3. Otras disposiciones. . (2025/7-52)
Orden de 2 de enero de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la operación 10.1.14 Enmienda caliza del suelo para prevención y control de la podredumbre radical en formaciones adehesadas de la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, excepcionalmente para la campaña 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 7 - Lunes, 13 de enero de 2025

página 109/12

CAPÍTULO V
MODIFICACIONES, CORRECCIONES, RETIRADA Y PRESENTACIÓN FUERA DE
PLAZO DE LA SOLICITUD DE AYUDA O DE LA SOLICITUD DE PAGO
Artículo 19. Modificaciones de la solicitud de ayuda o de la solicitud de pago.
1. Una vez finalizado el plazo para la presentación de la solicitud única, los
agricultores podrán modificar o incluir nuevas intervenciones de desarrollo rural, añadir
parcelas individuales o derechos de pago individuales siempre que se cumplan los
requisitos fijados, según el artículo 12.1 de la Orden de 24 de marzo de 2023. Cuando
estas modificaciones repercutan en algún justificante o contrato que debe presentar,
también estará permitido modificarlo.
No obstante, la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados podrá modificar
en la campaña 2025 la fecha fin de plazo para la modificación de la solicitud única
conforme al artículo 108 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
2. Tras la finalización del plazo de modificación se abre un nuevo plazo para adaptar
la solicitud única de parcelas sobre las cuales la Administración haya notificado controles
preliminares, controles administrativos o controles de monitorización. Este plazo estará
abierto con carácter general hasta el 31 de agosto.

Artículo 21. Subsanación y modificación de datos y omisiones de las solicitudes y de
errores manifiestos.
1. En virtud de lo establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1048/2022, de 27
de diciembre, se podrán subsanar las deficiencias de las solicitudes de ayuda y de las
solicitudes de pago después de presentarlas. Dicha subsanación no afectará al derecho
a recibir la ayuda, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
a) Que se haya actuado de buena fe con respecto a los datos u omisiones que deban
subsanarse, según lo reconocido por la Dirección General de Ayudas Directas y de
Mercados.
b) Que se efectúe la subsanación antes de que el beneficiario sea informado de
que ha sido seleccionado para realizar un control in situ o antes de que la autoridad
competente tome una decisión con respecto a la solicitud.
Para facilitar el proceso al beneficiario, la Dirección General de Ayudas Directas y
de Mercados podrá proceder de oficio a las subsanaciones necesarias de la solicitud de
ayuda respecto a la parte afectada por el incumplimiento. No obstante, en este caso, se
asegurará de que el beneficiario tenga conocimiento de los cambios introducidos y, con
ello, la posibilidad de reaccionar en caso de desacuerdo.
2. Adicionalmente, la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados podrá
corregir de oficio las solicitudes de ayuda o las solicitudes de pago y cualesquiera
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Artículo 20. Retirada de solicitudes y otras declaraciones.
1. Para la fecha límite para la retirada total o parcial de solicitudes de ayuda y/o
solicitudes de pago por parte de los agricultores, se atenderá a lo establecido en el
artículo 12.1 de la Orden de 24 de marzo de 2023, o bien a las particularidades que
puedan establecerse al respecto en la campaña 2025.
2. No obstante, no será posible dicha retirada cuando la Dirección General de Ayudas
Directas y de Mercados ya haya informado al agricultor de la existencia de casos de
incumplimiento en su solicitud única revelado por medios distintos del sistema de
monitorización de superficies o los controles administrativos o le haya avisado de su
intención de efectuar un control sobre el terreno o la comprobación de un requisito no
monitorizable, o cuando un control sobre el terreno o la comprobación de un requisito no
monitorizable haya puesto de manifiesto un caso de incumplimiento, no se permitirá la
retirada de las partes afectadas por el incumplimiento.