Disposiciones generales. . (2025/29-1)
Resolución de 27 de enero de 2025, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2025 de subvenciones al amparo de la Orden de 8 de noviembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la instalación de una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad en dependencias de zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea Next Generation EU).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 29 - Miércoles, 12 de febrero de 2025
página 1775/3
2. La presente convocatoria se rige por lo dispuesto en la Orden de 8 de noviembre de
2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la instalación de una red de
comunicaciones electrónicas de alta velocidad en dependencias de zonas industriales,
en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la
Unión Europea-Next Generation EU), en la Orden de 2 de diciembre de 2024, por la que
se modifica la anterior, así como por lo previsto en la presente resolución.
Segundo. Personas o entidades beneficiarias.
1. Serán beneficiarias las personas físicas y jurídicas que tengan la consideración
de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME), según se definen en
la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003, que sean titulares
o arrendatarias de bienes inmuebles en los que se ejerza actividad económica y que
estén situados en los polígonos industriales y centros logísticos, así como en otras
áreas de concentración empresarial, ubicados en las zonas especificadas en la presente
Resolución de la convocatoria.
2. De acuerdo con lo previsto en el artículo 3.3 de las bases reguladoras de estas
subvenciones, las personas o entidades solicitantes estarán obligadas a relacionarse a
través de medios electrónicos con la Administración de la Junta de Andalucía para la
realización de cualquier trámite relativo al procedimiento de concesión de subvenciones.
Tercero. Objeto.
1. Constituye el objeto de las subvenciones, la contratación de la instalación de una
red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, capaz de prestar servicios a
velocidades de 1 Gbps, en las fábricas, centros, unidades, instalaciones y dependencias
en las que se ejerza actividad económica dentro de los polígonos industriales y centros
logísticos, así como en otras áreas de concentración empresarial ubicados en las zonas
especificadas en la presente convocatoria.
2. Las zonas donde pueden ubicarse los inmuebles objeto de la instalación de la
red de comunicaciones electrónicas subvencionada en la presente convocatoria serán
aquellas zonas de Andalucía especificadas en el visor geográfico accesible en la URL
https://www.consultateleco.es/api/document/link/ordenes_mrr_linea3_2024/.
Quinto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes se presentarán a través del formulario contenido en el Anexo I de la
presente convocatoria.
2. El plazo de presentación de solicitudes abarca desde el día siguiente al que
se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el
artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta
el día 15 de marzo de 2025 inclusive, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado segundo
del artículo 12 de las bases reguladoras.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315385
Cuarto. Formularios.
Se aprueban los siguientes formularios que se publican junto a la presente
convocatoria:
Anexo I: formulario de solicitud, al que se refiere el apartado uno del artículo 9 de las
bases reguladoras.
Anexo II: formulario de alegaciones/aceptación, a efectos de lo dispuesto en el
artículo 15 de las bases reguladoras.
Dichos formularios estarán disponibles en la Oficina Virtual habilitada para la
tramitación del procedimiento, a la que se podrá acceder a través del enlace incluido en
la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24923.html.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 29 - Miércoles, 12 de febrero de 2025
página 1775/3
2. La presente convocatoria se rige por lo dispuesto en la Orden de 8 de noviembre de
2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la instalación de una red de
comunicaciones electrónicas de alta velocidad en dependencias de zonas industriales,
en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la
Unión Europea-Next Generation EU), en la Orden de 2 de diciembre de 2024, por la que
se modifica la anterior, así como por lo previsto en la presente resolución.
Segundo. Personas o entidades beneficiarias.
1. Serán beneficiarias las personas físicas y jurídicas que tengan la consideración
de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME), según se definen en
la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003, que sean titulares
o arrendatarias de bienes inmuebles en los que se ejerza actividad económica y que
estén situados en los polígonos industriales y centros logísticos, así como en otras
áreas de concentración empresarial, ubicados en las zonas especificadas en la presente
Resolución de la convocatoria.
2. De acuerdo con lo previsto en el artículo 3.3 de las bases reguladoras de estas
subvenciones, las personas o entidades solicitantes estarán obligadas a relacionarse a
través de medios electrónicos con la Administración de la Junta de Andalucía para la
realización de cualquier trámite relativo al procedimiento de concesión de subvenciones.
Tercero. Objeto.
1. Constituye el objeto de las subvenciones, la contratación de la instalación de una
red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, capaz de prestar servicios a
velocidades de 1 Gbps, en las fábricas, centros, unidades, instalaciones y dependencias
en las que se ejerza actividad económica dentro de los polígonos industriales y centros
logísticos, así como en otras áreas de concentración empresarial ubicados en las zonas
especificadas en la presente convocatoria.
2. Las zonas donde pueden ubicarse los inmuebles objeto de la instalación de la
red de comunicaciones electrónicas subvencionada en la presente convocatoria serán
aquellas zonas de Andalucía especificadas en el visor geográfico accesible en la URL
https://www.consultateleco.es/api/document/link/ordenes_mrr_linea3_2024/.
Quinto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes se presentarán a través del formulario contenido en el Anexo I de la
presente convocatoria.
2. El plazo de presentación de solicitudes abarca desde el día siguiente al que
se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el
artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta
el día 15 de marzo de 2025 inclusive, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado segundo
del artículo 12 de las bases reguladoras.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315385
Cuarto. Formularios.
Se aprueban los siguientes formularios que se publican junto a la presente
convocatoria:
Anexo I: formulario de solicitud, al que se refiere el apartado uno del artículo 9 de las
bases reguladoras.
Anexo II: formulario de alegaciones/aceptación, a efectos de lo dispuesto en el
artículo 15 de las bases reguladoras.
Dichos formularios estarán disponibles en la Oficina Virtual habilitada para la
tramitación del procedimiento, a la que se podrá acceder a través del enlace incluido en
la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24923.html.