3. Otras disposiciones. . (2025/21-36)
Resolución de 24 de enero de 2025, de la Dirección de la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA), por la que se aprueba la Carta de Servicios de la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Servicio prestado
Compromiso/s de calidad
Servicio prestado
Compromiso/s de calidad
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 21 - Viernes, 31 de enero de 2025
página 1112/3
Evaluación y Acreditación del profesorado universitario
Evaluación previa a la contratación del profesorado universitario
Resolver las solicitudes del procedimiento de evaluación
para las figuras contractuales del profesorado del Sistema
3
Universitario Andaluz en un máximo de 5 meses, inferior al
plazo legal de 6 meses
Obtener un valor de satisfacción superior a 3 sobre 5 en
la encuesta de satisfacción de las personas solicitantes
4
con los procedimientos de evaluación y acreditación del
profesorado
Información y Atención a la ciudadanía y grupos de interés
Mantener actualizada la información de la Agencia en la
5
Web mensualmente
Responder las reclamaciones y sugerencias en un plazo
6
máximo de 12 días, inferior al plazo legal de 15 días
establecido de 15 días
La información sobre los indicadores, sus valores y su evolución, a través de los que
se mide el cumplimiento de los compromisos anteriores, se incluirán en el Informe de
Seguimiento Anual de la Carta de Servicios.
Esta información se podrá consultar también en la página web de la agencia
https://ws262.juntadeandalucia.es/accua/
4. Derechos y obligaciones de las personas usuarias.
Los derechos y obligaciones de las personas usuarias de los servicios a los que se
refiere la presente Carta de Servicios en su relación con la Agencia, sin perjuicio de
lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, así como en el resto de la normativa vigente
aplicable, son los siguientes:
Derechos:
a) Ser atendidos adecuadamente, a recibir el trato de respeto y consideración debidos
y a ser orientados de forma positiva en la solución de sus demandas.
b) Elegir el canal presencial, telefónico o electrónico a través del cual relacionarse
con la Administración (salvo que exista obligación de relacionarse a través de medios
electrónicos).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314722
3. Normativa reguladora.
Cabe destacar como normativa que regula los servicios que se prestan, la siguiente:
- Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. BOE núm. 70, de
23.3.2023.
- Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley Andaluza de Universidades. BOJA núm. 8, de 11.1.2013.
- Decreto-ley 8/2023, de 24 de octubre, por el que se modifica el artículo 40 del
Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo
1/2013, de 8 de enero. BOJA núm. 207, de 27 de octubre de 2023.
- Ley 16/2007, de 3 de diciembre, de la Ciencia y el Conocimiento. BOE núm. 20, de
23 de enero de 2008.
- Decreto 17/2023, de 14 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la
Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA). BOJA núm. 39,
de 27.2.2023.
Se puede consultar la normativa específica de cada programa en la dirección web de
la agencia https://ws262.juntadeandalucia.es/accua/
Servicio prestado
Compromiso/s de calidad
Servicio prestado
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 21 - Viernes, 31 de enero de 2025
página 1112/3
Evaluación y Acreditación del profesorado universitario
Evaluación previa a la contratación del profesorado universitario
Resolver las solicitudes del procedimiento de evaluación
para las figuras contractuales del profesorado del Sistema
3
Universitario Andaluz en un máximo de 5 meses, inferior al
plazo legal de 6 meses
Obtener un valor de satisfacción superior a 3 sobre 5 en
la encuesta de satisfacción de las personas solicitantes
4
con los procedimientos de evaluación y acreditación del
profesorado
Información y Atención a la ciudadanía y grupos de interés
Mantener actualizada la información de la Agencia en la
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Web mensualmente
Responder las reclamaciones y sugerencias en un plazo
6
máximo de 12 días, inferior al plazo legal de 15 días
establecido de 15 días
La información sobre los indicadores, sus valores y su evolución, a través de los que
se mide el cumplimiento de los compromisos anteriores, se incluirán en el Informe de
Seguimiento Anual de la Carta de Servicios.
Esta información se podrá consultar también en la página web de la agencia
https://ws262.juntadeandalucia.es/accua/
4. Derechos y obligaciones de las personas usuarias.
Los derechos y obligaciones de las personas usuarias de los servicios a los que se
refiere la presente Carta de Servicios en su relación con la Agencia, sin perjuicio de
lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, así como en el resto de la normativa vigente
aplicable, son los siguientes:
Derechos:
a) Ser atendidos adecuadamente, a recibir el trato de respeto y consideración debidos
y a ser orientados de forma positiva en la solución de sus demandas.
b) Elegir el canal presencial, telefónico o electrónico a través del cual relacionarse
con la Administración (salvo que exista obligación de relacionarse a través de medios
electrónicos).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314722
3. Normativa reguladora.
Cabe destacar como normativa que regula los servicios que se prestan, la siguiente:
- Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. BOE núm. 70, de
23.3.2023.
- Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley Andaluza de Universidades. BOJA núm. 8, de 11.1.2013.
- Decreto-ley 8/2023, de 24 de octubre, por el que se modifica el artículo 40 del
Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo
1/2013, de 8 de enero. BOJA núm. 207, de 27 de octubre de 2023.
- Ley 16/2007, de 3 de diciembre, de la Ciencia y el Conocimiento. BOE núm. 20, de
23 de enero de 2008.
- Decreto 17/2023, de 14 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la
Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA). BOJA núm. 39,
de 27.2.2023.
Se puede consultar la normativa específica de cada programa en la dirección web de
la agencia https://ws262.juntadeandalucia.es/accua/