Disposiciones generales. . (2025/29-1)
Resolución de 27 de enero de 2025, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2025 de subvenciones al amparo de la Orden de 8 de noviembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la instalación de una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad en dependencias de zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea Next Generation EU).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 29 - Miércoles, 12 de febrero de 2025
página 1775/2
de noviembre, y con sujeción estricta a lo establecido en dicha norma. La Administración
de la Junta de Andalucía deberá cumplir, para la ejecución de su programa de ayudas,
con lo establecido en este real decreto, así como con los requisitos y límites establecidos
en la normativa en materia de ayudas de Estado.
Teniendo en cuenta lo anterior, se publicó la Orden de 8 de noviembre de 2022, de
la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
(BOJA número 217, de 11 de noviembre de 2022), por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no
competitiva, destinadas a la instalación de una red de comunicaciones electrónicas de alta
velocidad en dependencias de zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-Next Generation EU).
Con la aprobación de la Adenda al PRTR por la Comisión Europea, el 2 de octubre de
2023 se modificó el calendario y la definición de algunos hitos originalmente establecidos en
el PRTR, entre los que se encuentra el hito CID #238 vinculado a la inversión C15.I2. Esta
circunstancia, junto con la necesidad de permitir una más adecuada ejecución de los
fondos asignados y posibilitar la consecución del objetivo asociado al programa de ayudas,
ha provocado la modificación del citado Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre,
mediante el Real Decreto 1136/2023, de 19 de diciembre, y el Real Decreto 520/2024,
de 4 de junio, respectivamente. Entre las modificaciones introducidas se encuentra la
extensión de la vigencia del programa de ayudas, la extensión del ámbito geográfico de
las actuaciones a cualquier zona geográfica si las ayudas benefician a microempresas,
pequeñas y medianas empresas (PYME), la inclusión de las personas o entidades
arrendatarias de los inmuebles como posibles beneficiarias, la clarificación de las
medidas tomadas para evitar los conflictos de intereses o la posibilidad de subvencionar
actuaciones de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) que se hubieran
desarrollado durante la vigencia del programa en cualquier zona geográfica.
Por todo ello, ha sido necesario actualizar las citadas bases reguladoras mediante la
aprobación de la Orden de 2 de diciembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 8
de noviembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la instalación
de una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad en dependencias de
zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
(financiado por la Unión Europea Next Generation EU). (BOJA número 237, de 5 de
diciembre de 2024), con el propósito de adaptarlas a las modificaciones llevadas a cabo
en el Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, así como introducir otras medidas
complementarias para simplificar y agilizar la ejecución del programa, tales como la
no exigencia a las entidades beneficiarias de documentación que ha resultado no ser
necesaria para la resolución del procedimiento.
En su virtud y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria, esta Dirección
Gerencia, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 115.1 del Texto Refundido
de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el
Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, así como el artículo 14.3 de los Estatutos de la
Agencia Digital de Andalucía, aprobados por el Decreto 128/2021, de 30 de marzo,
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan para el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia no competitiva, la
concesión de subvenciones destinadas a la contratación de la instalación de una red de
comunicaciones electrónicas de alta velocidad en dependencias de zonas industriales,
en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315385
RESU ELV E
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 29 - Miércoles, 12 de febrero de 2025
página 1775/2
de noviembre, y con sujeción estricta a lo establecido en dicha norma. La Administración
de la Junta de Andalucía deberá cumplir, para la ejecución de su programa de ayudas,
con lo establecido en este real decreto, así como con los requisitos y límites establecidos
en la normativa en materia de ayudas de Estado.
Teniendo en cuenta lo anterior, se publicó la Orden de 8 de noviembre de 2022, de
la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
(BOJA número 217, de 11 de noviembre de 2022), por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no
competitiva, destinadas a la instalación de una red de comunicaciones electrónicas de alta
velocidad en dependencias de zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-Next Generation EU).
Con la aprobación de la Adenda al PRTR por la Comisión Europea, el 2 de octubre de
2023 se modificó el calendario y la definición de algunos hitos originalmente establecidos en
el PRTR, entre los que se encuentra el hito CID #238 vinculado a la inversión C15.I2. Esta
circunstancia, junto con la necesidad de permitir una más adecuada ejecución de los
fondos asignados y posibilitar la consecución del objetivo asociado al programa de ayudas,
ha provocado la modificación del citado Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre,
mediante el Real Decreto 1136/2023, de 19 de diciembre, y el Real Decreto 520/2024,
de 4 de junio, respectivamente. Entre las modificaciones introducidas se encuentra la
extensión de la vigencia del programa de ayudas, la extensión del ámbito geográfico de
las actuaciones a cualquier zona geográfica si las ayudas benefician a microempresas,
pequeñas y medianas empresas (PYME), la inclusión de las personas o entidades
arrendatarias de los inmuebles como posibles beneficiarias, la clarificación de las
medidas tomadas para evitar los conflictos de intereses o la posibilidad de subvencionar
actuaciones de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) que se hubieran
desarrollado durante la vigencia del programa en cualquier zona geográfica.
Por todo ello, ha sido necesario actualizar las citadas bases reguladoras mediante la
aprobación de la Orden de 2 de diciembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 8
de noviembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la instalación
de una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad en dependencias de
zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
(financiado por la Unión Europea Next Generation EU). (BOJA número 237, de 5 de
diciembre de 2024), con el propósito de adaptarlas a las modificaciones llevadas a cabo
en el Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, así como introducir otras medidas
complementarias para simplificar y agilizar la ejecución del programa, tales como la
no exigencia a las entidades beneficiarias de documentación que ha resultado no ser
necesaria para la resolución del procedimiento.
En su virtud y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria, esta Dirección
Gerencia, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 115.1 del Texto Refundido
de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el
Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, así como el artículo 14.3 de los Estatutos de la
Agencia Digital de Andalucía, aprobados por el Decreto 128/2021, de 30 de marzo,
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan para el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia no competitiva, la
concesión de subvenciones destinadas a la contratación de la instalación de una red de
comunicaciones electrónicas de alta velocidad en dependencias de zonas industriales,
en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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