3. Otras disposiciones. . (2025/11-23)
Resolución de 13 de enero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del I Convenio Colectivo de la empresa UNEI Iniciativa Social, S.L.U.
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Viernes, 17 de enero de 2025

página 462/16

Artículo 28. Protección de la vida familiar.
1. Riesgo durante el embarazo. En el supuesto de riesgo para el embarazo, en
los términos previstos en el artículo 26 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos
Laborales, la suspensión del contrato finalizará el día en que se inicie la suspensión del
contrato por maternidad, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, o
desaparezca la imposibilidad de la trabajadora de reincorporarse a su puesto anterior o a
otro compatible con su estado.
2. Permiso por nacimiento y cuidado del menor. En los supuestos de nacimiento,
adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, la persona trabajadora tendrá
derecho a la suspensión del contrato durante 16 semanas en los términos previstos en
el artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores, ampliables en el supuesto de parto,
adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo/a a partir del segundo o
si uno de ellos es una persona con discapacidad.
El nacimiento, que comprende el parto y el cuidado de menor de doce meses,
suspenderá el contrato de trabajo de la madre biológica durante 16 semanas, de las
cuales serán obligatorias las seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores
al parto, que habrán de disfrutarse a jornada completa, para asegurar la protección de la
salud de la madre.
Igualmente, el nacimiento suspenderá el contrato de trabajo del progenitor distinto de
la madre biológica durante 16 semanas, de las cuales serán obligatorias las seis semanas
ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto, que habrán de disfrutarse a jornada
completa, para el cumplimiento de los deberes de cuidado previstos en el artículo 68 del
Código Civil.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00314072

k) Por el tiempo necesario para la presentación a exámenes, cuando se cursen con
regularidad estudios para la obtención de un título homologado por la administración
pública.
l) Las personas trabajadoras con discapacidad podrán ausentarse hasta 10 días en el
semestre, para la asistencia a programas de rehabilitación, previa justificación del mismo
y por el tiempo preciso para ello.
m) Las personas trabajadoras dispondrán de un máximo de 20 horas anuales
retribuidas para asistir a consultas médicas de especialistas, ya sean del sistema sanitario
público o privado, tanto del propio trabajador como de hijos menores de 14 años, hijos
con discapacidad reconocida, padres y familiares a cargo en situación de dependencia.
Estas horas también podrán ser disfrutadas para asistencia a reuniones de seguimiento
académico para hijos menores de 16 años. Igualmente, podrán utilizarse para asistir a
intervenciones quirúrgicas ambulatorias que no requieran internamiento del paciente
en un centro hospitalario, así como para consultas de atención primaria para aquellos
trabajadores que no dispongan de profesional sanitario fuera de su horario laboral. Este
permiso deberá ser comunicado y justificado a la Empresa a fin de garantizar el correcto
funcionamiento del centro y/o servicio.
El disfrute de dicha bolsa no tiene carácter acumulable. Caso de superarse la
bolsa horaria, el periodo excedido de la misma se considerará como falta justificada
sin retribución, excepto acuerdo con su superior con capacidad de decisión que podrá
acordar con la persona trabajadora la recuperación de las mismas.
Las solicitudes de las anteriores Licencias se realizarán por los medios telemáticos
que la empresa tiene a disposición de las personas trabajadoras.
Salvo que se especifique lo contrario, en todos los supuestos las ausencias
se conceden como días laborables y empezarán a computar el mismo día del hecho
causante, salvo que el hecho causante se produzca en día no laborable para el trabajador
en cuyo caso la licencia empezará a computar el primer día laborable tras que se
produzca el hecho que la genera.