Disposiciones generales. . (2025/21-1)
Decreto 25/2025, de 28 de enero, por el que se crea la Comisión Interdepartamental Andaluza de Ayuda Humanitaria ante una Emergencia Internacional.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 21 - Viernes, 31 de enero de 2025

página 1201/4

procedido a la tramitación de urgencia del procedimiento de elaboración y aprobación del
expediente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 bis de la Ley 6/2006, de 24 de
octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
A tenor de lo expuesto, la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa, en uso de las atribuciones previstas en los artículos 1.e)
y 6 del mencionado Decreto 152/2022, de 9 de agosto, ha tramitado este proyecto de
decreto, ajustándose al contenido y procedimiento normativamente establecido.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.3, 27.8 y 44 de la
Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
de acuerdo con el Consejo Consultivo de Andalucía, a propuesta del Consejero de la
Presidencia, Interior, Dialogo Social y Simplificación Administrativa y previa deliberación
del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 28 de enero de 2025,
DISPONGO

Artículo 2. Composición.
1. La Comisión tendrá la siguiente composición:
a) Presidencia: La persona titular de la Consejería con competencias en materia de
protección civil y emergencias.
En cualquier caso, la Presidencia de la Comisión podrá ser asumida por la persona
titular de la Presidencia de la Junta de Andalucía. En este caso, la persona titular de
la Consejería con competencias en materia de protección civil y emergencias pasará a
desempeñar la Vicepresidencia de la Comisión.
b) Vicepresidencia: La persona titular de la Viceconsejería de la Consejería con
competencias en materia de protección civil y emergencias. Cuando la persona titular
de la Presidencia de la Junta de Andalucía asuma la Presidencia de la Comisión, la
persona titular de la Viceconsejería con competencias en materia de protección civil y
emergencias pasará a desempeñar una vocalía.
c) Vocalías:
1.º La persona titular de la Viceconsejería de la Consejería con competencias en
materia de hacienda.
2.º La persona titular de la Viceconsejería de la Consejería con competencias en
materia de salud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00314811

Artículo 1. Creación.
1. Se crea la Comisión Interdepartamental Andaluza de Ayuda Humanitaria ante
una Emergencia Internacional (en adelante la Comisión) como órgano colegiado
interdepartamental adscrito a la Consejería con competencias en materia de protección
civil y emergencias y dependiente orgánicamente de la persona titular de la misma, para
coordinar y poner a disposición del Estado los recursos que la Administración Pública
andaluza posee ante situaciones de emergencia internacional que requieran una acción
humanitaria urgente, y asegurar la coordinación y la colaboración con la Administración
General del Estado y el resto de administraciones territoriales en dichas situaciones de
emergencia internacional.
2. A los efectos de este decreto, se considerará una situación de emergencia
internacional la que requiera una acción humanitaria urgente para dar respuesta al
llamamiento de ayuda de la comunidad internacional o del país afectado que hubiera
hecho un llamamiento de emergencia de carácter internacional, incluyendo desastres
naturales, así como aquellos eventos extraordinarios que produzcan o puedan producir
víctimas y/o daños que requieran de la solidaridad y respuesta humanitaria de la
comunidad internacional.
3. La Comisión tendrá su sede en la ciudad de Sevilla.