Autoridades y personal. . (2025/26-18)
Resolución de 3 de febrero de 2025, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria restringida para el acceso extraordinario a bolsas de trabajo de determinadas especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, así como a determinadas bolsas con perfil bilingüe.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 26 - Viernes, 7 de febrero de 2025
página 1490/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 3 de febrero de 2025, de la Dirección General del Profesorado
y Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria restringida
para el acceso extraordinario a bolsas de trabajo de determinadas especialidades
del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, así como a determinadas
bolsas con perfil bilingüe.
A fin de cubrir mediante nombramiento de funcionario interino las posibles vacantes o
sustituciones de puestos de determinadas especialidades de los Cuerpos de Profesores
de Enseñanza Secundaria, así como de determinadas especialidades de perfil bilingüe,
de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Orden de 10 de junio de 2020,
esta Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, en virtud de
las competencias que le confiere el Decreto 164/2024, de 26 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional, y la Orden de 7 de noviembre de 2019, por la que se delegan competencias
en diversos órganos de la Consejería, ha resuelto realizar convocatoria pública para la
presentación de solicitudes con arreglo a las siguientes
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315099
El Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente y se
regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes,
establece en el artículo 22 que la Consejería competente en materia de educación podrá
efectuar convocatorias extraordinarias restringidas para el acceso a las bolsas de trabajo,
dirigidas a personal que ya se halle incluido en otras bolsas de cuerpos o especialidades
distintos de aquellos a los que se pretende acceder.
La Orden de 10 de junio de 2020, por la que se regulan los procedimientos de
provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por
razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes,
así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas, establece en el
Capítulo III del Título II los procedimientos de acceso extraordinario a las bolsas de
trabajo.
El Acuerdo de 18 de julio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba
el Acuerdo de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y las
Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa Sectorial de personal docente no
universitario, sobre ordenación y gestión de las bolsas de personal interino tras la entrada
en vigor de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la
Formación Profesional (BOJA núm. 139, de 21 de julio de 2023), regula en su apartado
cuarto que cuando el personal funcionario interino acceda, por cualquiera de los
procedimientos previstos en la Orden de 10 de junio de 2020, a una de las nuevas bolsas
de trabajo que se crean como consecuencia de la nueva situación de las especialidades
docentes prevista en la disposición adicional quinta de la Ley 3/2022, de 31 de marzo,
se le computará desde la fecha de ingreso en la nueva bolsa el tiempo de servicio que
tuviera reconocido al cien por cien siempre que se trate de la misma especialidad en la
que lo hubiera prestado cuando dicha especialidad estaba adscrita a distinto cuerpo y
quedará excluido de la bolsa equivalente del cuerpo a extinguir de profesores técnicos de
formación profesional.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 26 - Viernes, 7 de febrero de 2025
página 1490/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 3 de febrero de 2025, de la Dirección General del Profesorado
y Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria restringida
para el acceso extraordinario a bolsas de trabajo de determinadas especialidades
del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, así como a determinadas
bolsas con perfil bilingüe.
A fin de cubrir mediante nombramiento de funcionario interino las posibles vacantes o
sustituciones de puestos de determinadas especialidades de los Cuerpos de Profesores
de Enseñanza Secundaria, así como de determinadas especialidades de perfil bilingüe,
de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Orden de 10 de junio de 2020,
esta Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, en virtud de
las competencias que le confiere el Decreto 164/2024, de 26 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional, y la Orden de 7 de noviembre de 2019, por la que se delegan competencias
en diversos órganos de la Consejería, ha resuelto realizar convocatoria pública para la
presentación de solicitudes con arreglo a las siguientes
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315099
El Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente y se
regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes,
establece en el artículo 22 que la Consejería competente en materia de educación podrá
efectuar convocatorias extraordinarias restringidas para el acceso a las bolsas de trabajo,
dirigidas a personal que ya se halle incluido en otras bolsas de cuerpos o especialidades
distintos de aquellos a los que se pretende acceder.
La Orden de 10 de junio de 2020, por la que se regulan los procedimientos de
provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por
razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes,
así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas, establece en el
Capítulo III del Título II los procedimientos de acceso extraordinario a las bolsas de
trabajo.
El Acuerdo de 18 de julio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba
el Acuerdo de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y las
Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa Sectorial de personal docente no
universitario, sobre ordenación y gestión de las bolsas de personal interino tras la entrada
en vigor de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la
Formación Profesional (BOJA núm. 139, de 21 de julio de 2023), regula en su apartado
cuarto que cuando el personal funcionario interino acceda, por cualquiera de los
procedimientos previstos en la Orden de 10 de junio de 2020, a una de las nuevas bolsas
de trabajo que se crean como consecuencia de la nueva situación de las especialidades
docentes prevista en la disposición adicional quinta de la Ley 3/2022, de 31 de marzo,
se le computará desde la fecha de ingreso en la nueva bolsa el tiempo de servicio que
tuviera reconocido al cien por cien siempre que se trate de la misma especialidad en la
que lo hubiera prestado cuando dicha especialidad estaba adscrita a distinto cuerpo y
quedará excluido de la bolsa equivalente del cuerpo a extinguir de profesores técnicos de
formación profesional.