Autoridades y personal. . (2025/29-13)
Resolución de 7 de febrero de 2025, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se convocan las pruebas específicas de certificación de idiomas en las enseñanzas de Bachillerato para el curso 2024/2025 y se establecen determinados aspectos sobre su organización.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 29 - Miércoles, 12 de febrero de 2025

página 1806/3

3. El calendario de actuaciones relacionadas con este procedimiento aparece
recogido en el Anexo I.
Segundo. Estructura de las pruebas de certificación.
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Orden de 11 de noviembre
de 2020, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje
del alumnado y de las pruebas de certificación en las Enseñanzas de idiomas de Régimen
Especial en Andalucía, las pruebas de certificación del nivel Intermedio B2 en los idiomas
inglés, francés y alemán durante el curso 2024/2025 en la etapa de Bachillerato estarán
compuestas por cinco ejercicios independientes, no eliminatorios, que corresponden a
cada una de las actividades de lengua:
a) Comprensión de textos orales.
b) Comprensión de textos escritos.
c) Producción y coproducción de textos orales.
d) Producción y coproducción de textos escritos.
e) Mediación.
2. Cada uno de estos ejercicios se basará en el desarrollo de varias tareas
relacionadas con la actividad o actividades de lengua correspondientes.
3. En aplicación de lo establecido en el artículo 16.4 de la citada orden, la Dirección
General competente en materia de ordenación de enseñanzas de régimen especial
publicará un documento de especificaciones de examen para este proceso de certificación
que se convoquen.

Cuarto. Inscripción del alumnado en las pruebas de certificación.
1. El profesorado responsable de impartir la materia optativa de diseño propio
«Preparación para la Certificación en Inglés, Francés o Alemán» propondrá al alumnado
candidato que haya obtenido una calificación positiva en dicha materia hasta el momento
de la inscripción. Esta propuesta deberá hacerse efectiva entre el 1 y el 15 de marzo de
2025 a través del Sistema de Información Séneca.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Tercero. Calendario y horario de las pruebas.
1. Las pruebas de certificación correspondientes al nivel e idiomas señalados en el
apartado Primero se desarrollarán conforme a lo dispuesto en el calendario y las sesiones
detallados en el Anexo II de la presente resolución.
2. El orden y el horario de realización de las pruebas deberán ajustarse a lo dispuesto
en el Anexo II y en el Anexo III, salvo en caso de adaptación por razón de discapacidad
del alumnado autorizada conforme a lo establecido en el apartado Noveno de la presente
resolución.
3. Las tareas de producción y coproducción oral y mediación oral se desarrollarán
en una única sesión ordinaria, existiendo la posibilidad de celebrarse en otra sesión de
reserva que se desarrollará en dos días distintos. Únicamente podrá hacerse uso de la
sesión de reserva en los supuestos siguientes:
a) Cuando se exceda de 20 alumnos y alumnas por sesión.
b) Cuando la sesión ordinaria coincida con días festivos en la localidad donde se
encuentra el Instituto de Educación Secundaria o en la localidad donde se encuentra la
Escuela Oficial de Idiomas.
c) Por supuestos de causa de fuerza mayor, es decir, una circunstancia exterior,
imprevisible o inevitable que afecten al desarrollo normal de la prueba.
La Escuela Oficial de Idiomas correspondiente solicitará autorización a la Dirección
General de Ordenación y Evaluación Educativa, a través del Sistema de Información
Séneca, para la realización de las pruebas en una o ambas fechas de reserva. En primer
lugar, se determinará la fecha del 24 de abril de 2025 y, de ser necesaria una fecha
adicional, se celebrarán el 25 de abril de 2025.