Autoridades y personal. . (2025/28-38)
Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso para la contratación de Profesorado Ayudante Doctor.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Martes, 11 de febrero de 2025
página 1576/10
14. Formalización del contrato de trabajo.
14.1. Tras la publicación de la Resolución Rectoral de adjudicación del concurso en
el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, las personas
adjudicatarias formalizarán la aceptación del contrato de trabajo en el plazo de quince
días naturales a través de una instancia por registro electrónico.
14.2. La firma del contrato de trabajo se efectuará en el mismo plazo de quince
días naturales, atendiendo a la urgencia con la que se ha provisionado la presente
convocatoria, que exige la incorporación en el curso académico 24/25 de este profesorado
a la Universidad, en cumplimiento del Convenio firmado entre el Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de
la Junta de Andalucía y las Universidades Públicas Andaluzas, para adaptar los contratos
de trabajo previstos en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, publicado por Resolución
de 3 de diciembre de 2024, BOE de 11 de diciembre de 2024.
14.3. En caso de incumplimiento de las anteriores formalidades, se entenderá que la
persona adjudicataria renuncia al contrato de trabajo. El Área de Recursos Humanos PDI
y Programación Docente avisará, a través de correo electrónico, a la persona siguiente
de la lista con mayor puntuación siempre que supere el mínimo establecido por la
Comisión de Selección, disponiendo de los mismos plazos para cumplir las formalidades
anteriormente mencionadas.
14.4. En los casos de renuncia de alguna persona aspirante hasta los 6 meses
después de la publicación de la propuesta de provisión de la Comisión de Selección,
se entenderá que se podrá recurrir a las siguientes personas candidatas de la lista que
hayan superado la puntuación mínima para su contratación.
14.5. La documentación a presentar por las personas adjudicatarias de las plazas
para poder firmar el contrato de trabajo será la siguiente:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad o NIE y Pasaporte.
b) En el caso de personas extranjeras no nacionales de países miembros de la
Unión Europea, deberán aportar autorización de residencia temporal con excepción de
la autorización de trabajo, de conformidad con los artículos 88 y 89 a 119 Real Decreto
1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica
4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su
integración social.
c) Copia de la titulación requerida.
d) Hoja de Servicios actualizada, en el caso de haber prestado servicios en otras
Universidades como Profesorado Ayudante Doctor.
d) Certificado Médico Oficial acreditativo de la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas.
e) Copia de la tarjeta de la Seguridad Social.
f) Datos bancarios.
Todos los documentos indicados anteriormente que no estén redactados en lengua
castellana deberán estar acompañados de su correspondiente traducción oficial. La
traducción oficial podrá realizarse en cualquiera de los siguientes organismos:
a) En la representación diplomática o consular de España en el extranjero.
b) En la representación diplomática o consular del país del que proceden los
documentos en España.
c) Por traductor jurado debidamente inscrito y autorizado en España.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315184
o bien se podrá acudir en el plazo de dos meses ante el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo.
13.6. Durante el plazo establecido para la interposición del recurso de reposición y del
recurso contencioso-administrativo, las personas interesadas podrán igualmente solicitar
tanto el acceso como la copia del expediente administrativo del concurso, por registro
electrónico.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Martes, 11 de febrero de 2025
página 1576/10
14. Formalización del contrato de trabajo.
14.1. Tras la publicación de la Resolución Rectoral de adjudicación del concurso en
el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, las personas
adjudicatarias formalizarán la aceptación del contrato de trabajo en el plazo de quince
días naturales a través de una instancia por registro electrónico.
14.2. La firma del contrato de trabajo se efectuará en el mismo plazo de quince
días naturales, atendiendo a la urgencia con la que se ha provisionado la presente
convocatoria, que exige la incorporación en el curso académico 24/25 de este profesorado
a la Universidad, en cumplimiento del Convenio firmado entre el Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de
la Junta de Andalucía y las Universidades Públicas Andaluzas, para adaptar los contratos
de trabajo previstos en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, publicado por Resolución
de 3 de diciembre de 2024, BOE de 11 de diciembre de 2024.
14.3. En caso de incumplimiento de las anteriores formalidades, se entenderá que la
persona adjudicataria renuncia al contrato de trabajo. El Área de Recursos Humanos PDI
y Programación Docente avisará, a través de correo electrónico, a la persona siguiente
de la lista con mayor puntuación siempre que supere el mínimo establecido por la
Comisión de Selección, disponiendo de los mismos plazos para cumplir las formalidades
anteriormente mencionadas.
14.4. En los casos de renuncia de alguna persona aspirante hasta los 6 meses
después de la publicación de la propuesta de provisión de la Comisión de Selección,
se entenderá que se podrá recurrir a las siguientes personas candidatas de la lista que
hayan superado la puntuación mínima para su contratación.
14.5. La documentación a presentar por las personas adjudicatarias de las plazas
para poder firmar el contrato de trabajo será la siguiente:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad o NIE y Pasaporte.
b) En el caso de personas extranjeras no nacionales de países miembros de la
Unión Europea, deberán aportar autorización de residencia temporal con excepción de
la autorización de trabajo, de conformidad con los artículos 88 y 89 a 119 Real Decreto
1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica
4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su
integración social.
c) Copia de la titulación requerida.
d) Hoja de Servicios actualizada, en el caso de haber prestado servicios en otras
Universidades como Profesorado Ayudante Doctor.
d) Certificado Médico Oficial acreditativo de la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas.
e) Copia de la tarjeta de la Seguridad Social.
f) Datos bancarios.
Todos los documentos indicados anteriormente que no estén redactados en lengua
castellana deberán estar acompañados de su correspondiente traducción oficial. La
traducción oficial podrá realizarse en cualquiera de los siguientes organismos:
a) En la representación diplomática o consular de España en el extranjero.
b) En la representación diplomática o consular del país del que proceden los
documentos en España.
c) Por traductor jurado debidamente inscrito y autorizado en España.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315184
o bien se podrá acudir en el plazo de dos meses ante el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo.
13.6. Durante el plazo establecido para la interposición del recurso de reposición y del
recurso contencioso-administrativo, las personas interesadas podrán igualmente solicitar
tanto el acceso como la copia del expediente administrativo del concurso, por registro
electrónico.