5. Anuncios. . (2025/29-40)
Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Jaén, por la que se dispone el registro y publicación de la Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Jaén, mediante la que se procede a la aprobación definitiva de la innovación del Plan General de Ordenación Urbanística del término municipal de Úbeda (Jaén), modificación puntual del SUNC/UE-SU 36 (Expte. de planeamiento 10-019/18), modificación puntual del SUNC/UE-SU 36 de Úbeda (Jaén).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 29 - Miércoles, 12 de febrero de 2025

página 1774/7

CONCLUSIONES
La Modificación pretende cambiar el numero de viviendas asignadas en la ficha del
PGOU para que la UE-36 “Bétula”, que se fija en 50 viviendas, pasando tras la modificación
a 75, por lo que la modificación se ha de considerar estructural, aunque, como ya dijimos,
no hay ningún incremento de la edificabilidad actual ni del aprovechamiento asignado a
la UE-36.
Cuanto se contempla en esta Modificación, se enmarca dentro de lo establecido en la
Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, pudiendo afirmarse que:
- Se atiene a lo regulado en el artículo 36, cumpliendo con las condiciones de
ordenación exigidas a toda innovación.
- Es una ordenación estructural, al aumentar el número de viviendas en una unidad de
ejecución en suelo urbano no consolidado, aun cuando no se aumente la edificabilidad.
Modificacion que se propone.
Con base en lo recogido en el presente documento, se propone, el aumento de las
viviendas asignadas en la UE a 75, con el mantenimiento de la ficha de la Unidad de
Ejecución 36 “Bétula” quedando como sigue:
Cuadro propuesto.
UNIDAD EJEC.
UE-SU-36

USO
RUE
SGEL
VIARIO
TOTAL
EDIFICAB. GLOBAL

SUP. m²
87.664
396
15.280
103.340
---

EDIF. m²/m²
0,4

APROV. m²
35.065

0,34

35.065
---

NÚM. VIVIENDAS: 75
USOS INCOM.
PARC. MIN.
IP-IA-R-IL RUC
500

---

---

Reserva de Sistema General de Espacios Libres.
En aplicación del art. 4.3.3.1. Parques, jardines y espacios libres de la Memoria
Justificativa de la Adaptación Parcial a LOUA aprobada el 3 de marzo de 2009 y publicada
en BOP el 12 de Septiembre de 2009 donde se indica que:
“… No obstante, si se considerasen las viviendas determinadas por el PPO del S-17,
el total de viviendas previstas en el municipio sería de 20.728 (19.487 más 1.241). De este
total sólo el 73.6% serían hogares, es decir 15.256, lo que con un ratio de 2,5 habitantes
por hogar supondría 38.140 habitantes, para los cuales y con la superficie del sistema
general de espacios libres existente, el ratio obtenido seria de 6,6 m²/habitante…”
Para un incremento de 25 viviendas (propuesta en esta Modificación) a razón de
2,4 habitantes por vivienda, supone un incremento de 60 personas, lo que supone la
necesidad de una reserva de 396 m² para SGEL.

Objeto de la revisión.
La nueva propuesta de viario viene como consecuencia de la necesidad de mejorar
las condiciones y solución técnica de la futura infraestructura de saneamiento que habrá
que ejecutarse en la posterior fase correspondiente al proyecto de urbanización, además
admitirse y dar cumplida respuesta a la alegación presentada por uno de los propietarios
de la unidad de ejecución, sobre la apertura de nuevo viario.
El nuevo trazado del viario no supone en ningún momento una alteración de la
ordenación estructural, el nuevo viario no es una estructura general del territorio, afecta
a un ámbito muy reducido, y mejora las conexiones internas de las parcelas afectadas,
mejorando su condiciones de accesibilidad, así como, ya hemos citado, resuelve mejor
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00315383

MODIFICACIÓN 2.
APERTURA DE VIARIOS EN LA UNIDAD DE EJECUCION 36