3. Otras disposiciones. . (2025/10-16)
Orden de 30 de diciembre de 2024, por la que se aprueba el Plan de Inspección Programada en materia de Turismo para el año 2025, PIPA 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Jueves, 16 de enero de 2025
página 348/5

Programa G2. Informes en materia de clasificación de proyectos de establecimientos
de alojamiento turístico.
Actuación inspectora:
Asesoramiento y, en su caso, redacción de los informes en materia de clasificación
de proyectos de establecimientos de alojamiento turístico a los que hacen referencia los
artículos 34.2 y 34.3 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía, y
16.2 y 16.5 del Decreto 143/2014, de 21 de octubre, por el que se regula la organización y
funcionamiento del Registro de Turismo de Andalucía.
Ámbito de actuación:
Establecimientos de alojamiento turístico que hayan presentado declaración
responsable para la clasificación del proyecto de establecimiento.
Plazo de ejecución: Anual.
Programa G3. Control del cumplimiento de la normativa turística en empresas que
desarrollan actividades de turismo activo.
Actuación inspectora:
Requerimiento a las empresas organizadoras de actividades de turismo activo
para la verificación del cumplimiento de los requisitos contenidos en el artículo 23 y 26
del Decreto 20/2002, de 29 de enero, de Turismo en el Medio Rural y Turismo Activo,
relativos a:
a) Vigencia del seguro de responsabilidad profesional.
b) Disposición de personal cualificado para el desarrollo de la actividad.
c) Acreditación de conocimientos en materia de socorrismo o de primeros auxilios por
parte del personal al servicio de la empresa.
d) Publicidad de las medidas adoptadas para garantizar la seguridad de las personas
usuarias.
Ámbito de actuación:
Empresas organizadoras de actividades de turismo activo inscritas en el Registro de
Turismo de Andalucía.
Plazo de ejecución: Anual.
Programa G4. Control del cumplimiento de la normativa turística en empresas que
desarrollan actividades de agencias de viajes.
Actuación inspectora:
Requerimiento a las agencias de viajes para la verificación del cumplimiento de los
requisitos contenidos en los artículos 10 y 11 del Decreto 114/2023, de 23 de mayo, por
el que se regulan las empresas de intermediación turística que organicen o comercialicen
viajes combinados y las empresas que faciliten servicios de viaje vinculados en Andalucía,
relativos a la vigencia de:
a) Garantía de responsabilidad contractual.
b) Seguro de responsabilidad civil.
Ámbito de actuación:
Agencias de viajes inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía.
Plazo de ejecución: Anual.

Programa G5. Buzón de colaboración ciudadana contra la clandestinidad en viviendas
de uso turístico, establecimientos de alojamiento turístico en el medio rural o viviendas
turísticas de alojamiento rural que no se encuentren inscritas en el Registro de Turismo
de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313960

III.2. Programas correspondientes a la línea estratégica de actuaciones para velar por
el respeto a los derechos de las personas usuarias de los servicios turísticos mediante
la comprobación de las denuncias presentadas por deficiencias en la prestación de los
servicios turísticos contratados.