3. Otras disposiciones. . (2025/28-43)
Resolución de 3 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del Convenio Colectivo de la empresa BSH Electrodomesticos España, S.A., Servicio BSH al Cliente-Zona 6, Andalucía.
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Número 28 - Martes, 11 de febrero de 2025
página 1556/18
para los años 2027 y siguientes establezca la Dirección. Caso de no fijar objetivo ni
escalado alguno, en su defecto serán de aplicación los fijados para el año 2026.
a.1.b) Prima Mensual de Calidad. Se basa en cuatro indicadores: el indicador 2/85 al
que hace referencia el punto anterior, el sistema de calidad que la empresa ha llamado
Q Duplicados, el sistema de calidad que la empresa ha llamado NPS, y la valoración del
stock medio de material que los técnicos reparadores portan en las furgonetas.
De este modo, la prima mensual de calidad consiste en una cantidad resultante de
aplicar un determinado porcentaje, que oscilará entre un 4% -mínimo- y un 8% -máximo-,
que se obtendrá en función de la consecución mensual de esos cuatro indicadores de
calidad, que con un peso de entre un 1% y un 2% cada uno de ellos, se aplicará sobre la
facturación neta Fuera de Garantía mensual del técnico.
Los indicadores que sirven de base a la prima de calidad son los siguientes:
a) Consecución del 2/85 (del centro): este indicador mide, a grandes rasgos, la
rapidez en resolver y terminar los avisos de reparación recepcionados en el centro de
servicio. Dicho indicador hace referencia al tiempo transcurrido desde que se recibe el
aviso de reparación en el centro de servicio hasta que este es terminado, reflejando el
porcentaje de las intervenciones recibidas en el centro de servicio que han sido realizadas
y terminadas en un plazo de dos días. Teniendo en cuenta lo indicado en el apartado
a.1.a de este artículo 25 respecto a los objetivos que para este indicador se establezcan
anualmente por Dirección, el porcentaje que corresponda aplicar (linealmente entre estos
valores) cada mes sobre la facturación fuera de garantía del técnico será el siguiente:
- Si la consecución mensual del 2/85 del centro de servicio es igual o menor al
objetivo anual marcado como 50%, el nivel de consecución será considerado de 50, y el
porcentaje a aplicar sobre la Facturación Fuera de Garantía del técnico, del 1%.
- Si la consecución mensual del 2/85 del centro de servicio es igual al objetivo anual
marcado como 100%, el nivel de consecución será considerado de 100, y el porcentaje a
aplicar sobre la Facturación Fuera de Garantía del técnico, del 1,5%.
- Si la consecución mensual del 2/85 del centro de servicio es, igual o superior al
objetivo anual marcado como 150%, el nivel de consecución será considerado de 150, y
el porcentaje a aplicar sobre la Facturación Fuera de Garantía del técnico, del 2%.
b) Q Duplicados: Este indicador, refleja el porcentaje de avisos de reparación que
exigen una segunda visita dentro de un determinado plazo de tiempo tras la primera, y
para el mismo domicilio y electrodoméstico. La fórmula que sirve de cálculo para este
indicador vendría a ser la siguiente:
Duplicados = (Reclamaciones Cías. Seguros + Avisos centralizados duplicados)
(Terminados Cías. Seguros + Total avisos centralizados).
Anualmente, la Dirección informará de los objetivos que para el indicador Q
Duplicados se establezcan cada año. Estos objetivos serán fijados de acuerdo a un
escalado de consecución, que será de 50, de 100 y de 150. Para el año 2023, el objetivo
Q Duplicados queda configurado de la siguiente manera:
- Consecución al 50%: 4,80% de duplicados.
- Consecución al 100%: 4,20% de duplicados.
- Consecución al 150%: 3,60% de duplicados.
Teniendo en cuenta lo anterior respecto a los objetivos anuales del indicador de Q
Duplicados, el porcentaje que corresponda aplicar (linealmente entre estos valores) cada
mes sobre la facturación fuera de garantía del técnico será el siguiente:
- Si la consecución mensual del indicador de duplicados acumulado es igual o menor
al objetivo anual marcado como 50%, el nivel de consecución será considerado de 50, y
el porcentaje a aplicar sobre la Facturación Fuera de Garantía del técnico, del 1%.
- Si la consecución mensual del indicador de duplicados acumulado es igual al
objetivo anual marcado como 100%, el nivel de consecución será considerado de 100, y
el porcentaje a aplicar sobre la Facturación Fuera de Garantía del técnico, del 1,5%.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315165
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 1556/18
para los años 2027 y siguientes establezca la Dirección. Caso de no fijar objetivo ni
escalado alguno, en su defecto serán de aplicación los fijados para el año 2026.
a.1.b) Prima Mensual de Calidad. Se basa en cuatro indicadores: el indicador 2/85 al
que hace referencia el punto anterior, el sistema de calidad que la empresa ha llamado
Q Duplicados, el sistema de calidad que la empresa ha llamado NPS, y la valoración del
stock medio de material que los técnicos reparadores portan en las furgonetas.
De este modo, la prima mensual de calidad consiste en una cantidad resultante de
aplicar un determinado porcentaje, que oscilará entre un 4% -mínimo- y un 8% -máximo-,
que se obtendrá en función de la consecución mensual de esos cuatro indicadores de
calidad, que con un peso de entre un 1% y un 2% cada uno de ellos, se aplicará sobre la
facturación neta Fuera de Garantía mensual del técnico.
Los indicadores que sirven de base a la prima de calidad son los siguientes:
a) Consecución del 2/85 (del centro): este indicador mide, a grandes rasgos, la
rapidez en resolver y terminar los avisos de reparación recepcionados en el centro de
servicio. Dicho indicador hace referencia al tiempo transcurrido desde que se recibe el
aviso de reparación en el centro de servicio hasta que este es terminado, reflejando el
porcentaje de las intervenciones recibidas en el centro de servicio que han sido realizadas
y terminadas en un plazo de dos días. Teniendo en cuenta lo indicado en el apartado
a.1.a de este artículo 25 respecto a los objetivos que para este indicador se establezcan
anualmente por Dirección, el porcentaje que corresponda aplicar (linealmente entre estos
valores) cada mes sobre la facturación fuera de garantía del técnico será el siguiente:
- Si la consecución mensual del 2/85 del centro de servicio es igual o menor al
objetivo anual marcado como 50%, el nivel de consecución será considerado de 50, y el
porcentaje a aplicar sobre la Facturación Fuera de Garantía del técnico, del 1%.
- Si la consecución mensual del 2/85 del centro de servicio es igual al objetivo anual
marcado como 100%, el nivel de consecución será considerado de 100, y el porcentaje a
aplicar sobre la Facturación Fuera de Garantía del técnico, del 1,5%.
- Si la consecución mensual del 2/85 del centro de servicio es, igual o superior al
objetivo anual marcado como 150%, el nivel de consecución será considerado de 150, y
el porcentaje a aplicar sobre la Facturación Fuera de Garantía del técnico, del 2%.
b) Q Duplicados: Este indicador, refleja el porcentaje de avisos de reparación que
exigen una segunda visita dentro de un determinado plazo de tiempo tras la primera, y
para el mismo domicilio y electrodoméstico. La fórmula que sirve de cálculo para este
indicador vendría a ser la siguiente:
Duplicados = (Reclamaciones Cías. Seguros + Avisos centralizados duplicados)
(Terminados Cías. Seguros + Total avisos centralizados).
Anualmente, la Dirección informará de los objetivos que para el indicador Q
Duplicados se establezcan cada año. Estos objetivos serán fijados de acuerdo a un
escalado de consecución, que será de 50, de 100 y de 150. Para el año 2023, el objetivo
Q Duplicados queda configurado de la siguiente manera:
- Consecución al 50%: 4,80% de duplicados.
- Consecución al 100%: 4,20% de duplicados.
- Consecución al 150%: 3,60% de duplicados.
Teniendo en cuenta lo anterior respecto a los objetivos anuales del indicador de Q
Duplicados, el porcentaje que corresponda aplicar (linealmente entre estos valores) cada
mes sobre la facturación fuera de garantía del técnico será el siguiente:
- Si la consecución mensual del indicador de duplicados acumulado es igual o menor
al objetivo anual marcado como 50%, el nivel de consecución será considerado de 50, y
el porcentaje a aplicar sobre la Facturación Fuera de Garantía del técnico, del 1%.
- Si la consecución mensual del indicador de duplicados acumulado es igual al
objetivo anual marcado como 100%, el nivel de consecución será considerado de 100, y
el porcentaje a aplicar sobre la Facturación Fuera de Garantía del técnico, del 1,5%.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315165
BOJA
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