3. Otras disposiciones. . (2025/24-19)
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Dirección del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica el Convenio de Cooperación Educativa entre la Universidad Loyola y el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía para la realización de prácticas externas.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 24 - Miércoles, 5 de febrero de 2025
página 1368/4
Novena. Obligaciones y compromisos del IECA en el marco de este Convenio.
El IECA se compromete a:
- Admitir al número de alumnos/as que previamente se haya acordado por año
académico para la realización de las prácticas formativas.
- Comunicar a la Universidad Loyola el alumnado seleccionado para realizar prácticas
en el IECA.
- Acoger al alumnado seleccionado facilitándole el uso de los medios materiales
existentes en sus instalaciones que sean necesarios para el desarrollo de las prácticas
formativas, atendiendo especialmente a las necesidades de personas con discapacidad.
- Informar al alumnado en prácticas de la normativa de seguridad y prevención de
riesgos laborales.
- Nombrar a un tutor o tutora para el seguimiento de las prácticas formativas del
alumnado.
- Facilitar y estimular la aportación de propuestas de innovación, mejora y
emprendimiento por parte del alumnado en prácticas.
- Comunicar a la Universidad Loyola las bajas que puedan producirse, las incidencias
como consecuencia de faltas de asistencia o faltas a la disciplina interna, así como
aquellas otras que considere de interés.
Decimoprimera. Obligaciones y compromisos de la Universidad Loyola.
La Universidad se compromete a:
- Cumplimentar el Anexo I de este convenio sobre los estudiantes en prácticas donde
se consigne la siguiente información: datos de cada estudiante, titulación, fecha de
incorporación y finalización de la práctica, el calendario y el horario, régimen de permisos,
así como el nombre del tutor académico y del tutor del IECA. Además, el Anexo I
incorporará el proyecto formativo en el que se harán constar los objetivos educativos y
competencias que debe adquirir el estudiante, así como las actividades formativas que
desarrollará.
- Designar un tutor académico que se responsabilizará del normal desarrollo del
proyecto formativo.
- Proponer al alumnado en prácticas que posteriormente será seleccionado por el
IECA.
- Comunicar al alumnado seleccionado la concesión de la práctica formativa.
- Cumplir con las obligaciones derivadas de la Seguridad Social y garantizar la
cobertura de las contingencias al alumnado que pudieran derivarse por la realización de
las prácticas mediante la suscripción del seguro escolar y de un seguro de accidentes y
de responsabilidad civil.
- Velar para que las personas designadas por el IECA para ejercer la tutela profesional,
disfruten de los derechos reconocidos en el artículo 11.1 del Real Decreto 592/2014, de 11
de julio, y reconocer la labor del tutor/a del IECA por medio de un certificado emitido por la
Universidad Loyola donde se recogerán las tareas principales que hayan desempeñado
en el programa formativo de prácticas, y el carácter positivo o negativo de la evaluación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314977
Décima. Obligaciones y compromisos del alumnado.
El alumnado se compromete a:
- Cumplir el proyecto formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del tutor o
tutora asignado por el IECA.
- Incorporarse al IECA en la fecha acordada, cumplir los horarios y respetar las normas
de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de dicho organismo.
- Guardar confidencialidad en relación con la información interna del IECA y guardar
secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y una vez finalizada la misma.
- Cumplir cuantas obligaciones se establezcan en el Anexo II a este Convenio y en la
normativa aplicable.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 24 - Miércoles, 5 de febrero de 2025
página 1368/4
Novena. Obligaciones y compromisos del IECA en el marco de este Convenio.
El IECA se compromete a:
- Admitir al número de alumnos/as que previamente se haya acordado por año
académico para la realización de las prácticas formativas.
- Comunicar a la Universidad Loyola el alumnado seleccionado para realizar prácticas
en el IECA.
- Acoger al alumnado seleccionado facilitándole el uso de los medios materiales
existentes en sus instalaciones que sean necesarios para el desarrollo de las prácticas
formativas, atendiendo especialmente a las necesidades de personas con discapacidad.
- Informar al alumnado en prácticas de la normativa de seguridad y prevención de
riesgos laborales.
- Nombrar a un tutor o tutora para el seguimiento de las prácticas formativas del
alumnado.
- Facilitar y estimular la aportación de propuestas de innovación, mejora y
emprendimiento por parte del alumnado en prácticas.
- Comunicar a la Universidad Loyola las bajas que puedan producirse, las incidencias
como consecuencia de faltas de asistencia o faltas a la disciplina interna, así como
aquellas otras que considere de interés.
Decimoprimera. Obligaciones y compromisos de la Universidad Loyola.
La Universidad se compromete a:
- Cumplimentar el Anexo I de este convenio sobre los estudiantes en prácticas donde
se consigne la siguiente información: datos de cada estudiante, titulación, fecha de
incorporación y finalización de la práctica, el calendario y el horario, régimen de permisos,
así como el nombre del tutor académico y del tutor del IECA. Además, el Anexo I
incorporará el proyecto formativo en el que se harán constar los objetivos educativos y
competencias que debe adquirir el estudiante, así como las actividades formativas que
desarrollará.
- Designar un tutor académico que se responsabilizará del normal desarrollo del
proyecto formativo.
- Proponer al alumnado en prácticas que posteriormente será seleccionado por el
IECA.
- Comunicar al alumnado seleccionado la concesión de la práctica formativa.
- Cumplir con las obligaciones derivadas de la Seguridad Social y garantizar la
cobertura de las contingencias al alumnado que pudieran derivarse por la realización de
las prácticas mediante la suscripción del seguro escolar y de un seguro de accidentes y
de responsabilidad civil.
- Velar para que las personas designadas por el IECA para ejercer la tutela profesional,
disfruten de los derechos reconocidos en el artículo 11.1 del Real Decreto 592/2014, de 11
de julio, y reconocer la labor del tutor/a del IECA por medio de un certificado emitido por la
Universidad Loyola donde se recogerán las tareas principales que hayan desempeñado
en el programa formativo de prácticas, y el carácter positivo o negativo de la evaluación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314977
Décima. Obligaciones y compromisos del alumnado.
El alumnado se compromete a:
- Cumplir el proyecto formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del tutor o
tutora asignado por el IECA.
- Incorporarse al IECA en la fecha acordada, cumplir los horarios y respetar las normas
de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de dicho organismo.
- Guardar confidencialidad en relación con la información interna del IECA y guardar
secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y una vez finalizada la misma.
- Cumplir cuantas obligaciones se establezcan en el Anexo II a este Convenio y en la
normativa aplicable.