto con Churriana de la Vega, Gabia Grande, Ogíjares,
La Zubia, Huétor Vega, Peligros, Atarfe y Santa Fe).
LE2-P2: Estacionamiento regulado en la ciudad de Granada.
LE2-P3.1: Reestructuración de la red de transporte público: Mejorar la accesibilidad a
los principales equipamientos metropolitanos.
LE2-P3.2: Reestructuración de la red de transporte público: Necesidades de las mujeres.
LE2-P3.3: Reestructuración de la red de transporte público: Mejorar la frecuencia y
velocidades comerciales.
LE2-P3.4: Reestructuración de la red de transporte público y mejora de su eficiencia
(ejes transversales).
LE2-P4: Control del transporte público e información a la persona usuaria en tiempo real.
LE2-P5: Medidas operativas y de conservación que reduzcan la vulnerabilidad al
cambio climático.
LE3. Mejora de la organización del sistema de transporte metropolitano, con los
siguientes programas de actuación:
LE3-P1: Revisión del marco tarifario, integración billetes y medios de pago.
LE3-P2: Marco legal para la implantación de zonas de bajas emisiones a nivel
metropolitano.
LE3-P3: Mejora de la coordinación entre los distintos organismos a cargo de la
movilidad.
LE3-P4: Medidas de apoyo a la adquisición de vehículos de bajas/cero emisiones.
LE3-P5: Medidas de fomento del uso de la bicicleta, incluyendo eléctricas y micromovilidad.
LE3-P6: Fomento de la colaboración público-privada.
LE3-P7: Nuevo mapa concesional de transporte público.
LE3-P8: Programas de información, difusión y concienciación sobre movilidad sostenible.
5. Análisis de alternativas. Efectos significativos sobre el medio ambiente.
La ley GICA establece (artículos 15 y 37) que la evaluación ambiental estratégica
es un instrumento de prevención y control ambiental, cuya finalidad es lograr la mayor
integración de los aspectos ambientales en la planificación, mediante la prevención y
corrección de sus efectos negativos sobre el medio ambiente.
El análisis de alternativas constituye un paso básico y esencial en la toma de
decisiones al objeto de seleccionar la alternativa mejor balanceada considerando el
cumplimiento de objetivos estratégicos del PTM y con menores efectos negativos sobre
el medio ambiente, es decir, con mayor integración ambiental.
5.1. Alternativas.
El EsAE aporta, en su capítulo 7, un análisis de los efectos de cuatro alternativas
técnica y ambientalmente viables (escenarios 1 a 4).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315554
4. Principios estratégicos de sostenibilidad.
La finalidad última de la evaluación ambiental estratégica es contribuir al desarrollo
de modelos realistas de sostenibilidad y lucha contra el cambio climático acordes con las
referencias existentes a nivel nacional e internacional.
Con este enfoque, la Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible 2030, documento
estructurado en 13 áreas temáticas que asume los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible y las
169 metas de la Agenda 2030 de Naciones Unidas, tiene como finalidad orientar y reforzar
las políticas e iniciativas públicas y privadas para avanzar hacia un modelo de desarrollo
sostenible en Andalucía basado en la transición a una economía verde y en la integración de
las consideraciones ambientales, económicas y sociales. El PTM es coherente con el modelo
de desarrollo sostenible que define la Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible 2030.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 30 - Jueves, 13 de febrero de 2025
página 1945/4
Fase 1 (núcleo más urbano de la ciudad de Granada centro).
Fase 2 (totalidad de Granada junto a los municipios de Albolote, Maracena y Armilla).
Fase 3 (los de la fase 2, junto con Churriana de la Vega, Gabia Grande, Ogíjares,
La Zubia, Huétor Vega, Peligros, Atarfe y Santa Fe).
LE2-P2: Estacionamiento regulado en la ciudad de Granada.
LE2-P3.1: Reestructuración de la red de transporte público: Mejorar la accesibilidad a
los principales equipamientos metropolitanos.
LE2-P3.2: Reestructuración de la red de transporte público: Necesidades de las mujeres.
LE2-P3.3: Reestructuración de la red de transporte público: Mejorar la frecuencia y
velocidades comerciales.
LE2-P3.4: Reestructuración de la red de transporte público y mejora de su eficiencia
(ejes transversales).
LE2-P4: Control del transporte público e información a la persona usuaria en tiempo real.
LE2-P5: Medidas operativas y de conservación que reduzcan la vulnerabilidad al
cambio climático.
LE3. Mejora de la organización del sistema de transporte metropolitano, con los
siguientes programas de actuación:
LE3-P1: Revisión del marco tarifario, integración billetes y medios de pago.
LE3-P2: Marco legal para la implantación de zonas de bajas emisiones a nivel
metropolitano.
LE3-P3: Mejora de la coordinación entre los distintos organismos a cargo de la
movilidad.
LE3-P4: Medidas de apoyo a la adquisición de vehículos de bajas/cero emisiones.
LE3-P5: Medidas de fomento del uso de la bicicleta, incluyendo eléctricas y micromovilidad.
LE3-P6: Fomento de la colaboración público-privada.
LE3-P7: Nuevo mapa concesional de transporte público.
LE3-P8: Programas de información, difusión y concienciación sobre movilidad sostenible.
5. Análisis de alternativas. Efectos significativos sobre el medio ambiente.
La ley GICA establece (artículos 15 y 37) que la evaluación ambiental estratégica
es un instrumento de prevención y control ambiental, cuya finalidad es lograr la mayor
integración de los aspectos ambientales en la planificación, mediante la prevención y
corrección de sus efectos negativos sobre el medio ambiente.
El análisis de alternativas constituye un paso básico y esencial en la toma de
decisiones al objeto de seleccionar la alternativa mejor balanceada considerando el
cumplimiento de objetivos estratégicos del PTM y con menores efectos negativos sobre
el medio ambiente, es decir, con mayor integración ambiental.
5.1. Alternativas.
El EsAE aporta, en su capítulo 7, un análisis de los efectos de cuatro alternativas
técnica y ambientalmente viables (escenarios 1 a 4).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315554
4. Principios estratégicos de sostenibilidad.
La finalidad última de la evaluación ambiental estratégica es contribuir al desarrollo
de modelos realistas de sostenibilidad y lucha contra el cambio climático acordes con las
referencias existentes a nivel nacional e internacional.
Con este enfoque, la Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible 2030, documento
estructurado en 13 áreas temáticas que asume los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible y las
169 metas de la Agenda 2030 de Naciones Unidas, tiene como finalidad orientar y reforzar
las políticas e iniciativas públicas y privadas para avanzar hacia un modelo de desarrollo
sostenible en Andalucía basado en la transición a una economía verde y en la integración de
las consideraciones ambientales, económicas y sociales. El PTM es coherente con el modelo
de desarrollo sostenible que define la Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible 2030.